08 febrero 2012

Sunat devolverá saldos a favor

Dan reglas. Para personas naturales por rentas de trabajo o de capital
Siempre que hubieran pagos por error o en exceso del IR, explican

Entidad fortalece el control con nueva estructura organizacional

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) estableció el procedimiento para la devolución de los saldos a favor del Impuesto a la Renta del Ejercicio 2011 de las personas naturales que hubieran obtenido rentas del trabajo y/o rentas de capital, a través de la RS Nº 022-2012/SUNAT.
De esta forma, el ente recaudador reconoce que si hubiera pagos por error o en exceso del Impuesto a la Renta, el contribuyente tendrá derecho a su devolución respectiva más intereses, explicó el tributarista Francisco Pantigoso al detallar los alcances de dicha norma, que establece el uso de Sunat Virtual.
Dicha solicitud alcanza a los contribuyentes que presenten el PDT Nº 669: Renta Anual 2011 - Persona Natural - Otras Rentas; o el Formulario Virtual Nº 669 - Simplificado Renta Anual 2011 - Persona Natural a través de Sunat Virtual. Para ello, deberán utilizar el Formulario Virtual Nº 1649 - Solicitud de devolución por cada tipo de renta solicitada. El formulario estará listo para ser utilizado desde el 15 de febrero.

Procedimiento
El especialista explicó que dicho procedimiento podrá ser empleado en tres supuestos: si el declarante tiene saldo a favor por rentas de trabajo; si el declarante tiene saldo a favor por rentas de capital-primera categoría; si el declarante tiene saldo a favor por rentas de capital-segunda categoría; y, si el declarante tiene saldo a favor por rentas de trabajo y de capital (primera y segunda categorías).

Según la norma, cuando el declarante opte por solicitar virtualmente tal devolución del saldo a favor por cualquiera de las rentas antes mencionadas, deberá utilizar un Formulario Virtual Nº 1649, denominado "Solicitud de Devolución", por cada uno de ellos. Para tal efecto, la información que hubiera correspondido consignar en el escrito fundamentado de solicitud deberá ser incorporada en dicho formato electrónico.
Pantigoso explicó que esta resolución también prevé las condiciones para la presentación del Formulario Virtual Nº 1649. Así, se han especificado las condiciones que el declarante deberá cumplir si tiene saldo a favor por rentas del trabajo, por rentas del capital de primera categoría o por rentas del capital de segunda categoría.
Regula, además, que si el declarante tiene saldos a favor por rentas del trabajo, rentas del capital de primera categoría y rentas del capital de segunda categoría, podrá solicitar la devolución de los tres conceptos o de solo uno de ellos. En tal supuesto, deberá presentar un formulario virtual por cada tipo de renta, entre otros aspectos.
Lucha contra la evasión
Para fortalecer las acciones de control, facilitación y cultura tributaria, la Sunat modificó recientemente su reglamento de organización y funciones, mediante el DS Nº 029-2012-EF.Así, crea la Superintendencia Adjunta de Administración Interna responsable de orientar y dirigir la gestión administrativa de la entidad, a fin de agilizar los procesos, puesto que las dependencias de tributos internos y aduaneros se centrarán exclusivamente en acciones de fiscalización y facilitación.
Con ello, se desarrollan los alcances de la Ley de Fortalecimiento de la Sunat destinada a brindar herramientas legales para luchar contra la evasión, el contrabando y ampliar la base tributaria.

Más fiscalización
El nuevo reglamento de organización y funciones crea la Gerencia de Fiscalización Selectiva y Antifraude destinada a efectuar una labor especializada en aquellos sectores que presentan mayores niveles de evasión. Así, esperan fortalecer el enfoque de labores de diseño de políticas y estrategias relacionadas con los procesos de control y verificación.
Tales actividades serán complementadas por la Gerencia de Fiscalización Masiva, que pondrá en marcha las grandes campañas de verificación del cumplimiento de obligaciones tributarias a escala nacional.
La Sunat contará también con la Gerencia de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia para fortalecer el control de las operaciones nacionales e internacionales con empresas vinculadas.
Diario Oficial El Peruano (08.02.2012)
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Impuesto a las embarcaciones de recreo para 2012

La Sunat estableció diversas reglas referidas a la declaración y pago del impuesto a las embarcaciones de recreo correspondientes al año 2012, mediante la RS Nº 020-2012-EF/Sunat.

Así, los sujetos obligados deberán presentar la declaración jurada anual del impuesto correspondiente al 2012 hasta el 30 de abril próximo, utilizando el formulario virtual Nº 1690, el mismo que se encuentra disponible en Sunat Virtual.

Respecto al pago del impuesto, este podrá ser realizado al contado hasta el 30 de abril; mientras que en forma fraccionada será de hasta cuatro cuotas trimestrales. Cada una de ellas será equivalente a un cuarto del impuesto total a abonar.

La primera podrá ser pagada hasta el 30 de abril del presente año. Mientras que, la segunda, tercera y cuarta cuotas deberán ser reajustadas de acuerdo con la variación acumulada del índice de precios al por mayor que publica el INEI, por el periodo comprendido desde el vencimiento del pago de la cuota correspondiente.
El pago se realizará a través del sistema "pago fácil", mediante Formulario Nº 1662, boleta de pago o a través de Sunat Virtual con el Formulario Virtual Nº 1662, refiere la norma.

En el caso de transferencia de propiedad, quien la hace deberá cancelar la totalidad del impuesto anual, dentro del plazo de presentación de la declaración jurada informativa. Además, en estos casos, el transferente deberá efectuar el pago total del impuesto hasta el ultimo día hábil del mes siguiente de producida la transferencia.
Diario Oficial El Peruano (08.02.2012)
 

 
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Jefa de la Sunat quiere saber todo del contribuyente

En los próximos días una misión de expertos del FMI realizará una evaluación a la Sunat para mejorar su sistema y obtener una tecnología de punta, dijo Tania Quispe.

“La idea es que la Sunat sepa más de ti que tu mujer”; esto se logrará a través del cruce de información para tener a todos contribuyentes monitoreados, expresó Tania Quispe, jefa de la Sunat, en La Hora N.

“Si el contribuyente se sabe completamente vigilado, caminará derecho, a ese punto tenemos que llegar. Queremos lograr una adecuada conciencia tributaria, controlar no es golpear”, aseveró.
Sunat actualizará su sistema de información con una misión del Fondo Monetario Internacional (FMI). Definirán prioridades y en el 2013 deberían verse los primeros resultados, para que el 2014 y 2015 obtengamos una recaudación en crecimiento, señaló Quispe.

Contrabando
Asimismo, la funcionaria reveló que la Sunat viene preparando un plan diferente para combatir el contrabando en Puno, priorizando la capacidad de seguimiento del contribuyente a varios niveles (seguimiento de rutas fiscales, procesos de comercialización, etc.).
Sin embargo, Tania Quispe precisó que este es un tema que no solo compete a la Sunat, sino que son varios actores los que participan, por lo que están diseñando un plan de acción conjunta, incluso se piensa en la posibilidad de una participación de Bolivia.

Advirtió que en Puno existe un problema social (hay mucha corrupción y violencia), por lo que no es una solución única la que se va a implementar.

Más inspecciones
También anunció que se incrementarán las acciones de control en los sectores de construcción, servicios y comercio.
Indicó que las inspecciones que se vienen realizando no son visitas puntuales (Polvos Azules), sinoque corresponden a un plan de trabajo a largo plazo con la finalidad de incorporar contribuyentes (*Gestión* 02.01.2012).

La funcionaria dijo que si bien algunos locales han cerrado producto de la fiscalización, ello también podría originarse en la informalidad en planillas; la Sunat insistirá en la regularización de los contribuyentes.
FUENTE: Diario Gestiòn.
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