18 febrero 2012

La devolución de impuestos en red

Los trabajadores y los empleadores que deseen la devolución de sus impuestos ya no necesitan acudir a las oficinas de la Sunat. La superintendencia ha establecido que este reembolso puede solicitarse vía Internet.
Todas las personas o empresas que tengan un exceso de pago después de deducir sus créditos o que hayan pagado algo que no debían por sus rentas de primera, segunda, cuarta y categoría mixta (cuarta y quinta) tienen el derecho a una devolución.
Para hacer la solicitud, deben ingresar a www.sunat.gob.pe y presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR) utilizando el formulario virtual N° 669 o PDT 669.
Hay un enlace en la Declaración Anual. Seleccione la opción “devolución” y podrá ejecutar su “pedido”, precisa la Sunat.
CÁLCULOS
La Gerencia Legal de la Cámara de Comercio de Lima informa que, para saber si le corresponde el retorno de su dinero, debe sumar los recibos que emitió en 2011 y aquellos a los que se les retuvo el 10% mensual. Si el resultado es menor que S/.31,938, tiene derecho al reembolso del porcentaje que tributó.
CONSEJOS
1. COBRO
La Sunat le enviará un correo avisándole si procedió su reembolso. Acérquese al Banco de la Nación para cobrar su dinero.
2. ATENCIÓN
El proceso de devolución de impuestos en Internet se puede realizar de lunes a domingo, las 24 horas del día.
3. REQUISITO
El reembolso de su dinero por concepto de IR debe ser solicitado una vez que presentó su declaración anual.
4. PAGOS
El cronograma de pago del IR. lo verá en este mismo blog. pagina otros link.
Fuente Diario Peru21
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