23 febrero 2012

Facilitan declaración y pago de regalías mineras

Las empresas mineras podrán cumplir con mayor facilidad y celeridad sus obligaciones fiscales. La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) aprobó el Formulario Virtual N° 1699 para la declaración y pago de la regalía minera, impuesto especial a la minería y gravamen minero correspondientes al último trimestre de 2011.

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 034-2012, por la que se aprueba este documento electrónico, la entidad recaudadora estableció que los contribuyentes de la actividad minera podrán efectuar sus pagos a través del sistema Pago Fácil o por internet, accediendo a SUNAT Virtual (www.sunat.gob.pe).
También podrán hacerlo en los bancos habilitados para el sistema Número de Pago SUNAT que facilita el pago de tributos en las oficinas de los bancos autorizados y que está disponible en la actualidad en Scotiabank, Interbank y BCP.
De acuerdo con la resolución de la administración tributaria, la declaración y determinación del monto a pagar por cada uno de los conceptos son obligaciones independientes entre sí y solo se considerará presentada la declaración de aquel concepto respecto al cual se consigne información.
El formulario, disponible en el portal institucional de la entidad recaudadora, también deberá usarse en la presentación de las declaraciones sustitutorias y rectificatorias correspondientes, para lo cual se tendrán que ingresar de nuevo todos los datos del concepto cuya declaración se sustituye o rectifica, inclusive aquella información que no se desea sustituir o rectificar.
La entidad fiscalizadora determinó que podrá incluso sustituirse o rectificarse más de un concepto a la vez.

Conversión monetaria
La norma reglamentaria detalla además que los sujetos de la actividad minera que se encuentren autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera tendrán que presentar la declaración trimestral de la regalía minera, así como del impuesto y gravamen en moneda nacional.
Para ello deberán convertir cada uno de los componentes a ser considerados en dicha declaración a moneda nacional, utilizando el tipo de cambio promedio ponderado venta publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros, en la fecha de vencimiento o pago, lo que ocurra primero.
Si en la fecha de vencimiento o pago no hubiera publicación sobre el tipo de cambio, se tomaría como referencia la publicación inmediata anterior, pero el pago deberá efectuarse siempre en moneda nacional.
Estas disposiciones se enmarcan en lo dispuesto en las leyes 29788 (sobre la regalía minera), 29789 (que crea el impuesto especial a la minería) y 29790 (que establece el marco legal del gravamen especial a la minería).
La constancia de presentación de la declaración mediante el Formulario Virtual N° 1699 es el único comprobante de la operación efectuada por los sujetos de la actividad minera, la cual será emitida por el sistema de la Sunat.

Piden pronunciamientos
Para el tributarista David Bravo Sheen, toda herramienta tecnológica que ayuda al contribuyente a cumplir sus obligaciones en una forma más rápida y exacta es aplaudida.
"Este nuevo formulario es un alivio para el contribuyente y genera un menor costo en la elaboración de la declaración", indicó.
Resaltó la necesidad de que se emitan mayores pronunciamientos sobre la forma de cálculo de las regalías, en razón a que por el cambio de las normas que las regulan hay contribuyentes que tienen varias dudas. "Conviene –por ende– que se emita algún tipo de cartilla de instrucciones sobre la correcta determinación de las regalías mineras y del impuesto", expresó.

Orientaciones
Los sujetos de la activad minera obligados a presentar la declaración informativa-regalía minera deberán utilizar para dicho efecto un disquete de capacidad de 1.44 MB de 3.5 pulgadas, un disco compacto o una memoria USB.
Para generar los archivos que contengan la declaración informativa-regalía minera, tendrán que usar el aplicativo informático PVS: Programa Validador de Sunat - Información de Regalía Minera Ley N° 28258, modificada por Ley N° 29788, proporcionado por la Sunat.
Dicho PVS está a disposición de los sujetos de la actividad minera en la entidad recaudadora, con el instructivo de las consideraciones técnicas.

Datos
Cuando el sujeto de la actividad minera o su representante legal se acerque a la Sunat a realizar el trámite de presentación de la declaración informativa-regalía minera, se identificará con el original de su documento de identidad vigente.
La entidad recaudadora de no mediar causales de rechazo entregará a aquel la constancia de presentación, la cual debe ser firmada por éste.
Si el trámite de presentación es realizado por un tercero, deberá presentar su documento de identidad, copia del mismo y el documento de identidad del representante de la minera.
FUENTE: Diario El Peruano.
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Intermediación laboral es para trabajos temporales

Ratificación Del Tribunal Constitucional al resolver una acción de amparo.
Mediante sentencia, colegiado ordena a Essalud reponer a trabajadora.

La intermediación laboral tiene como finalidad exclusiva la prestación de servicios por parte de una tercera persona destacada para que realice labores temporales, complementarias o de alta especialización en otra empresa llamada usuaria, para lo cual la entidad intermediadora y la usuaria suscriben un contrato de naturaleza civil.

Así lo estableció el Tribunal Constitucional (TC) mediante la sentencia que declara fundada la demanda de amparo contenida en el expediente Nº 06371-2008-PA/TC, a través de la cual ordena al Seguro Social (Essalud) reponer a una trabajadora.
Aleida Marín Meza, pese a haber sido contratada por tres empresas intermediarias para que preste servicios como nutricionista, bajo la modalidad de prestación de servicios temporales complementarios o de alta especialización, realizaba labores que constituyen actividad permanente en la misma entidad requiriente, en este caso Essalud.
FUENTE: Diario El Peruano.
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Empresas deben planificar sus relaciones laborales

Especialistas. formulan recomendaciones.
Este año se presenta con bastante movimiento en el ámbito de las relaciones laborales, tanto en el campo normativo como en la actuación de los actores sociales.

Para afrontar esta situación, los laboralistas Michael Vidal Salazar y Ricardo Herrera Vásquez recomiendan a las empresas contar con planes adecuados de desarrollo de sus relaciones laborales, destacando la importancia de los programas de formación y capacitación, y el acceso al certificado de responsabilidad empresarial cuando el Estado empiece a otorgarlo.En opinión de Vidal, los planes de desarrollo de relaciones laborales deben incluir un sistema de prevención y verificación del cumplimiento de obligaciones.
 
En ese marco, advierte que debe considerarse la implementación del nuevo proceso laboral en la capital, toda vez que este año marcará el inicio de la aplicación de la nueva Ley Procesal del Trabajo en Lima (Ley N° 29497) y, con ello, de sus paradigmas, entre los que figuran la presunción de laboralidad, la facilitación de la prueba a favor de la parte trabajadora y la participación activa de los sindicatos en los procesos judiciales.
Además, manifiesta que el proyecto de Ley General del Trabajo seguirá en debate, y con ello temas relevantes como el tratamiento del despido arbitrario y la indemnización a ser considerada como reparación frente al mismo, así como el reconocimiento de la participación en las utilidades de las empresas que contratan servicios de tercerización a favor del personal de los empleadores contratistas.
"No obstante, si existe determinación, el tema podría resolverse este año, lo que sería una novedad importantísima", reconoce el laboralista, quien se desempeña como asociado principal del Estudio Echecopar.
 
Iniciativas y labor inspectiva
Vidal recomienda tomar en cuenta la existencia de iniciativas legislativas sobre temas específicos que también se mantienen en discusión. "Tal es el caso del proyecto N° 263/2011-CR sobre participación en las utilidades, propuesta que contiene referencias nuevamente a la posibilidad de que el beneficio alcance a los trabajadores de las empresas tercerizadoras de servicios."
Asimismo, aconseja tener presente que existe el proyecto N° 184/2011-CR sobre el teletrabajo, cuyo futuro podrían determinarse este año.
"Otro aspecto que resulta resaltante para este año está vinculado a las inspecciones, tanto del cumplimiento de las obligaciones netamente laborales como de las obligaciones vinculadas a seguridad y salud en el trabajo", detalla.
Considera que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) apunta a hacer más constante la labor inspectiva en esta materia. "Política en la que, de seguro, seguirán emitiéndose directivas para alinear los criterios a ser utilizados por los inspectores y órganos superiores, tal como sucedió durante 2011."
Aconseja no olvidar que el año pasado se emitió la Resolución Directoral N° 096-2011-MTPE/2/16 sobre la aplicación del principio de primacía de la realidad en las inspecciones.
 
Fomento a la generación de empleo
El laboralista Ricardo Herrera considera muy positiva la existencia de programas de fomento a la capacitación y generación de empleo para jóvenes.
"El 40 % de la población en el Perú tiene menos de 25 años, por lo que definitivamente somos un país que requiere tener una fuerza laboral joven capacitada y calificada", advierte.
Sostiene que esto, sobre todo, es muy importante para alcanzar mejores niveles de productividad y de competitividad no solo en las empresas sino como país. "También es importante para que los jóvenes tengan mayor empleabilidad, es decir, sean personas con mayores calificaciones y posibilidades de encontrar trabajo formal y engrosar la lista de los trabajadores que aportan a la seguridad social."
 
El arbitraje es una alternativa
En el ámbito de las relaciones colectivas de trabajo, Vidal considera que las negociaciones que se presenten durante este año deberán tener en consideración la utilización del arbitraje como una solución al conflicto.
"Ahora, con reconocido carácter potestativo, cualquiera de las partes puede llevar a la otra al arbitraje en los supuestos que se considere que existe una mala fe de una de ellas al momento de negociar", señala.
Refiere que la aplicación del Decreto Supremo N° 014-2011-TR, no solo para dar solución a la negociación, sino para determinar el nivel en que se desarrollará esta, será un factor a tener en cuenta por los empleadores y trabajadores.
 
Deberes
Las empresas con menos de 200 trabajadores deben contar con médico ocupacional cuando menos dos veces por semana, mientras que las empresas con 200 o más trabajadores deben tener un médico ocupacional al menos cinco días por semana.
Los empleadores deben capacitar a sus trabajadores en seguridad y salud en el trabajo al momento de la contratación, durante la relación laboral y cuando se produzcan cambios tecnológicos, en funciones o puesto de trabajo.
 
Consejos
1 El laboralista Vidal considera que la política de las empresas en cuanto a sus relaciones con los trabajadores debe apuntar en este año a una revisión del cumplimiento de sus obligaciones laborales, y de seguridad y salud en el trabajo.
 
2 "Así como a una prevención que permita no incurrir en el incumplimiento de esas obligaciones de las empresas", refiere.
 
3 Indica que los empleadores también deben tomar acciones para reunir el suficiente material probatorio que les permita tener una debida defensa en el esquema del nuevo modelo de proceso laboral.
 
4 "Esto implica revisar sus políticas de utilización de la contratación indirecta, vale decir, intermediación y tercerización", señala.

5 Asimismo, advierte, implica analizar sus relaciones colectivas de trabajo, con el fin de asegurar una debida convivencia con las organizaciones sindicales que puedan haberse constituido.
FUENTE: Diario El Peruano.
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La perseverancia frente al fracaso

Óscar Rodríguez Vargas Periodista
Mucha gente lucha con sentimientos de fracaso, que son los pensamientos de duda más dañinos.
En el fondo de estas dudas y sentimientos hay una pregunta central: ¿Soy un fracasado? Y ese es un problema porque yo creo que es casi imposible que una persona crea que es un fracasado y al mismo tiempo luche por salir adelante.
Lo que usted tiene que decirse es: "No soy un fracasado, solo fallé al intentar hacer algo". Hay una gran diferencia entre una cosa y otra.
Hay muchas personas de éxito que fallaron en una o varias oportunidades, pero nunca se consideraron derrotados.
Por ejemplo, a Wolfgang Amadeus Mozart, uno de los más grandes genios musicales, el emperador Ferdinando le dijo que su ópera Las bodas de Fígaro era "demasiado ruidosa" y que tenía "demasiadas notas".
El pintor Vincent van Gogh, cuyos cuadros alcanzan actualmente precios astronómicos cuando se ponen a la venta, durante toda su vida vendió apenas una de sus obras.
Creo que no es exagerado decir que a todos los grandes hombres de éxito se les han dado múltiples razones para creer que son unos fracasados.
Pero, a pesar de eso, han perseverado. Frente a la adversidad, el rechazo y los errores, siguen creyendo en ellos y jamás "tiran la toalla".
Los triunfadores ven el fracaso como algo temporal, no como un mal para toda la vida. Si usted quiere triunfar, no permita que un incidente aislado afecte la opinión que usted tiene de sí mismo.
Siempre es bueno y positivo evaluar con serenidad las causas y efectos de nuestros fracasos, pero no debemos permitir que esta actitud analítica devalúe nuestra autoestima.
Mientras más grande sea la meta que usted quiera alcanzar, mayor será la preparación mental que necesite para vencer los obstáculos y persistir en el largo camino que tiene por delante.
Si se propusiera, por ejemplo, escalar el Huascarán, ello le exigiría tiempo, esfuerzo y la capacidad para vencer los contratiempos. Tiene que enfrentarse cada día con expectativas razonables y no dejarse abatir cuando las cosas no salgan como usted quiere.
Lo que distingue a un vencedor de un perdedor es que el vencedor se concentra todo el tiempo en lo que puede hacer, no en lo que no puede hacer.
Napoleón Hill cuenta una historia en que cuatro millonarios hicieron una fortuna antes de los treinta y cinco años de edad.
Invirtieron en un promedio de diecisiete negocios antes de dar con el que los llevaría a la cima. Se mantuvieron probando y buscando hasta que encontraron algo que sí funcionó.
Todos los vencedores tienen en común la habilidad de insistir después de un error, falta o fracaso. Están siempre dispuestos a avanzar sin importar lo que ocurra. Y eso es posible porque no olvidan que los fracasos no los convierten en individuos derrotados.
FUENTE: Diario El Peruano.
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