09 agosto 2012

Reforma tributaria puede ser acusada de inconstitucional.

Silvia Cachay -tributarista del Estudio Payet, Rey, Cauvi- sostuvo que las normas de elusión ponen riesgo la seguridad jurídica del país y que el Ejecutivo se excedió con las facultades otorgadas por el Congreso.
Silvia Cachay -tributarista del Estudio Payet, Rey, Cauvi- argumentó que la reforma tributaria del Ejecutivo podría ser acusada de inconstitucional. Según la especialista, las normas sobre la elusión amenazan la seguridad jurídica del país.
Sostuvo que hubo un exceso de parte del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) sobre las facultades legislativas otorgadas por el Congreso en materia tributaria.
Las medidas van más allá de lo que se le permitió al Ejecutivo -enfantizó Cachay, en declaraciones al portal de RPP Noticias-, pues debieron darse en un marco donde el contribuyente sepa específicamente cuando se aplicará; sin embargo, se da la potestad a la Sunat para decidir cuándo es elusión y cuándo no.
“Si ahora en esta elusión general se le está dando tanta facultad (a la Sunat), va contra la seguridad jurídica y podríamos pelear que esa norma es inconstitucional”, dijo.
El problema específico está en la Norma VIII del Código Tributario, donde no se define qué es la elusión y se otorga discrecionalidad a la Sunat para que lo determine.
En opinión de Cachay, la reforma tributaria ajusta más a los mismos contribuyentes y no amplía la base tributaria, por ende no ataca el problema de la informalidad.
Y sostuvo que las medidas aprobadas enmiendan la plana al Congreso. ¿Por qué? La experta recordó que a inicios del 2011 el Legislativo aprobó la Ley de Promoción a la Exportación de Servicios, y ahora se han derogado muchos de los artículos y restituído impuestos que se habían eliminado.
Indirectamente es como un impuesto a la herencia, en vista de que los bienes recibidos, al ser un regalo, no tienen valor monetario y si se venden se le aplicará el impuesto al total del monto, anotó.
FUENTE: Diario Gestion.
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Aumentan trabas en sector Construcción

Capeco sostiene que proyectos se encarecerán porque impuestos se pagarán ahora en un año.
En alerta. Dos normas incluidas en el paquete de reforma tributaria implementado recientemente por el Ejecutivo pondrían en aprietos al sector Construcción.
El Decreto Legislativo 1112 eliminó la posibilidad de que las empresas constructoras puedan diferir el pago del impuesto a la renta hasta por tres años, y ahora tendrán que hacerlo anualmente, informó la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco).
La medida afectará a las grandes construcciones que toman más de un año en concretarse. “Los proyectos se encarecerán financieramente pues antes tenían el beneficio de tributar a los 24 o 36 meses de iniciada la construcción”, señaló Jorge Picón, miembro del Comité Tributario de Capeco.
Esta norma entrará en vigencia el primero de enero del 2013.
VENTA EN PLANOS
Otro cambio –que impactará tanto en las grandes como en las pequeñas construcciones– es la imposición del pago adelantado del IGV por bienes futuros, lo cual afectará las ventas en planos que realizan las inmobiliarias.
“Antes podías pagar el IGV cuando se entregaba la vivienda, pero ahora se hará desde el momento de la preventa. Esto le restará liquidez a las inmobiliarias justo cuando más lo necesitan”, subrayó Picón, quien anotó que esta* última norma ya entró en vigencia desde agosto*.
Ante ello, el gremio constructor indicó que buscará reunirse con el Ministerio de Economía y Finanzas para realizar modificaciones a estas normas, o también podrían hacerlo a través de nuevas leyes en el Congreso.
TENGA EN CUENTA
- Capacitaciones. Otro cambio tributario permitirá a las empresas deducir (sin límites) del impuesto a la renta los gastos en capacitación a sus trabajadores.
- Incentivo. También se incluyó como gasto tributario la inversión en innovación.
FUENTE: Diario Peru21
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