03 marzo 2014

Sunafil iniciará funciones 1 de abril

SECTOR TRABAJO AUTORIZA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS.

El martes 1 de abril la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) iniciará sus respectivas funciones como Autoridad Central del Sistema de Inspección del Trabajo en el país y el ejercicio de sus competencias inspectivas y sancionadoras en el ámbito de Lima Metropolitana.
Así lo estableció  el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) mediante la Resolución Ministerial N° 037-2014 TR, por la que se aprobó la transferencia de competencias de este portafolio a la citada superintendencia, en aplicación de lo establecido en su ley de creación; la cual se llevará a cabo el lunes 31 de marzo del presente año.

Acciones


La citada transferencia de funciones del mencionado portafolio a la citada superintendencia es una de las primeras medidas adoptadas por la ministra Ana Jara Velásquez, tras asumir recientemente la conducción del sector Trabajo . En la parte considerativa de la referida resolución ministerial se precisa que en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 se estableció que la implementación progresiva de la citada superintendencia  se prorrogaba hasta el 31 de diciembre del presente año.

Fuente: Diario El Peruano.
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NORMAS LABORALES: Reglamento de multas permite descuentos

El nuevo reglamento de multas para las empresas que incumplan las normas sociolaborales, que entró en vigencia el 1 de marzo, establece descuentos entre 50% y 90% en las multas que se le impongan a los empleadores, siempre que opten por la subsanación del incumplimiento de esas normas, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).


El monto de dicho descuento dependerá del momento en que la empresa adopte las medidas necesarias para cumplir las normas indicadas. 


Si la empresa infractora corrige la falta dentro del proceso de investigación que realiza el inspector laboral, podrá acogerse al 90% de la multa impuesta. Después de emitida la resolución de multa sin mediar subsanación de la infracción, el empleador podrá acogerse al 70% de descuento en primera instancia, mientras que en segunda instancia el descuento será del 50%. Las multas más bajas corresponden a infracciones leves que afectan a pocos trabajadores y las más altas se aplican a infracciones graves que afectan a gran número de trabajadores. 
FUENTE: Diario El Peruano.
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