07 enero 2015

¿Cómo puedo emitir recibos electrónicos?

Medida obligatoria aplica para quienes presten servicios a empresas inscritas en el Régimen General.

Desde el 1 de enero, los trabajadores que emiten recibos por honorarios deberán hacerlo de manera electrónica. Para llevar a cabo este proceso, la Sunat da a conocer los pasos que deberá seguir:
1. Códigos. El contribuyente debe tener su número de RUC, su claveSOL y un código de usuario para concretar la emisión de recibos electrónicos a través del portal de la Superintendencia.
“Si gestiona por primera vez su RUC, le entregarán su clave SOL y código de usuario como parte del trámite”, comunica la Sunat.
2. Ingreso. Para emitir un recibo por honorarios electrónico, tiene que ingresar a ‘Operaciones en línea’, disponible en el portal de la entidad recaudadora.
3. Búsqueda. Ya en el módulo debe ingresar a la sección ‘Trámites, consultas, declaraciones informativas’, y luego buscar el ítem ‘Emisión de recibo por honorario’ y hacerle click.
4. Datos. Para llenar el recibo deberá registrar el tipo de servicio que ha brindado, la clase de renta de cuarta categoría (si es como profesional independiente o director de empresa), así como el monto que cobrará.
5. Corroboración. Una vez que terminó de completar sus datos, el sistema le mostrará un borrador del comprobante de pago que será válido y emitido directamente desde el portal de la Sunat. Este documento podrá ser remitido a un correo o se podrá imprimir.
6. Registro. Finalmente, el sistema le permitirá con solo un click registrar el recibo en el Libro de ingresos y gastos electrónico, que se podrá consultar en cualquier momento.
Fuente: Peru21
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