28 junio 2015

Reglamento del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV



El Ministerio de Economía y Finanzas , aprobó el Reglamento del Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV, para promover la adquisición o renovación de bienes de capital, de manera excepcional y temporal.
Se devolverá a las empresas productivas y exportadoras, el crédito fiscal generado en las importaciones y adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, gravados con el IGV ,siempre que se encuentren inscritas como microempresas en el REMYPE, que es el registro que lleva actualmente el Ministerio de Trabajo y Promoción al Empleo. Norma: Decreto Supremo 153-2015-EF publicado el 28.06.2015 en el Diario Oficial El Peruano.
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