28 marzo 2012

Flexibilizan apelaciones ante el Tribunal Fiscal

Ente tributario ya no exigirá pago previo para ejercer estas acciones.
La Sunat ya no exigirá pago previo para apelar ante el Tribunal Fiscal sus resoluciones, de conformidad con el Informe Nº 019-2012-Sunat, el cual declara que para impugnar ante dicho colegiado, dentro del plazo de ley, contra la integridad de una decisión del ente fiscal, no se requerirá pago alguno.


Con ello, se deja sin efecto el Informe N° 112-2011-SUNAT que hacia exigible dicha obligación, refiere un informe legal de la Cámara de Comercio de Lima, que ejerció esta acción.
En ese sentido, el nuevo informe concluye en lo siguiente: "para la admisión a trámite del recurso de apelación presentado, dentro del plazo de ley, contra una resolución de Sunat que da cumplimiento a una Resolución del Tribunal Fiscal, que se pronuncia sobre diversos reparos que dieron como resultado la omisión al pago de la deuda tributaria contenida en una Resolución de Determinación, no constituye requisito que el apelante acredite el pago del monto correspondiente a la omisión actualizada, vinculada a los reparos que han sido confirmados por el Tribunal Fiscal, cuando lo que se impugne sea la resolución de cumplimiento en su integridad". El informe de Sunat se sustenta también en el fallo del RTF Nº 4514-1-2006, de carácter obligatorio.
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27 marzo 2012

Sunat precisa aplicación del ITAN

INFORME. en los casos de fusiones por absorción; Sociedad absorbente estará obligada al pago de este tributo, Por ello, tendrá derecho a considerar como crédito para el IR.
Está claro. Tras un proceso de fusión, la empresa absorbente está obligada al pago de las cuotas del Impuesto Temporal a la Activos Netos (ITAN) a cargo de la absorbida, en igual sentido tiene el derecho a considerar como crédito contra sus pagos a cuenta o pagos de regularización de su Impuesto a la Renta los montos que hubiere cancelado correspondientes a dichas cuotas del citado tributo.


Así lo determinó la Sunat mediante el Informe Nº 009-2012-SUNAT/2B0000, en que se formulan preguntas referidas al ITAN y sus cuotas pagadas con posterioridad a la entrada en vigencia de un acuerdo de fusión.
De esa manera, para que la empresa absorbente aplique como crédito contra sus pagos a cuenta o de regularización del IR los montos cancelados por concepto de ITAN a cargo de la absorbida, o de corresponder, solicite su devolución, debe observar los requisitos y exigencias señaladas en las normas que regulan este tributo.
En opinión del tributarista Francisco Pantigoso, la Sunat cumple con responder las consultas referidas a si es posible que una empresa absorbente utilice como crédito a su favor el monto efectivamente pagado por concepto de cuotas del ITAN canceladas por cuenta de la empresa absorbida y, en caso pueda realizarse aquello, quien absorbe deba cumplir con los requisitos previstos en la ley que regula el ITAN.
Reorganización
Remarca que el supuesto implica que la fusión se realice después de que venza el plazo para la presentación de la declaración y pago del Impuesto Temporal a la Activos Netos del ejercicio, por lo que la empresa absorbida opta por pagar en forma fraccionada dicho impuesto, cancelando las cuotas correspondientes antes de la entrada en vigencia de la reorganización.
La Ley Nº 28424, que crea el ITAN, señala que en los casos de reorganización de sociedades o empresas, no opera la exoneración del impuesto si cualquiera de las empresas intervinientes inició sus operaciones con anterioridad al 1 de enero del año gravable en curso. En estos supuestos, añade, la determinación y pago del impuesto se realizará en cada una de las empresas que se extingan y será de cargo de la compañía absorbente en proporción a los activos que se hayan transferido a las empresas.

Uso del crédito fiscal
Según la norma que crea el ITAN, el monto efectivamente pagado, sea total o parcialmente, por concepto del impuesto podrá utilizarse como crédito en dos supuestos. El primero, contra los pagos a cuenta del régimen general del IR de los períodos tributarios de marzo a diciembre del ejercicio gravable por el cual se pagó el impuesto, y siempre que se acredite el tributo hasta la fecha de vencimiento de cada uno de los pagos a cuenta. Luego, contra el pago de regularización del IR del ejercicio gravable al que corresponda. Importa referir que la Ley general de sociedades señala que la fusión entra en vigencia en la fecha fijada en los acuerdos de fusión.
FUENTE: Diario El Peruano.
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Fijan regulación del horario de refrigerio

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) precisó los criterios que deberán observarse para la regulación del horario de refrigerio a través de convenios colectivos o por decisión del empleador, mediante el Informe Nº 32-2011-MTPE/2/14.

El documento, de esa manera, considera válido el procedimiento de modificación del horario de trabajo realizado por una empresa, siempre que sea debidamente motivado, refiere un informe del Estudio Miranda & Amado Abogados.
Según la autoridad laboral, se debe otorgar refrigerio en un tiempo mínimo de 45 minutos. El horario específico de refrigerio, agrega, debe fijarse en un punto medio de la jornada diaria de trabajo. "Ni por decisión del empleador ni por convenio colectivo puede establecerse al inicio o al final de la jornada", detalla.
El MTPE igualmente ratifica que ni por decisión del empleador ni por convenio colectivo puede suprimirse el refrigerio, establecerse una duración menor a 45 minutos ni tampoco fijarlo fuera del horario de trabajo.
¿Qué se puede cambiar? En principio, por convenio colectivo se podrá establecer un tiempo de refrigerio distinto al fijado por el empleador, respetando el mínimo de 45 minutos; luego, por convenio colectivo o por decisión del empleador, este tiempo podrá ser mayor a 45 minutos; y, por último, por convenio colectivo el tiempo de refrigerio puede ser parte de la jornada de trabajo para efectos salariales; es decir, podrá considerarse como tiempo efectivamente laborado.
FUENTE: Diario El Peruano.
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EN RENTAS DE SEGUNDA CATEGORÍA, REGULARIZACION DE IMPUESTO A LA RENTA.

En forma opcional, los deudores tributarios que presenten la declaración de rentas de segunda categoría, a través del Formulario Virtual para la Declaración y Pago del Impuesto a la Renta de Segunda

Categoría - Cuenta Propia N° 1665, podrán cancelar el citado tributo utilizando el número de Pago Sunat (NPS) en los bancos habilitados, atendiendo el procedimiento regulado por la RS N° 038-2010/Sunat. De esa forma, el ente fiscal, mediante la RS Nº 061-2012-Sunat, modificó el artículo 5 de la RS Nº 036-2012-Sunat.
FUENTE: Diario El Peruano.
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Sunarp otorga seguridad a las uniones de hecho

Entidad adopta nuevas reglas para inscripción de estas relaciones.
Objetivo es que los convivientes puedan preservar sus patrimonios.
Información capital. A la fecha, los convivientes al inscribir su unión de hecho en el registro de personas naturales de la Sunarp están obligados a definir con precisión tanto la fecha de inicio de esta relación como la de su desenlace, en el caso que este ocurriera, de conformidad con la Resolución Nº 050-2012-SUNARP/SN.


En efecto, la norma modifica los actuales criterios para la inscripción de las uniones de hecho, su cese y otros actos inscribibles directamente vinculados, a fin de diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponde a ambos de los que no les pertenece, a fin de evitar una injusta redistribución de sus patrimonios.
En consecuencia, ahora los convivientes podrán preservar sus derechos patrimoniales o de propiedad, en aplicación de la citada norma, refirió un vocero de los registros públicos.
Así, la directiva cumple con precisar la forma de aplicar la disposición contenida en el artículo 326° del Código Civil cuando establece que la unión de hecho origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales, en cuanto le fuera aplicable, en concordancia con el precedente administrativo.
Este último se refiere al 85 Pleno Registral realizado en marzo pasado, en que se aprobó como precedente obligatorio de que no resulta necesario que el notario de manera expresa señale la fecha de iniciación de la unión de hecho, cuando dicho dato consta en la solicitud presentada por los convivientes, la misma que obra inserta en la escritura pública.
Por ello, la Sunarp dispuso modificar el inc. i) del literal b) del punto 5.4 de la Directiva Nº 002-2011-SUNARP, sobre la calificación registral, para que la escritura pública respectiva contengan la declaración de los convivientes sobre la fecha de inicio de la unión y de su cese, de ser el caso.

Registro de predios
La Sunarp modificó el reglamento de inscripciones del registro de predios, mediante la Res. Nº 048-2012-SUNARP/SN, que incorpora reglas para la anotación de los contratos de opción.
Así, la norma establece reglas claras a efecto de que la ciudadanía cuente con información transparente y confiable del derecho adquirido y anotado en el registro de predios, explicó el experto del Estudio Muñiz, Miguel Chávez Corzo.
"Al regularse el asiento registral del contrato de opción como una anotación preventiva, se busca que caduque de pleno derecho por el transcurso del tiempo, y en particular le otorgue al optante la prioridad de celebrar el contrato definitivo, no viendo que sus pretensiones se vean afectadas por la intervención de terceros", dijo.
FUENTE: Diario El Peruano
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23 marzo 2012

Sunat propone ampliar detracciones

Ante el bajo nivel de cumplimiento y la elevada suma de deuda exigible que mantienen en cobranza, la Sunat evalúa la incorporación de nuevos servicios gravados con el IGV al sistema de detracciones, con una tasa del 9% sobre el importe de la operación.


De acuerdo con el ente fiscal, existen cerca de 100 mil contribuyentes que prestan servicios no sujetos al sistema de detracciones y que declararon ventas anuales gravadas con el IGV cercanas a S/. 30 mil millones, presentando un bajo cumplimiento tributario en relación con el desarrollo de sus actividades, lo que se suma a la elevada deuda exigible que mantienen en cobranza coactiva, que supera los S/. 12 mil millones.
Precisamente, la propuesta para la modificación al referido sistema fue puesto a consulta pública en el portal institucional. Los interesados pueden remitir sus comentarios hasta hoy al e-mail: obs_proy@sunat.gob.pe
Se trataría de servicios como organización de eventos; exploración y prospección geológica para explotación de minas; búsqueda y generación de clientes; y la actividad que realiza un contratista minero que provee mineral metálico o no metálico enriquecido a la planta de procesamiento o aprovechamiento de sus clientes.
FUENTE: Diario El Peruano.
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21 marzo 2012

JURISPRUDENCIA AL DÍA; Remarcan validez y vigencia de las detracciones

El Tribunal Constitucional (TC), mediante la STC N° 3769-2010-PA/TC, se pronunció sobre el régimen de detracciones, confirmando su constitucionalidad.


Para el colegiado, la detracción es un deber especial de contenido meramente administrativo, constituyéndose en un mecanismo del Estado para garantizar el pago del IGV en sectores con alto grado de informalidad. Su función cumple una meta de cumplimiento recaudatorio.
Así, una persona que compra un bien o adquiere un servicio, debe sustraer un determinado monto del precio por pagar, para luego depositarlo en la cuenta bancaria del vendedor del bien o del servicio. En este orden, la sentencia concluye que la detracción no es un nuevo impuesto sino solo un mecanismo de colaboración con la recaudación del IGV, no siéndole aplicable, por ende, los principios tributarios.
El TC remarca que para acreditar la confiscación de un tributo es necesario probar la afectación real y efectiva al patrimonio, detalla el tributarista Francisco Pantigoso al explicar el fallo.
Sobre el principio de igualdad en el sistema de detracciones, el TC descarta que éste promueva un trato desigual, pues otorga el mismo trato a los empresarios del mismo rubro, tratando de esa manera "igual a los iguales". Tampoco afecta el principio de capacidad contributiva, pues no se trata de un nuevo tributo sino de un deber de colaboración administrativo-formal.
Por último, para el TC, las sanciones por incumplimiento de la detracción no vulneran los derechos de libertad de empresa y libre competencia. Confirmando, con todo ello, la permanencia y legalidad en la aplicación actual de las detracciones.
Fuente: Diario El Peruano.
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14 marzo 2012

Identifican sectores que no tributan

“Los trabajadores de ‘cuarta-quinta’ categoría son los que menos pagan impuestos”, dijo el ministro Castilla.

La Sunat ya tiene identificados los ‘bolsones’ de sectores que no pagan impuestos, afirmó el ministro de Economía, Luis Miguel Castilla.
“En la distribución del Impuesto a la Renta,* los trabajadores de ‘cuarta-quinta’ categoría* (profesionales independientes) son los que menos pagan impuestos. Entonces, hay que atacar a los segmentos que no pagan”, indicó.
Castilla adelantó que, en las próximas semanas, el Consejo de Ministros aprobará el paquete de la reforma tributaria, que será remitido al Congreso de la República.
El ministro comentó que también se buscará la racionalización de las exoneraciones tributarias, que le cuestan al Estado el 1.5% del PBI.
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13 marzo 2012

Sunat aumenta auditorías a empresas pequeñas y medianas

La obligación para el pago anual del Impuesto a la Renta no ha sufrido modificaciones radicales, pero lo que sí cambiará es el control de la Sunat, dijo el tributarista Jorge Picón.

El principal cambio de la Sunat respecto del pago del Impuesto a la Renta (IR) será el nivel de control que ejercerá sobre los contribuyentes, aseguró el especialista Jorge Picón.

“Con la ley de Fortalecimiento de la Sunat, su presupuesto se ha multiplicado y también se vienen incrementando sus auditorías”, dijo el experto.
Sunat está aumentando sus auditorías en las empresas, dijo Picón, notificando masivamente a las medianas y pequeñas empresas con requerimientos basados en acotaciones por diferencias entre los ingresos y egresos del sector comparados con los declarados (en porcentajes de utilidades, etc.).
Al respecto, el especialista Álex Córdova señaló que “la auditoría contable es una revisión de los estados financieros que realiza la Sunat a las empresas para verificar si las cifras declaradas en el IR cuentan con un sustento, y si hay diferencias se emitirá una resolución de determinación y se cobrarán los montos adeudados, pero el punto de partida es la declaración de impuestos.
Por ello, Jorge Picón recomendó que las empresas preparen adecuadamente su declaración jurada anual del IR sustentada en sus estados financieros, balances y
resultados.

Errores frecuentes
Los contribuyentes suelen equivocarse en la determinación del impuesto, pues tratan de sustentar gastos con facturas que no están ligadas con el negocio o no se pueden probar, comentó Picón.
Respecto a las personas naturales, Picón señaló que deberán determinar qué rentas les corresponde pagar, pues algunas ya se han pagado anticipadamente en el año (venta de inmuebles y demás).
Agregó que las personas naturales que declaran el IR por rentas de trabajo no tienen que presentar la declaración jurada, en cambio sí las personas que emiten recibos por honorarios.

Y en cuanto a las rentas de capital (alquiler, etc.), intereses o regalías, Picón señaló que los contribuyentes deben pagar 5%, pero en la mayoría de los casos se hacen pagos a cuenta o retenciones.
Cambios
El tributarista recordó que desde el año pasado se declara la ganancia de capital en la bolsa de valores.
También comentó el nuevo límite en la deducción aplicada a gastos de capacitación de personal que se reduce a solo un 5% del gasto deducible.
Recomendaciones a las empresas en el pago del Impuesto a la Renta
Muchas de las empresas no toman en cuenta que es en las diferencias entre la utilidad financiera y la tributaria en donde se deben realizar ajustes como excluir ciertos ingresos no considerados como ganancia para fines tributarios (dividendos de una empresa de otra, etc.), dijo Miguel Mur, socio de PricewaterhouseCoopers.

Asimismo, indicó que también se deben hacer ajustes en la deducción de gastos contables financieros, que no lo son desde el aspecto tributario por no cumplir con los requisitos (límites en los gastos para fines de representación, remuneraciones de directorio, las tasa máximas en las depreciaciones, las gratificaciones extraordinarias no son deducibles si no son pagadas antes de la declaración jurada, etc.), acotó.

El experto criticó que al sector formal (que cumple sus obligaciones), la Sunat le sobredemande el cumplimiento de formalidades o requisitos tributarios; y sin embargo las acciones para incorporar al sector informal sigan siendo escasas o mínimas, dijo.

No existen planes permanentes para incorporar a más contribuyentes, acotó.
Fuente: Diario Gestión
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Afianzan orientación sobre procedimientos tributarios

Entidad convoca a abogados privados para asistir a personas pobres
Con administración fiscal, coordina atender quejas de los usuarios
La Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero (DefCon) tiene por objetivo para este año reforzar su labor orientadora para que los obligados ante la administración tributaria conozcan mejor los procedimientos fiscales, sepan ejercer sus derechos y, de ser necesario, solicitar la actuación del fisco, afirmó la titular de esta entidad adscrita al Ministerio de Economía, Mercedes Martínez Centeno.
¿Cuáles son los retos inmediatos?
–Reforzaremos todas las labores de prevención, difusión de derechos y procedimientos tributarios, así como de las vías que tienen los obligados para cancelar tributos y solicitar alguna actuación de la administración tributaria. En esa línea desarrollamos diferentes eventos de difusión gratuitos. Además, se ha convocado al sector académico, funcionarios y al público en general para crear espacios de intercambio y comunicación de normas. En colaboración con el Tribunal Fiscal se afianzará igualmente la difusión de fallos y precedentes jurisprudenciales de este colegiado a los funcionarios públicos, principalmente, de los municipios a fin de disminuir el número de expedientes objeto de reclamos, apelaciones o quejas.
La difusión de la legislación es buena, pero a veces insuficiente, ¿qué otras acciones de asistencia al contribuyente realizan?
–Entre otras acciones, el Defcon ha creado el Programa de Asistencia Social (PAS), dirigido a contribuyentes y usuarios aduaneros de escasos recursos económicos. Su objetivo es procurar a estas personas la defensa legal gratuita a cargo de profesionales especializados que les permitan el ejercicio de sus derechos en los procedimientos tributarios. Así, en el PAS se han inscrito voluntariamente cerca de 47 especialistas del derecho tributario y aduanero que pertenecen al sector privado, y que acceden a llevar una defensa legal gratuita a favor de estos contribuyentes. Ahora, solicitaremos la incorporación de más profesionales con sensibilidad social al programa, pues parte del compromiso implica otorgar la misma calidad del servicio como si fuera remunerado.
¿Cómo funciona el Programa de Asistencia Social (PAS)?
–La defensoría evalúa y remite al programa los casos en que la precaria situación del administrado no le permite asumir una adecuada defensa de sus derechos.
¿Cuáles son los principales precedentes que los contribuyentes deben atender para evitar impasses?
–Los contribuyentes deben tener muy en claro, una vez que ingresan sus solicitudes para formar parte de la base tributaria, cuáles son sus obligaciones formales.
A veces por desconocimiento se produce una multa. Por ejemplo, no actualizan el domicilio que resulta muy importante para que la administración tenga un lugar referente donde trasladar todas las comunicaciones que le interesa conocer al administrado.
Actuación y proyectos
Martínez indica que en lo que va del año, los contribuyentes reportaron 300 casos a la DefCon, entre quejas y sugerencias. De éstos, aproximadamente el 50% corresponde a orientaciones al administrado, 44% a quejas, y 4% o 5% a sugerencias de los contribuyentes.
"Durante el primer trimestre hemos desarrollado cinco seminarios en materia aduanera y queremos cerrar marzo con otros cinco eventos más en temas de tributos internos". Además, en este mismo período, el Defcon desarrollará tres conversatorios jurídicos para los funcionarios municipales de Lima y Callao.
Dijo que en el año pasado, respecto de 2010, los servicios aumentaron 44%.
Reuniones con Sunat
Mercedes Martínez señala que mantienen coordinaciones permanentes con las administraciones tributarias precisamente a partir de las quejas y casos que reportan los contribuyentes.
Adicionalmente, refiere, tenemos reuniones todos los meses tanto con el Tribunal Fiscal como con la administración tributaria, evaluamos los casos y sugerimos ciertas mejoras en sus procesos, entre ellas mejorar la calidad de la orientación, así como otras que recogemos de los contribuyentes para trasladarlas a las instituciones respectivas y, luego supervisamos su implementación.
Fuente: Diario El Peruano
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Plazo de empresas para depositar utilidades vence a los 30 días de presentada declaración jurada

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) recordó hoy que las empresas del régimen general con más de 20 trabajadores tienen 30 días posteriores a la presentación de la declaración jurada de regularización del Impuesto a la Renta 2011 para abonar las utilidades a sus trabajadores.
FUENTE. ANDINA
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La Sunat no condonará deudas a clubes de fútbol quebrados

La jefe de la entidad, Tania Quispe, dijo además que las dirigencias que provocaron la crisis tendrán que salir una vez que se inicie proceso concursal en Indecopi.
Una vez que se declare el proceso concursal a los clubes de quebrados, como la ‘U’, Alianza Lima, Boys y Cienciano, entre otros, las dirigencias responsables de la crisis en el fútbol peruano, deberán dejar sus funciones, anunció la jefa de la Sunat, Tania Quispe, quien adelantó que no se condonará las deudas que tienen con el fisco.
“Inmediatamente se declare el proceso concursal los administradores temporales son los que asumirán el control de los clubes de acuerdo a lo que indica el decreto de urgencia, entonces los dirigentes tendrían que salir de estas funciones”, afirmó.
Subrayó que el decreto de urgencia para salvar a los equipos en crisis no plantea la condonación de la deuda tributaria. “Entiendo que se está efectuando un proceso de reestructuración para ver la mejor forma de viabilizar a estos clubes, a estas instituciones, para que puedan hacer frente a sus compromisos tributarios”, refirió.
Asimismo, precisó que el Indecopi está revisando los documentos que la Sunat ha presentado y que están a la espera de que el proceso concursal se inicie. “De ser así, se determinará el administrador temporal, el Indecopi tiene hoy estas facultades y a partir de ahí los dirigentes ya no estarían a cargo de los clubes”, reiteró.
Quispe agregó que una vez que se realice el proceso concursal, el organismo fiscalizador estudiará a las entidades que son acreedoras de los clubes de fútbol para determinar “quiénes son y quiénes no son”.
“Es un proceso que tiene que seguir su marcha y esperaremos cuando el Indecopi nos diga cuáles son los acreedores y cuál es el mayoritario y cómo va a estar conformada la junta”, explicó, tras presentar la Campaña de Renta 2011 e inauguró el Centro de Servicios al Contribuyente de Villa El Salvador.
FUENTE: Diario Peru21
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Gobierno alista paquete de medidas para incrementar base tributaria

Consejo de Ministros lo aprobará en las próximas semanas, anunció el MEF. No se modificarán las tasas impositivas y la Sunat tiene identificados a malos contribuyentes.
El ministro de Economía, Luis Castilla, anunció hoy que el el Gobierno aprobará en las próximas semanas un paquete de medidas para incrementar la base tributaria y que será enviada al Congreso, a fin de acabar con los evasores, como los del régimen de Cuarta Categoría (independientes).
“Anticipo que en las siguientes semanas estaremos aprobando un paquete de normas en el Consejo de Ministros y lo entregaremos al Congreso de la República para su amplia discusión”, indicó el titular del MEF.
Precisó que en principio no se tiene previsto modificar ninguna tasa impositiva sino incrementar la base de contribuyentes a través de mejoras administrativas. “Hay muchas formas de atacar los bolsones de segmentos que no pagan impuestos a través del fortalecimiento de la Sunat y la inteligencia de riesgo”, anotó.
Refirió que en la distribución del Impuesto a la Renta, los trabajadores de la Cuarta Categoría son los que menos pagan impuestos, es decir los independientes, y hay segmentos que tributan poco en el país. “Hay bolsones que la Sunat tiene identificados e irá trabajando en el tiempo”, advirtió.
Mencionó que la idea es dar medidas que mejoren la fiscalización y que se pueda sancionar a los que evaden, tratando de reducir los espacios para la elusión que afectan los recursos que el país requiere para los programas sociales y otros.
Indicó que el Impuesto a la Renta constituye el 45% de los ingresos tributarios del fisco y financia muchas de las actividades permanentes del Estado, como los programas sociales.
Asimismo, mencionó que se busca reducir el espacio para la elusión tributaria en el país, que son legales en todas partes, pero en Perú es bastante amplia. “La idea es que se ataque frontalmente la evasión que es muy alta en el país”, acotó Castilla luego que la Sunat presentó la Campaña de Renta 2011 e inauguró el Centro de Servicios al Contribuyente del distrito limeño de Villa El Salvador.
FUENTE: Diario Peru21
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11 marzo 2012

Compass lanzaría otro fondo para las pymes

Renovará y ampliará, hasta en S/. 500 millones, fondo que compra facturas a pequeños y medianos proveedores y en el que los partícipes son solo inversores institucionales.
El factoring es un negocio que atrae cada vez más el interés tanto de inversionistas, que buscan oportunidades rentables, como de empresas, deseosas de acceder a financiamiento.

El ascenso de este negocio se ve reflejado en la decisión de los partícipes de Fondo de Inversión Pymes de Compass Group SAFI, quienes acordaron renovar dicho fondo por dos años más y ampliar su capital, desde S/. 314 millones hasta por S/. 500 millones.

Lo que hace el fondo de Compass Group es adquirir, aplicando una tasa descuento, las facturas de pymes que son proveedoras de empresas más grandes con calificación de riesgo A o AA.
Mediante este vehículo de inversión se permite que la masa de ahorro de inversionistas institucionales financie a la pequeña y mediana empresa, destacó Beatriz Martínez, gerente general de Compass Group Perú.
Y es que en este fondo participan únicamente seis inversores institucionales (incluidas las cuatro AFP), aunque Martínez señaló que se está evaluando el lanzamiento de otro, del mismo tipo, pero para personas de alto patrimonio. “Dado que las personas están afectas a un impuesto a la renta de 30%, tendríamos que asumir riesgos más altos para obtener mayores retornos”, indicó.
Incorporación
Martínez reveló que ahora en el fondo pymes están involucradas unos 2,600 proveedores, de una gran variedad de rubros, que mediante este esquema pueden adelantar el pago de las facturas pactadas a vencimientos que van de 30 a 180 días.

Con la ampliación de capital se busca incorporar, en los próximos dos años, 20 nuevos clientes pagadores de facturas, que se sumaran a los 40 de hoy, y que podrían añadir unos 500 proveedores nuevos.
Las tasas de interés a las que se descuentan las facturas se ubican entre 4.5% y 14% anual, aproximadamente. “Si bien el riesgo tomado en cuenta es del pagador, los proveedores que tengan mayor tamaño y una facturación más elevada, gozarán de tasas más bajas”, explicó Martínez.
Fuente: Diario Gestión
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10 marzo 2012

Vence plazo del concurso sobre prácticas laborales

Hasta fin de mes empresas podrán postular para esta certificación
Convocatoria del sector Trabajo tiene alcance nacional, manifiestan
A fines de mes vencerá el plazo para las inscripciones de todas aquellas empresas que deseen postular al programa de reconocimiento de buenas prácticas laborales, convocado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) para identificar y premiar a las empresas que constituyan modelos en la defensa, respeto y promoción de los derechos fundamentales de los trabajadores, a efecto de lograr un masivo compromiso con la responsabilidad social empresarial.
Así lo informó el laboralista Germán Lora Álvarez, quien agregó que las inscripciones de manera gratuita podrán realizarse en físico o a través de la página web del sector Trabajo, de conformidad con la RM Nº 175-2010-TR. Aquí se remarca que si bien la normativa sociolaboral es obligatoria, las prácticas aptas a ser presentadas para obtener el reconocimiento deben estar por encima del cumplimiento de la ley.
Para una mejor calificación de estas postulaciones, la autoridad laboral agrupó los criterios de evaluación en tres áreas y categorías. La primera, sobre respeto a la persona se observará las acciones de promoción de la igualdad de oportunidades; la no discriminación; igualdad de grupos vulnerables; erradicación de las peores formas de trabajo infantil; eliminación del trabajo forzoso; prevención del acoso sexual y hostigamiento laboral; prevención de riesgos en salud y seguridad laboral.
Segundo, de las relaciones laborales que implican la participación de trabajadores en la gestión de la empresa; y promoción y respeto a la libertad sindical y, tercero, el trabajo decente; es decir, la eficiencia en la gestión de remuneraciones y política salarial; otorgamiento de beneficios; prevención y gestión de ceses colectivos; preparación para la jubilación; entre otros.
Impedimentos
Según el MTPE, no podrán postular las empresas que tienen resoluciones de multa emitidas por la autoridad laboral por incumplimiento del ordenamiento sociolaboral, que hayan quedado consentidas o confirmadas en el último año. Además, los empleadores con resoluciones consentidas y/o ejecutoriadas emitidas por el Poder Judicial declarando fundada una demanda laboral, durante el último año. También quienes posean adeudos vigentes con instituciones pensionistas.
Beneficios
1 Tres son los beneficios que otorgará este programa a las empresas seleccionadas.
2 La publicación en diferentes medios de comunicación masiva y en el portal del MTPE de la lista de las empresas que han obtenido el reconocimiento.
3 El otorgamiento del reconocimiento en español y en inglés a efectos de que el mismo pueda ser valorado por los clientes e inversionistas extranjeros.
Fuente: Diario El Peruano
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TC ordena entregar investigación fiscal

Acceso a la información pública es regla general en ordenamiento legal, afirman
El Tribunal Constitucional (TC) ordenó la entrega de información contenida en un expediente de investigación fiscal, al resolver una demanda de hábeas corpus mediante la STC N° 02040-2010-PHD.
Según el colegiado, la regla general establecida en nuestro ordenamiento es el acceso a la información pública, de acuerdo con el principio de transparencia. Por ello, la negación de la información es un supuesto excepcional que debe estar debidamente motivado en las razones establecidas por la Ley de Transparencia, refiere un informe legal del Estudio Echecopar.
El tribunal encontró que si bien se había argumentado intimidad personal para negar la información, era "razonable deducir, en vista del tipo de delito imputado (abuso de autoridad), que el conocimiento de la investigación realizada no constituye una intromisión ilegítima en su vida íntima o familiar".
Para que una determinada información sea considerada confidencial y, por ende, inaccesible al conocimiento de terceros, no basta con alegar su carácter meramente particular o personal, sino que, además, es preciso que su publicidad constituya una invasión a la intimidad personal y familiar en los términos en que ello viene exigido por la ley de la materia, concluyen los magistrados.
Fuente: Diario El Peruano
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09 marzo 2012

Moody’s: Perú seguirá atractivo para la inversión extranjera

Calificadora advierte que si el Gobierno no llega a un acuerdo que permita que Conga se reanude, es probable que las perspectivas para las inversiones se vean afectadas.
La agencia internacional calificadora de riesgo Moody’s considera que la inversión directa extranjera seguirá viniendo al Perú.
“En nuestra opinión, los buenos fundamentos macroeconómicos deben seguir haciendo del Perú un destino atractivo para la inversión extranjera directa (IED). Además, la adhesión del Gobierno a la continuidad de la política (económica) y su disposición para equilibrar su apoyo a proyectos de inversión y las preocupaciones de los grupos sociales de todo el país fortalecerán las perspectivas de IED para el Perú”.
Esta es la conclusión a la que llega Moody’s en su última Perspectiva Crediticia Semanal, donde analiza los resultados sobre la IED en el Perú en el 2011 que diera a conocer el BCR y que alcanzó un nivel récord de US$ 7,700 millones, frente a un promedio anual de US$ 5.8 millones en los cinco años anteriores (2006 al 2010).
A pesar de que los flujos de IED se redujeron significativamente en el tercer trimestre cuando Humala asumió la Presidencia (julio del 2011), señala el reporte, una vez que se aseguró que la continuidad de la política se mantendría y el nuevo Gobierno declaró en términos inequívocos su intención de respetar los contratos, la IED se aceleró en el cuarto trimestre, a pesar del empeoramiento del entorno económico externo, agrega.
Perspectivas
De cara al futuro, Moody’s ve diferentes factores que podrían ensombrecer las perspectivas de las inversiones en el Perú este año.
“En la parte superior de la lista está un aumento en las protestas contra los proyectos mineros en distintas regiones. La más reciente es la del proyecto minero Conga, en la región de Cajamarca”, señala.
Este proyecto está suspendido desde finales del año pasado por disputas relacionadas con la posible contaminación de los recursos hídricos.
Observadores internacionales realizan un peritaje del estudio de impacto ambiental que Newmont presentó al Gobierno, el cual es cuestionado por las autoridades locales. Tras el resultado (que tomará alrededor de un mes) el Gobierno tendrá que decidir sobre la viabilidad del proyecto.
Según una encuesta de negocios realizada por Apoyo Consultoría en febrero, destaca el reporte de Moody’s, 66% de los encuestados mostró confianza en la capacidad del Gobierno para resolver el problema.
“Si el Gobierno es incapaz de llegar a un acuerdo que permita a Conga reanudar las operaciones, es probable que las perspectivas para las inversiones se vean afectadas negativamente”, advierte el reporte.
Fuente: Diario Gestión
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El Peru Day difundirá éxitos locales

El Peru Day, evento de clase mundial que busca promover el mercado peruano de capital a escala internacional, sirve de caja de resonancia para que nuestro país capte la atención de los grandes inversionistas del mundo y así traigan más capitales, enfatizó el presidente de Peruvian Business Council, José Carlos Burga.
Explicó que el encuentro en Nueva York de empresarios extranjeros y una comitiva oficial encabezada por el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, ya tuvo sus primeros resultados positivos en la primera edición en marzo de 2011.
"Peru Day permitirá difundir los éxitos de la economía peruana, como la emisión de bonos de la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide). De esa manera, los inversionistas sabrán que hay un banco de desarrollo que emitió por primera vez un bono internacional por 400 millones de dólares, lo cual generó una demanda adicional de 3 mil millones de esos bonos lanzados en dólares."
Inversores
Resaltó que la comitiva peruana se entrevistará con actores financieros, tanto locales como internacionales, lo cual permitirá que el Perú "se ponga en vitrina" para todos aquellos interesados en colocar capital en el país.
"La importancia de Peru Day es hacer que el país permanezca en la mente de los inversionistas y discutir temas del capital peruano y su nueva estructura", mencionó.
Burga informó que la comitiva oficial peruana sostuvo reuniones en los salones de The Helmsley Park Lane Hotel, con representantes del banco brasileño Itaú, Deustch Bank, Scotia Bank, y otros 70 financistas de España y México.
Datos
En el marco del Peru Day, hoy se realizará el tradicional "campanazo" en la Bolsa de Nueva York, denominado Opening Bell, con lo cual se inicia la jornada bursátil, para luego celebrarse conferencias, y en horas de la tarde, ofrecer un encuentro con la prensa.
El Peruvian Business Council reúne a más de 200 instituciones financieras líderes en el mundo, que mueven en conjunto más de un trillón de dólares anuales en todo el mundo.
Fuente: Diario El Peruano
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Empresas seguirán aumentando salarios

Proyectan incrementos de 1.03%, por encima de multinacionales
El año pasado, las empresas nacionales continuaron brindado incrementos salariales que en promedio fueron superiores a los ofrecidos por las compañías multinacionales, reportó la firma Deloitte.
De acuerdo con la encuesta semestral Análisis de variación del mercado salarial realizada por esta consultora, esta tendencia se mantendrá con los aumentos proyectados para 2012, en que las empresas nacionales prevén elevar sus salarios 1.03% por encima de las multinacionales.
El informé detalló que 2011 fue un año especial debido al proceso electoral y, principalmente, por los cambios significativos en tendencias de votación que finalizaron con la elección del presidente Ollanta Humala.
No obstante, el anterior panorama, que generó temores en la comunidad empresarial, se vio contrarrestado con las positivas proyecciones de crecimiento del país, impulsado en gran medida por los precios de los commodities, principalmente del sector minero.
Esta situación permitió a las empresas en el Perú continuar con la tendencia positiva de incrementos salariales, la cual en 2011 registró un aumento de 0.8% con respecto al año anterior.
Resultados
1 Los resultados al cierre de 2011 fueron positivos, con un 75% de empresas que realizó incrementos salariales frente a un 25% que no lo hizo.
2 El mayor incremento salarial se presentó en los niveles gerenciales (5.9%), seguido por los de nivel jefatura (5.3%).
Fuente: Diario El Peruano
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Tasa de crédito de consumo baja a mínimo histórico

Tomar préstamos de consumo a más de un año, o usar la tarjeta bancaria, nunca fue tan barato como ahora, según tasas de interés promedio en soles que registra el Banco Central.
Aunque suelen ser catalogados como caros, los créditos de consumo se han abaratado en los últimos tiempos, al grado que hoy sus tasas de interés están en mínimos históricos.

Ello se constata en las tasas de interés promedio de las tarjetas de crédito y de los préstamos de consumo a plazos mayores de un año, ambos en soles, que ahora están en 35.2% y 18.9%, respectivamente. Dichas tasas son las más bajas que registran las estadísticas del BCR. Hace tres años estaban en 40.2% y 21%, y una década atrás, en 52%.3% y 38%.2, lo que refleja que el descenso ha sido sostenido a lo largo del tiempo.

Detrás de esta tendencia se encuentra el crecimiento económico y de los ingresos de las personas, que ha mejorado la percepción de riesgo crediticio, así como una incesante competencia entre las entidades financieras, explicaron ejecutivos bancarios.

“La mayor competencia ha empujado a varios bancos a entrar a competir en segmentos en los que antes no estaban, ofreciendo tasas menores. Eso está tirando las tasas de interés a la baja”, dijo uno de los entrevistados.
Con el ingreso de más bancos a los segmentos minoristas, el crecimiento de estas operaciones se aceleró. Los préstamos de consumo ascendieron a S/. 22,860 millones en enero, 21.7% por encima de un año antes.
Y el monto de los consumos con tarjetas de crédito bancarias subió de S/. 7,802 millones a S/. 9,688 millones en el mismo lapso.
“Los bancos grandes, por su estructura de costos más baja, al entrar a competir en créditos de consumo, ofrecen tasas menores que las instituciones que siempre atendieron a ese segmento. Así, las tasas bajan para los préstamos en cuotas y para las tarjetas”, añadió un banquero.
Hay 6.9 millones de tarjetas de crédito en el sistema financiero, unas 220,000 más que el año pasado.
Fuente: Diario Gestión
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08 marzo 2012

Evite contingencias laborales

Recomiendan adoptar nuevas cláusulas en los contratos laborales
Para acreditar el cumplimiento y, de ser necesario, dictar castigos
Las regulaciones más recientes en materia laboral han obligado a las empresas a introducir nuevas cláusulas en los contratos de trabajo o a modificar su texto respecto a los trabajadores con relación laboral vigente. Dicha necesidad también surge cuando se producen cambios remunerativos o de cargos, nuevas calificaciones del cargo, transmisión de empresas y reestructuraciones en general del personal.
Así lo advirtió el laboralista y miembro del Estudio Echecopar Jaime Cuzquén Carnero, al explicar sobre las nuevas cláusulas que los empleadores deberían evaluar incorporar dentro de los contratos laborales de su personal, como la incorporación de normas de seguridad y salud, la calificación del cargo, compensación de trabajo en sobretiempo por descanso posterior, eliminación o ampliación del período de prueba, confidencialidad, no competencia y el uso de recursos tecnológicos.
Remuneraciones
"Si bien es cierto que nuestra legislación no obliga a suscribir los contratos cuando se trata de relaciones a plazo indeterminado, lo más recomendable es que ello sí se realice dejando claramente establecidas, entre otras, las condiciones remunerativas", afirmó el experto, quien sostuvo que ello permitirá a las partes generar transparencia y, al empleador, tener evidencias de la existencia de algunas cláusulas que acreditarán el cumplimiento de sus obligaciones, así como algunas condiciones propias del cargo del trabajador contratado. Asimismo, en caso de incumplimiento, el empleador podrá sancionar él mismo con la prueba del contrato.
En ese sentido, dijo, es recomendable que al inicio de la relación laboral, aun cuando se trate de un contrato a plazo indeterminado, se redacte y suscriba un acuerdo. De tratarse de trabajadores que ya vienen laborando, recomendó, con relación a los contratos de trabajo sujetos a modalidad, introducir las cláusulas a través de adendas o modificaciones al contrato, o en la oportunidad que prorroguen el mismo.
Mientras que, tratándose de trabajadores con relación laboral vigente y a plazo indeterminado, sostuvo que se pueden celebrar convenios de ratificación de condiciones de trabajo. Dichos acuerdos deberán incluir las condiciones que hasta la fecha de suscripción se hayan venido presentando y, para el futuro de la relación, toda aquella condición que el empleador considere necesario dejarla por escrito.
Uso de recursos tecnológicos
Para el laboralista, la incorporación de cláusulas como el uso de recursos tecnológicos en las empresas debe dejar claro que la propiedad de dichos recursos es de la empresa y, por tanto, la misma podrá acceder a ellos para verificar su uso apropiado y sancionar, de ser el caso. Se deja a salvo el derecho a la intimidad.
Igualmente, la eliminación o ampliación del período de prueba que deberá pactarse por escrito. Para el personal de dirección, empleados de confianza o trabajadores que requieren un especial periodo de capacitación o adaptación, se puede pactar por escrito un mayor período de prueba", anotó.
Criterios
El laboralista expresó que algunas de las más citadas cláusulas que por obligación legal o por las características del cargo, deberán ser incorporadas en cualquier tipo de contrato de trabajo se refiere a la calificación del cargo.
Sobre esto último, dijo que formalizar ello en el contrato permitirá cumplir con la ley y especificar las características de la posición, ya sea que se trate de personal de dirección, empleado de confianza y/o personal no sujeto a jornada de trabajo.
Recomendó también la compensación de trabajo en sobretiempo por descanso posterior. Al respecto, dijo que tratándose de trabajadores sujetos a una jornada de trabajo, se puede acordar con éste, a la firma del contrato o posteriormente, la posibilidad de compensar las horas extras laboradas con descanso posterior en la oportunidad que las partes pacten.
Fuente: Diario El Peruano
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07 marzo 2012

Reforma previsional busca mayor eficiencia de AFP

Sugieren flexibilizar normas que aplican a las administradoras
Ampliación de límites de inversión en el exterior es necesaria
La rebaja de comisiones en el Sistema Privado de Pensiones (SPP) no sólo debe basarse en una mayor cobertura de la Población Económicamente Activa (PEA) sino también en otros mecanismos que promuevan su eficiencia, sostuvo el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Luis Galarreta.
"Esa es la propuesta que esperamos aporten las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) al debate de reforma del SPP que se inició ayer en la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos del Congreso de la República”, afirmó el legislador.
Al respecto, el asesor legal de la Asociación de AFP (AAFP), Fernando Muñoz Nájar, dijo que para reducir costos lo más importante es flexibilizar las normas aplicadas a las entidades previsionales.
A manera de ejemplo, agregó que no se debe exigir que cada AFP tenga un vendedor exclusivo para captar afiliados sino que éstos deberán ser promotores libres.
"Otro cambio necesario, es permitir que estas empresas puedan abrir agencias en lugares diferentes a su sede central."
Subrayó que estos temas tienen una participación importante en la estructura de costos de las AFP. "De asegurarse una mayor flexibilización en las normas se generaría una mayor eficiencia en el sistema".
Asimismo, dijo que para asegurar una mayor rentabilidad para los afiliados es conveniente elevar los límites de inversión en el exterior. "Este tema debería analizarse en forma paulatina para obtener nuevos incrementos".
Bancos
Respecto a la propuesta para que los bancos entren a competir con las AFP, promoviendo alternativas de ahorro previsional, Muñoz Nájar indicó que se trata de un tema técnico que debe ser parte del debate de reforma del SPP. "Lo más importante son los beneficios que se podrán generar para los afiliados en el futuro con mejores pensiones."
Recordó que el SPP tiene 20 años de creación y que el modelo es exitoso. A la fecha registra más de 100 mil jubilados y tienen pensiones equivalentes al doble de lo registrado en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
Juicios en proceso
El mayor porcentaje de los 300 mil juicios iniciados por las AFP contra los empleadores que no cumplieron con abonar los aportes de sus trabajadores, se concentran en las municipalidades, sostuvo Muñoz Nájar.
"Estos procesos siguen su curso, pero presentamos una propuesta al Poder Judicial para agilizar su manejo y desembalsar las acciones judiciales pendientes", manifestó.
Explicó que se trata de juicios que las entidades previsionales interpusieron a los empleadores en defensa de los afiliados, a quienes se les descuenta el aporte de su sueldo, pero no es abonado en las AFP.
"Esta situación afecta la eficiencia y oportunidad en nuestros resultados, afectando sensiblemente a los afiliados, por no depositarse los aportes en las cuentas individuales", acotó.
Datos
A la sesión de trabajo en el Congreso asistieron representantes de las AFP y de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Para el congresista Víctor Andrés García Belaúnde, a pesar de que el SPP se consolidó, los afiliados no se beneficiaron por este avance debido a que las AFP manejan altos costos y aportes obligatorios.
Según el parlamentario, de cada S/. 100 que el afiliado aporta, la AFP y su aseguradora cobran S/. 37.2, lo que fue calificado de un exceso.
García Belaúnde planteó la exoneración del pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) a las AFP y a las empresas de seguros. Pero dijo que ello debe estar condicionado a una transparencia para los afiliados.
La iniciativa también considera que la estructura de ingresos y gastos de las administradoras deberían ser publicadas trimestralmente.
El año pasado, el SPP registró 4.9 millones de afiliados, pero solo 2.2 millones de aportantes.
Fuente: Diario El Peruano
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Declaración anual de notarios y las garantías mobiliarias

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) modificó el reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Notarios y aprobó también una nueva versión del Formulario Virtual N° 3520 PDT de Notarios, mediante la Resolución de Superintendencia N° 041-2012.

La norma, de esa manera, establece que los notarios deberán informar, además, sobre todas las actas de garantías mobiliarias que hubieren autorizado.
Con este nuevo formato digital, el ente fiscal busca no solo facilitar el adecuado cumplimiento de la referida obligación consistente en la declaración de las operaciones patrimoniales ante las notarias, sino también obtener un mejor registro de la información para facilitar las tareas de fiscalización y control a su cargo.
Según la norma, quienes se encuentren omisos a la presentación de la Declaración Anual de Notarios correspondiente al ejercicio 2010 o anteriores, o deseen presentar una rectificatoria de las declaraciones respectivas a dichos ejercicios, deberán regularizar dicha presentación utilizando la nueva versión del PDT de Notarios.
La administración tributaria, por otro lado, informó que los notarios tienen plazo hasta el último día de abril para presentar la Declaración Anual 2011 o la Constancia de no tener información a declarar, según sea el caso.
Importa precisar que la nueva versión del Formulario Virtual Nº 3520 PDT de Notarios se encuentra a disposición de los interesados en el portal web de la Sunat (www.sunat.gob.pe).
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06 marzo 2012

El Registro de Personas Jurídicas

UN REGLAMENTO QUE SE PRESTA A IRREGULARIDADES Y FRAUDES.
Gunther Gonzales Barrón Profesor de Derecho Civil de la PUC.
Desde hace algunos años se puede advertir una tendencia creciente de irregularidades y fraudes en el registro de las personas jurídicas, específicamente en la inscripción de las juntas directivas. Las causas son muchas, pero, entre ellas, se debe tener en cuenta el uso y abuso de las llamadas "declaraciones juradas".

¿Dónde está el problema? La asamblea o junta general (reunión de miembros o asociados) de una persona jurídica se reúne esporádicamente para adoptar acuerdos de trascendencia, entre los cuales se encuentra la elección de juntas o consejos directivos, encargados del manejo de fondos, recursos y, en general, de la administración institucional.
La citada asamblea necesita cumplir determinados requisitos de convocatoria (persona especialmente legitimada para llamar o convocar a la reunión, comunicación pública o directa con la finalidad de que los asociados tomen conocimiento de la reunión, plazos de anticipación de la comunicación) y exigencias de quórum (número de asistentes para entender que la reunión es válida, sea en primera o segunda convocatoria, mayoría específica de votos a favor de los acuerdos), sin perjuicio de otros requerimientos.
Se supone (y en el Perú, lamentablemente, solo se supone) que el Registro tiene la función de controlar la legalidad de los actos y negocios jurídicos que celebran los particulares, las empresas, las distintas organizaciones nacionales o extranjeras y hasta el Estado. Paradójicamente, aquí, la falsedad viene incentivada por el propio Registro.
Así, pues, el pésimo reglamento aprobado por la Superintendencia de Registros Públicos (Sunarp) en el año 2009, que ya repite un criterio anterior, dice en forma despreocupada y general que "la convocatoria y quórum se acredita con declaraciones juradas del presidente". La declaración jurada es una manifestación unilateral por la que una persona certifica por sí y ante sí la ocurrencia de ciertos hechos, sin mayor prueba, pues simplemente se cree en lo que se diga.
En tal sentido, allí puede expresarse que un grupo de personas fue convocado, se reunió y tomó acuerdos, aunque todo no pase de la pura fantasía.
El registro cree en esa declaración, y procede a inscribir una nueva directiva, que a partir de ese momento podrá manejar las cuentas bancarias, vender activos y realizar cualquier desfalco sin mayor problema.
Para poner la cereza al pastel, y según informa el diario oficial (28 febrero 2012), el superintendente adjunto de registros públicos señala más o menos lo siguiente: "los registradores deben acatar la declaración jurada, y nada más". Este comentario es un canto a la sinrazón y al formalismo extremo. Es casi la reencarnación de la frase repetida por un personaje de triste recordación: "papelito manda". En este caso, "declaración jurada manda".
Con este mismo argumento, mientras no se extienda la partida de defunción ("el papelito"), una persona seguiría con vida, aunque lleve varios años en el panteón. El Derecho, y con ella la justicia, se reduce a un simple escrito con sellos, signos y etiquetas. Si ello es así, ¡qué tristísima labor se le reserva a los juristas!
En este punto, vale recordar que la declaración jurada es un mecanismo para simplificar los procedimientos, que permite excluir cierto tipo de prueba, y dentro de esa perspectiva es un mecanismo relativamente válido, con muchas precauciones, por lo que nunca puede tomársele como verdad dogmática, texto sagrado o libro revelado para la posteridad.
La declaración jurada carece totalmente de valor, por ejemplo, cuando se enfrente, ora con hechos notorios (¡solo hay dos abogados en Lima!) –dicho sea de paso, la notoriedad también vincula al juez-; ora con la naturaleza de las cosas (¡cien mil asociados se reunieron en un local de 100 m2!); ora con la lógica o las matemáticas (¿un registrador inscribirá que asistió una persona a la reunión, y que luego se apersonó otra más, o sea, tres?) ; o, finalmente, entre otras hipótesis, si contradice la realidad histórica (¡"nuestro asociado Barack Obama, visitante ilustre en la ciudad de Lima, aceptó el cargo de tesorero de "Sport Albaricoqui"!).
Téngase en cuenta una regla de oro: el sentido común no se deroga.
Empero, con el criterio del superintendente adjunto, mañana podría inscribirse, perfectamente, una asociación peruana con el plausible fin de contribuir a la paz mundial, bajo la presidencia de Osama Bin Laden.
En suma, el embrollo no se circunscribe solo a los registradores y su cerrado criterio, pues el verdadero problema se inicia con los funcionarios de alta dirección que defienden cuestionables reglamentos. El cambio más efectivo, eficiente y perdurable, empieza por estos.
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05 marzo 2012

El espíritu vanidoso

Óscar Rodríguez Vargas .
DAR A LOS DEMÁS ENRIQUECE SU PERSONALIDAD.
Un factor fundamental de su éxito como persona radica en su capacidad de ayuda a los demás. Si sospecha que una tendencia al egoísmo está impidiéndole darse a quienes lo rodean y alcanzar sus metas y sueños, necesita cambiar y mejorar su personalidad.

Examine su actitud y decídase a hacer de las necesidades de otros una prioridad en su vida. Empiece haciéndose las siguientes preguntas: ¿A quién estoy beneficiando con mi vida? ¿A quién estoy levantando cuando no puede hacerlo por sí solo? ¿A quién estoy dando ánimo diariamente?
Descubra lo que los demás necesitan. Escuche a la gente. Pregúnteles por las cosas que son importantes para ellos, y obsérvelos. Si puede enterarse de cómo la gente gasta su tiempo y su dinero, conocerá sus valores. Y cuando los conozca, podrá añadirles más.
Una vez que usted encuentre las cosas que le interesan a las personas, esfuércese por satisfacer sus necesidades con excelencia y generosidad. Ofrezca lo mejor de usted sin pensar en la retribución.
Veamos esto a nivel empresarial. Ninguna empresa puede existir únicamente por sí misma. Atiende a algunas grandes necesidades y efectúa importantes servicios no para sí, sino para otros; si dejara de hacer eso, se transformaría en una entidad improductiva y dejaría de existir.
Deje de concentrarse solamente en usted. Una de las principales causas de pensamientos negativos y mala salud mental es la autoabsorción. El egoísmo termina dañando, tanto a los seres humanos que rodean al que lo sufre como a él mismo.
Tal es la razón para que el psicólogo Lenin Orrillo Ledesma respondiera en la forma que lo hizo cuando alguien le preguntó: "¿Qué consejo le daría a una persona que siente que va a tener un quebranto nervioso?", él respondió: "Que cierre la casa, vaya a los barrios pobres, busque a gente necesitada y haga algo para ayudarla".
Desarrollar un espíritu solidario, ayuda al individuo a superar algunos sentimientos de deficiencia en una forma positiva y saludable. Por eso las personas generosas rara vez tienen problemas mentales. Un individuo es menos propenso a preocuparse de él si trata de ayudar a los demás.
Domingo Gonzales es un joven músico que deseaba llegar a ser un gran compositor. Pero cuando el dinero escaseó y se le hizo difícil mantener a su familia, a regañadientes, buscó trabajo como maestro. Ese trabajo, que al principio tomó solo como algo temporal, se transformó en el interés principal de su vida.
Mientras dicta sus clases, descubre que quiere compartir su amor por la música con los estudiantes y, en ese proceso, se descubre a sí mismo.
Hoy, Gonzales es un maestro reconocido con gratitud por sus alumnos. Es que en el momento de mayor angustia se olvidó de sus preocupaciones individuales y entregó a sus alumnos toda su capacidad de enseñar y aprender.
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Las mypes podrán obtener créditos en menos tiempo

GRACIAS A NUEVO SISTEMA DE FINANCIAMIENTO
Produce y SBS plantearon Sociedades de Garantía Recíproca.
Proyecto fue aprobado por la Comisión de Economía del Congreso.
El Ministerio de la Producción (Produce), junto a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), presentó al Congreso de la República un proyecto de ley que permitirá a las micro y pequeñas empresas (mypes) del país acceder a créditos del sistema financiero en el menor tiempo posible.

El texto sustitutorio del proyecto de ley N° 479/2011-CR fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, del Congreso de la República, y se encuentra pendiente de ser debatido y votado en el pleno.

Aval económico
Esta iniciativa será viable a partir de la creación de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR), empresas privadas que podrán avalar económicamente a los emprendedores en la obtención de créditos con la entrega de cartas fianzas, las cuales podrán ser usadas en la banca comercial.
"Las referidas empresas estarán reguladas y supervisadas por la SBS, y serán evaluadas por empresas clasificadoras de riesgo", informó Produce.
De esta manera, los micro y pequeños empresarios podrán evaluar las mejores condiciones crediticias, acceder a garantías para participar en las compras estatales, entre otros.
"Las mype serán las grandes beneficiadas con la implementación de las SGR, porque los trámites para la obtención de créditos se reducirán, y al contar con una carta fianza de respaldo, el riesgo del banco disminuye y en consecuencia las tasas de interés y los plazos se vuelven más competitivos y adecuados a las necesidades de los emprendedores".
FUENTE: Diario El Peruano.
 
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Control de insumos químicos usados por minería informal

EJECUTIVO. Nuevo sistema estará a cargo de Sunat.
Fiscalizarán ingresos y transporte de químicos en territorio nacional.
Se contempla prisión a quienes cometan delito en casos agravantes.
El Poder Ejecutivo oficializó ayer el decreto legislativo que pone en marcha un nuevo sistema de control de insumos químicos usados por la minería ilegal.

El mecanismo estará a cargo de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), que se encargará de controlar y fiscalizar el ingreso, permanencia, transporte y distribución de insumos químicos en el territorio nacional, sin perjuicio de las competencias de otras entidades.
El decreto modifica el Código Penal y contempla pena privativa de la libertad no menor de 5 ni mayor de 8 años y 365 días para este delito, en circunstancias agravantes.
En ese sentido, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a propuesta de la Sunat, establecerá las llamadas rutas fiscales, vías de transporte por donde deberá efectuarse el transporte o traslado de insumos químicos.

Origen y destino
La disposición señala que las rutas se establecerán progresivamente entre los puntos de origen y destino fiscalizados, pero que entre tanto el traslado podrá realizarse por cualquier ruta disponible.
Será considerado transporte ilegal todo aquel traslado de insumos químicos que no utilice la ruta fiscal o que no tenga la documentación respectiva, según lo publicado en el Diario Oficial El Peruano.
La Sunat y la Policía Nacional, de ser el caso, pondrán en conocimiento del Ministerio Público, en el más breve plazo, tal hecho para el inicio de las investigaciones.

Incautación o destrucción
La Sunat incautará los insumos y los medios de transporte utilizados, y si éstos son contrarios a la salud pública, al medioambiente o su tenencia se encuentre prohibida serán destruidos.
En el caso de los medios de transporte, además de la incautación, las autoridades están autorizadas a proceder con su venta, vía el remate.
El Ministerio Público, la Policía Nacional y la Dirección General de Capitanía y Guardacostas (Dicapi), en el ámbito de sus competencias, brindarán el apoyo y colaboración a la Sunat en las acciones de control y fiscalización.
La disposición precisa que en adelante se dispone el uso obligatorio del sistema de posicionamiento global (GPS) en las unidades de transporte de hidrocarburos, para la ubicación efectiva.
FUENTE: Diario El Peruano.
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03 marzo 2012

Planillas electrónicas

MODIFICAN DISPOSICIONES.
La administración tributaria podrá actualizar y publicar en su portal de internet las tablas paramétricas utilizadas para la elaboración de la planilla electrónica, previa comunicación al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), de conformidad con el DS Nº 002-2012-TR, que modifica el Art. 4 del DS Nº 018-2007-TR referido al uso de los citados formatos.

Esta norma ya contemplaba la posibilidad de que la Sunat efectúe los cambios al contenido de las planillas electrónicas, previa coordinación con la autoridad laboral.
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Mejoras a trabajadores agrarios

EVALÚA LA COMISIÓN DE TRABAJO DEL PARLAMENTO, ASEGURA JULIO GAGÓ
Grupo legislativo culmina esta semana predictamen de LGT.
Insistirán además con eliminación del régimen de contratación CAS.
La derogación del régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS), la aprobación de la Ley General del Trabajo y el aumento de beneficios sociales para los trabajadores del régimen laboral agrario son los temas prioritarios de la Comisión de Trabajo del Congreso en esta legislatura, reveló su presidente, Julio César Gagó Pérez. Al respecto, el legislador sostuvo que este grupo de trabajo ya cuenta con un dictamen favorable para derogar el D. Leg. N° 1057, del régimen especial de CAS, el cual fue puesto en la agenda del pleno del Parlamento para su debate y aprobación.

Esta norma con rango de ley concibe al CAS como una modalidad especial propia del derecho administrativo y privativo del Estado, no sujeta a la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, ni al régimen laboral de la actividad privada ni tampoco a otras normas que regulan carreras administrativas especiales.
 
Mayores ingresos
Gagó Pérez explicó que la Comisión de Trabajo del Congreso también cuenta con un dictamen favorable aprobado por unanimidad por los miembros de la misma para aumentar los beneficios sociales a los trabajadores del régimen agrario, sin alterar el tipo de contrato laboral al cual están sujetos, ya sea para la temporada de siembra o para época de la cosecha.
A su criterio, conviene aprobar la iniciativa para que con toda justicia, y ante el crecimiento económico que experimenta el país, este segmento de trabajadores pueda percibir mayores ingresos.

Ley General del Trabajo
El legislador, además, indicó que la próxima semana presentará al pleno de la comisión a su cargo una propuesta de Ley General del Trabajo para su debate y aprobación, con el propósito de remitir lo más pronto posible el dictamen al pleno del Parlamento para que lo analice posiblemente junto con la iniciativa que sobre la misma materia también presentará, en su momento, el Poder Ejecutivo.
Detalló que por lo pronto el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), ya recibió el texto final del proyecto de Ley General del Trabajo aprobado por el grupo de expertos que conformó para su redacción, propuesta que además fue remitida al Consejo Nacional del Trabajo (CNT) para su evaluación y posterior presentación al Parlamento.

Flexibilización y consenso
El congresista Julio Gagó aseguró que su intención no es enfrentarse al Poder Ejecutivo, sino facilitar con las propuestas que apruebe la Comisión de Trabajo a la flexibilidad del mercado laboral y al crecimiento del país.
En su opinión, el proyecto que deroga el CAS será evaluado en el próximo pleno del Legislativo. Además, considera que existe consenso para la aprobación de una Ley General del Trabajo. "Tanto el Legislativo como el Ejecutivo hemos actuado en cuerdas separadas para aprobarla".
No obstante, reconoce que el 20% de su tenor no ha sido consensuado, por lo que sobre esta parte trabaja la comisión a su cargo.

Ceses colectivos
1.- El congresista Gagó Pérez indicó que la comisión a su cargo dictaminó una propuesta legislativa para la revisión y actualización de la cuarta lista de trabajadores del Estado despedidos por ceses colectivos.
 
2.- La iniciativa ha sido aprobada por unanimidad del equipo de trabajo a su cargo, dijo.
 
3.- Se espera, en consecuencia, que el dictamen sobre este proyecto de ley sea debatido lo más pronto posible por el pleno de la Representación Nacional.
 
4.- "No se abrirá una quinta lista, simplemente se tuvo por conveniente revisar y actualizar la cuarta lista, pues existen muchos extrabajadores que se quedaron sin acceder a sus beneficios, no obstante tener la misma prioridad de quienes sí lo hicieron", afirmó el parlamentario.
FUENTE: Diario El Peruano.
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