28 noviembre 2013

Sin incentivos para la formalidad

En su análisis costo-beneficio, las mypes prefieren mantenerse en la informalidad, pues así evitan pagar impuestos. Jorge Guillén, profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN, afirma que el sistema tributario está hecho para impedir que las microempresas crezcan.

Un estudio de la Asociación de Bancos (Asbanc)reveló que el costo real del dinero cobrado por los prestamistas informales supera ampliamente al del sistema financiero formal. Así, por ejemplo, los dueños de negocios en centros de abastos, beneficiarios de préstamos informales por S/.1,000 a un plazo de 30 días, con un esquema de pago diario (gota a gota), terminan pagando una Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA) que oscila entre 406.11% y 10,488%.
El estudio agregó que los microempresarios que acuden al sistema financiero formal, en el que se ubican las cajas municipales, las cajas rurales y las edpymes, logran costos reales que varían entre 60.86% y 399.32%, por el mismo monto y plazo de pago.
Jorge Guillén, profesor de la Maestría en Finanzas de ESAN, sostuvo que muchas micro y pequeñas empresas (mypes) prefieren mantenerse en la informalidad porque en su análisis costo-beneficio les resulta más conveniente no pagar impuestos, pese a que las tasas del sistema financiero sean más costosas para ellos, ya que son un segmento de alto riesgo.
"Muchas mypes se financian solas, algunas piden una tarjeta de crédito y con eso financian el capital de trabajo. Pero les impide crecer y tampoco tienen incentivos para hacerlo. Es un análisis costo-beneficio les conviene quedarse pequeñas, porque los requisitos y cargas tributarias para los formales son demasiado grandes", comentó Guillén.
Recordó que en la Maestría en Finanzas de ESAN se formuló una propuesta para estimular la formalización mediante la generación de préstamos del sistema formal a tasas más bajas, ya que funcionaría al modo del Fondo Mivivienda, con subsidios del Estado. Entonces, para recibir estos préstamos más baratos se les obligaría a las mypes a ser formales, de tal modo que haya un beneficio concreto para ellas.
"En temas tributarios, a las mypes se les pide muy poco, a través del RUS, pero a la mediana y grande, les exigen libros, cajas, facturas y un Impuesto a la Renta de 30%. Entonces, lo que está pasando es generarse muchas mypes para no crecer y evitar esta carga tributaria", refirió el experto.
Indicó además que la Sunat ha caído en el facilismo de cobrar a los contribuyentes que son formales, en vez de buscar a los nuevos, a los informales. "A pesar de que tenemos un Impuesto a la Renta muy alto de 30%, la recaudación es solo de 15% (presión tributaria), hay mucha evasión, elusión e informalidad, además de un facilismo de la Sunat de cobrar solo al formal mientras que a los demás los deja libres", apuntó.
FUENTE: Conexion ESAN
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27 noviembre 2013

Evaden los aportes a Essalud

Sunat detectó desembolsos a trabajadores sin justificación, con el fin de evitar una mayor carga tributaria y social.

Se viene más fiscalización. (USI)
Cada vez más empresas son obligadas a realizar una mayor contribución a Essalud, pues las fiscalizaciones laborales de la Sunat detectan pagos ‘no remunerativos’ a sus trabajadores sin justificación, con el fin de evitar una mayor carga tributaria y social.
Asi lo indicó Germán Lora, socio del Estudio Payet. Detalló que los principales conceptos no remunerativos son las asignaciones por transporte, educación y los bonos. En algunos casos, estos conceptos registran montos por encima de un nivel razonable, aseguró.
“Por ejemplo, que se asignen S/.1,000 mensuales por transporte del trabajador hace que la Sunat presuma una remuneración encubierta. Los conceptos no remunerativos no deberían superar el 30% del sueldo mensual”, subrayó.
VIENE MÁS FISCALIZACIÓN
Al respecto el exministro de Trabajo Javier Neves refirió que desde el 2014 el Ministerio de Trabajo tambiénelevará la fiscalización para detectar estos casos, con la implementación de la Sunafil y el aumento de inspectores laborales.
FUENTE: Diario Peru 21.
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Nuevos incentivos a la Ley de obras por impuestos

Hace ya cuatro meses, el Congreso de la República aprobó la Ley N° 30056, "Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial". Entre otras cosas, esta norma contempla una serie de cambios positivos que se espera potencien la ejecución de más proyectos de inversión mediante el mecanismo de obras por impuestos.
Casi un año después de haberse publicado el nuevo reglamento de la Ley de Obras por Impuestos, la Ley N° 30056 ha introducido algunas mejoras realmente significativas que pueden ser aprovechadas por las empresas para desarrollar una serie de proyectos en beneficio de las comunidades locales.
Según las estadísticas, desde el 2008 hasta la fecha se concluyeron 18 obras de infraestructura por esta modalidad, dando una media de 4 por año. En el 2013, dicha cifra se ha multiplicado de forma importante, puesto que hoy por hoy existen 26 proyectos en ejecución por la vía de obras por impuestos. Asimismo, hay mucha expectativa que con las mejoras realizadas en la Ley N° 30056, la cantidad a desarrollarse sea mucho mayor.
Entre los cambios significativos introducidos por dicha norma, podemos contar los siguientes:
  • Ampliación de los proyectos a ejecutarse mediante este mecanismo. Es decir, ya no se contempla solamente a las obras de infraestructura, sino también a todos aquellos planes de inversión que cumplan con los requisitos de los Proyectos de Inversión Pública (PIP), pudiendo darse éstos mediante contrato de servicios o contrato de obras.
  • El financiamiento de la empresa puede incluir también mantenimiento y operación de la obra a cuenta del impuesto a la renta. Asimismo, el mantenimiento y operación del proyecto se puede realizar mediante la conformación de asociaciones público-privadas.
  • Ampliación del uso de los recursos. Los proyectos podrán ser financiados con cargo a recursos de la fuente de financiamientos de "recursos determinados", dejando de lado la limitación a ejecutar obras solamente bajo los topes de las partidas de canon y sobre-canon. Por lo tanto, aquellas regiones que no reciben dinero por dichos conceptos, podrán también acceder a este mecanismo. Más aún, las universidades públicas también podrán aplicar obras por impuestos en el caso de que reciban  asignaciones por canon, sobre-canon y regalías mineras.
  • Los Certificados de Inversión Pública Regional y Local - CIPRL se convierten en negociables, con la excepción en el caso de que la empresa privada sea la ejecutora del proyecto.
Todas estas nuevas disposiciones apuntan a hacer más popular el mecanismo de obras por impuestos. De esta forma, se logra un triple beneficio: para la sociedad, el Estado y la empresa privada.
Las obras y servicios de saneamiento, transporte y educación benefician sin duda a la o las comunidades donde se desarrolla el proyecto. Por el lado del Estado, éste logra desconcentrar en alguna medida su labor, encargándosela al privado, el cual seguramente la efectuará con mayor rapidez y eficacia. Y, finalmente, las empresas privadas ganan reputación al asociar su imagen y marca con proyectos de alto impacto en sus respectivas zonas de influencia, desarrollando exitosamente así sus programas de responsabilidad social corporativa.
FUENTE: CONEXION ESAN
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