21 febrero 2012

Recomiendan difusión de Ley Procesal del Trabajo

La aprobación del calendario de implementación de la nueva Ley Procesal del Trabajo en Lima y Callao, por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, genera en opinión de laboralistas y estudios jurídicos la necesidad de difundir en estos lugares el contenido de esta norma, los cambios que introduce, así como las experiencias de las cortes superiores donde ya se aplica, con el fin de facilitar su implementación.
El Estudio Echecopar, a través de un informativo legal electrónico elaborado por su Área Laboral y Seguridad Social, recomienda tomar en cuenta que la aplicación del nuevo modelo procesal que esta norma instaura implica diversos cambios sustantivos como los siguientes:
 
a) Reducción significativa de la duración del proceso
A diferencia del juicio laboral al que las partes de un contrato de trabajo están acostumbradas y que puede demorar cuatro o más años, con el nuevo modelo el proceso no demorará más de seis meses si no hay conciliación, y un mes y medio aproximadamente, sí la hay. "En consecuencia, no habrá lugar a especular con la duración del proceso y las posibles ganancias financieras que pudiera originar la dilación del mismo", advierte el bufete.
b) Medidas cautelares antes y dentro del proceso.
El juez puede dictar cualquier tipo de medida cautelar antes del inicio del proceso y sin conocimiento del empleador afectado, y dentro del proceso.
c) Oralidad versus sistema escriturario
En el proceso laboral tradicional, prácticamente todo se actúa por escrito. Pero en el nuevo modelo, tan solo se presentan por escrito la demanda, subsanación, contestación, solicitud de medidas cautelares y recursos de apelación y casación, considerando que la interposición de este último recurso no suspende la ejecución de lo decidido en segunda instancia.
"Las demás actuaciones se realizan de manera oral en las audiencias, una o dos, dependiendo del tipo de proceso, que concluirán con conciliación o sentencia", resalta el estudio jurídico.
d) Conducción efectiva del proceso por el juez
En el nuevo modelo, el juez conduce de manera efectiva el proceso, lo cual –en opinión del Estudio Echecopar– es una diferencia significativa de lo que sucede en el tradicional juicio.
e) Carga de la prueba y presunciones
Además, dicho bufete añade que con base en el nuevo modelo procesal, acreditada la prestación del servicio, se presume que éste es de naturaleza laboral, salvo prueba en contrario. "La actividad probatoria está bajo responsabilidad de cada parte, por lo que si el empleador no está preparado para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones, perderá el juicio", subraya.
Las partes también adquieren la obligación de acudir informados, en especial el empleador y sus representantes.

Acción del trabajador
A juicio de los laboralistas de Miranda & Amado Abogados, la Ley Procesal del Trabajo refuerza la intervención de los sindicatos en los juicios laborales y establece reglas que facilitan la actividad probatoria a los trabajadores con amplias posibilidades para la obtención de medidas cautelares.
En un informativo electrónico recomiendan considerar que en el nuevo modelo procesal laboral las demandas de hasta 3 mil 650 nuevos soles no requieren la intervención de abogado, mientras que las demandas entre esa suma y los 25 mil 550 nuevos soles pueden exonerarse de abogado si el juez lo aprueba.
Advierten que se permitirán las notificaciones electrónicas y las audiencias grabadas en audio y video.
 
Consejos adicionales
Para el laboralista Ricardo Herrera Vásquez es importante difundir la performance de las once cortes superiores que aplican la nueva Ley Procesal del Trabajo, sobre todo de las que primero empezaron a usarla para evaluar sus experiencias, saber qué hacer y qué corregir.
Además, resalta la necesidad de adoptar medidas presupuestales para crear más juzgados, equiparlos y contratar personal adicional para los juzgados que deberían asumir el reto de la nueva norma procesal con carga cero.
"También debe capacitarse a magistrados y abogados litigantes; uno de los problemas que hubo en la Corte de La Libertad cuando entró en vigencia la nueva ley fue que los abogados no tenían domicilio procesal electrónico y no estaban preparados para el litigio oral", subraya.
A los empleadores recomienda tener en cuenta que con la nueva norma se resuelven más rápido los procesos judiciales y se pueden aplicar multas mayores a las que se imponen en Lima en la actualidad.
"Es importante que los empleadores evalúen sus posibilidades de éxito en los procesos judiciales, la estrategia de demorarlos sabiendo que perderán, en la nueva ley no tiene cabida", detalla.
A los trabajadores aconseja contratar abogados capaces de ejercer la defensa con base en la nueva norma y acopiar muy bien sus pruebas, debido a que no se presentarían pliegos interrogatorios escritos.
 
Reglas y reto
1 Con el nuevo modelo procesal, en las audiencias se podrá sancionar por alegar hechos falsos, generar dilaciones que generen la suspensión de la audiencia o desobedecer las órdenes del juez. "Se aplica la presunción legal derivada de las conductas de las partes", detalla el Estudio Echecopar.
 
2 Además, existe responsabilidad solidaria entre los representantes y sus abogados por las multas impuestas, con copia de las actuaciones a la corte superior, Ministerio Público y colegio de abogados para las sanciones respectivas.

3 Dicho bufete considera un reto para los empleadores prevenir los conflictos, para lo cual deben contar con auditorías que les permitan conocer el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y adoptar las medidas correctivas.

4 "También deben acopiar medios probatorios y brindar capacitación interna para el cumplimiento de las obligaciones laborales", subraya.
FUENTE: Diario El Peruano.
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Gobierno fomenta medidas para impulsar a las mypes

Se busca que alrededor de dos millones de negocios se formalicenImplementan premio a este sector para la inclusión productiva

El Gobierno promueve medidas orientadas a dar sostenibilidad a las micro y pequeñas empresas (mypes), para que alrededor de dos millones de negocios informales ingresen cuanto antes a la legalidad y así puedan acceder a créditos promocionales y a mercados organizados, anunció el presidente del Consejo de Ministros, Óscar Valdés.

Dijo que en el Perú estas unidades productivas son una fuerza generadora de empleo y de riqueza. La creatividad de los peruanos es reconocida en el mundo.
"Nuestro país pudo enfrentar las crisis económicas gracias al espíritu emprendedor de los micro y pequeños empresarios. El afán de superación de miles de peruanos permitió enfrentar situaciones difíciles del pasado en diferentes épocas de la historia."
 
Informalidad
Valdés aseguró que uno de los grandes problemas del país es la informalidad. Por eso, resaltó los esfuerzos del Ministerio de la Producción (Produce) para que la formalización sea atractiva y asequible para las mypes.
"Los peruanos debemos tener un país formal, porque los impuestos sirven al fortalecimiento del Estado y se orientan a la educación y salud. Todos los esfuerzos que hagamos en este sentido serán importantes."
Durante el lanzamiento del Premio Nacional a la Micro y Pequeña Empresa-Mype para la Inclusión Productiva, actividad que presentó el jefe del Gabinete junto con el ministro de la Producción, José Urquizo, destacó la capacidad creativa e innovadora de los peruanos para crear empleos mediante las mypes.
Valdés también resaltó el impulso a estas unidades productivas, mediante el lanzamiento del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa (Codemype), cuya duodécima sesión extraordinaria se realizó minutos antes de la presentación del referido premio.

Mayor empleo
En opinión de Valdés, las pymes son fuerza generadora de empleo y de riqueza que merece todo el apoyo del Gobierno. "La inclusión social debe considerar un marco legal promotor y flexible para canalizar el espíritu emprendedor en el país."
Dijo que hay que darles una direccionalidad a las unidades productivas, que acompañen el desarrollo nacional con producción de calidad y orientada a las exportaciones.
El Gobierno está empeñado en la promoción de las mypes facilitando el acceso a servicios de desarrollo empresarial, capacitación y asistencia técnica.
Estas empresas deben ser competitivas, enlazadas a cadenas productivas y conglomerados, con acceso a trámites simplificados. La modernidad del siglo XXI debe alcanzar a las mypes como una estrategia de inclusión económica y social.
FUENTE: Diario El Peruano.
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OBJETIVO. Combatir la falsificación de documentos. Preparan un nuevo servicio registral

Anuncian presentación de norma para implementarlo
Analizarán asignación de personal y construirán oficinas de inscripción

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos prepara un nuevo servicio registral para combatir de manera directa la falsificación de documentos. Se trata de una medida cautelar administrativa, reveló el superintendente adjunto de esta entidad, Jorge Ortiz Pasco. "Esperamos presentar el jueves, en la sesión del directorio de esta superintendencia, la propuesta de norma para la implementación de esta medida a escala nacional", agregó.

De acuerdo con la iniciativa, cuando el registrador tome conocimiento de un documento como una escritura pública, verificará su autenticidad con el notario, juez, funcionario o repartición pública pertinente que lo haya expedido o autorizado.
En caso esa autoridad o funcionario niegue haberlo hecho, el registrador podrá anotar en la partida registral que corresponda una medida cautelar por supuesta falsificación.
"Esto ahora no es posible porque el ordenamiento legal, fundamentalmente el Código Civil en su artículo 2013, establece que las inscripciones se dejan sin efecto solo por orden judicial", advirtió Ortiz Pasco.
Ante este panorama normativo, indicó que con la propuesta que se maneja se busca invertir la carga probatoria y corroborar la autenticidad de los documentos preguntándole al funcionario pertinente, para lo cual se tendría 48 horas.
"En los Registros Públicos, las inscripciones nunca han sido de oficio, salvo cuando hay un error material", precisó.
Anunció también que se proyecta construir este año cuatro oficinas registrales en Puerto Maldonado, Cajamarca, Ayacucho y Casma.
Sostuvo que si el país sigue creciendo en sus ratios económicos, los Registros Públicos tienen que caminar de la mano con ellos.
 
Evaluarán necesidades
Ortiz Pasco anunció que los jefes de las trece zonas registrales del país sostendrán el 27 y 28 de este mes en Lima una reunión con las máximas autoridades de la superintendencia para analizar el cuadro de asignación de personal y conocer sus requerimientos, toda vez que existe un crecimiento de la demanda por servicios registrales.
Resaltó que es la primera vez que se realizará un encuentro de esta envergadura para escuchar principalmente a los jefes zonales.
Adelantó la posibilidad de llevar a cabo un gran concurso nacional con el propósito de captar profesionales debidamente capacitados para laborar en los Registros Publicos, considerando la falta de personal que se observa en algunas oficinas registrales.
FUENTE: Diario El Peruano.

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Las casas de playa y la Sunat: ¿el inicio del fin...?

Por Jorge Luis Picón Gonzáles
En medio de un verano con clima extraño, la Sunat ha dejado frías a muchas personas al haber iniciado la fiscalización de los alquileres de las casas de playa. El siguiente paso será cruzar dicha información con las declaraciones juradas de los dueños de las casas.  
Como parte del fenómeno inmobiliario que hemos venido viviendo durante los últimos años, los alquileres de las casas de playa del sur se han disparado. Sin embargo, el pago de impuestos por dicho concepto, no. Es decir, se han venido recibiendo rentas que están gravadas con un Impuesto a la Renta de tan solo el 5%, y a pesar de eso no se ha pagado el impuesto.
Ahora la Sunat, finalmente, ha empezado a requerir a las asociaciones de playa la información sobre qué casas han sido alquiladas. El siguiente paso será cruzar dicha información con las declaraciones juradas de los dueños de las casas.
Cabe indicar que aún es tiempo para los arrendadores, rectificar sus declaraciones de Impuesto a la Renta, correspondiendo la aplicación de una multa por la no presentación de la declaración o la declaración de datos falsos, según sea el caso. La multa puede ser rebajada hasta en un 90% si se presenta voluntariamente a la Sunat.
No obstante, es importante indicar que se entiende que esta es una nueva aproximación de la Sunat hacia las rentas no declaradas por parte de las personas naturales, las mismas que durante los últimos años se han controlado principalmente a través del ITF.
En un país donde la bancarización no pasa del 25% de las operaciones, hacen falta nuevas formas de cercar la evasión en todas sus formas, como el control de gastos no bancarizados como colegios, universidades, clubes, entre otros.
En efecto, de acuerdo a la normatividad del Impuesto a la Renta, como la Sunat no puede estar presente en todo momento en el cual la persona genera ingresos (lo que es casi imposible cuando en casos en los que un profesional ejerce su profesión a favor de personas que no requieren comprobante de pago), presume la generación de rentas gravadas a través del gasto o de movimientos patrimoniales.
En tal sentido, en el caso de las casas de playa, surgirán preguntas como: ¿de dónde sacó el propietario los fondos para la construcción o adquisición de su casa de playa (la cual muy comúnmente no es financiable por el banco y no se inscribe en registros públicos a nombre de la personas, sino de una asociación)? o ¿cómo con sus rentas declaradas puede cubrir el mantenimiento de la casa de playa, pagar sus créditos hipotecarios, sus tarjetas de créditos, colegios costosos y/o universidades, membrecías en clubes, pagar a sus empleados de la casa y comer?
En caso de que la suma de los gastos supere las rentas declaradas del período, se presumirá que la diferencia se ha originado en rentas no declaradas, no siendo aceptables justificaciones no bancarizadas.
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