19 julio 2012

El Ejecutivo promulga Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones

De acuerdo a la norma, el trabajador que se incorpora al SPP es afiliado a la AFP que ofrezca la menor comisión por la administración de los fondos.
El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 29903 de la Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), que busca -según el Gobierno- contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la seguridad social en el área de pensiones de todos los trabajadores en el país.
La referida ley, publicada en la separata de normas legales del Diario El Peruano, busca otorgar protección ante los riesgos de vejez, invalidez y fallecimiento, y compromete la participación de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), las aseguradoras y entidades afines.
El texto señala que el SPP provee obligatoriamente a sus afiliados las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio. Según la norma, el trabajador que se incorpora al SPP es afiliado a la AFP que ofrezca la menor comisión por la administración de los fondos.
El dispositivo indica también que se aplicará la tasa de aporte obligatorio a quienes reciban ingresos mensuales mayores a 1.5 remuneraciones mínimas vitales, y se establece la obligación del empleador de retener los aportes.
El dispositivo legal lleva la firma del jefe del Estado, Ollanta Humala; así como del titular del Consejo de Ministros, Óscar Valdés. La norma fue aprobada días atrás por el Congreso de la República.
Descargue aquí el Boletín de Normas Legales de El Peruano, en el que aparece la nueva ley.
FUENTE: Diario Gestion.
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