Según el DS N° 186-2012-EF, en estos casos se requerirá contar con una trayectoria satisfactoria del cumplimiento de las normas aduaneras, registros contables y logísticos adecuados, solvencia financiera y patrimonial comprobada, así como medidas de seguridad. Igualmente, contar con RUC, no tener deudas tributarias ni aduaneras, ni estar comprendidos en juicios, entre otros.
Los exportadores también deberán demostrar que en los últimos tres años han realizado envíos al exterior por un monto no menor a los tres millones y medio de dólares y, en el caso de los almacenes, mantener vigente los permisos y licencias que exigen las autoridades competentes en el local destinado a las operaciones aduaneras.
FUENTE: Diario El Peruano.