28 noviembre 2012

Lo que se viene en fiscalización laboral en el 2013

¿Cuáles serán las políticas de inspección que aplicará el Ministerio de Trabajo el próximo año? Una de ellas será la posible eliminación de los contratos a plazo fijo, así como aplicar mayores sanciones por accidentes de trabajo. Germán Lora, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, brinda algunas recomendaciones al respecto.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) planea sancionar el próximo año a las empresas que no justifiquen el origen de la contratación temporal de trabajo (a plazo fijo). Según publica el diario Gestión, dicho ministerio tendrá una política de fiscalización más estricta, que en la práctica llevará a que muchas empresas tengan que asumir contratos laborales indefinidos.
Se ha advertido que un error común en las firmas es no justificar el plazo fijo en el contrato o en las renovaciones. Lo más grave sería el uso inadecuado, pues utilizan el contrato temporal para trabajos permanentes.
El próximo año, el MTPE revisará los plazos de estos convenios de la información consignada en el T-Registro (información laboral publicada en la web de la Sunat). De esta forma, serían multadas las empresas que incumplan consignar dicha data en el portal de la administración tributaria al día siguiente del ingreso de un trabajador aún si no han pagado la remuneración (en planillas y consignada la información en el PDT, soporte informático también de la Sunat).
El citado portafolio también sancionaría en el 2013 como falta grave insubsanable (es decir, no se permite al empleador cumplirlo después) el accidente en la empresa, incluso en casos fortuitos. Así, la empresa sería responsable, incluso si dio una adecuada inducción o capacitación, y si entregó documentos de prevención de riesgos. Ahora el MTPE entendería que la compañía incumplió su deber de supervisión.
La sanción máxima fijada por la ley en una inspección laboral es de 30 UIT, es decir, S/. 109,500. Ante este panorama, Germán Lora, profesor de la Maestría de Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, recomendó a los empleadores justificar las contrataciones temporales en los hechos y con documentos, como puede ser la necesidad de atender una variación repentina del mercado, o reemplazar por suplencia a un trabajador.
Mencionó que los inspectores de trabajo también están cuestionando temas tributarios, como el cálculo de las utilidades de la empresa para determinar el monto de repartir que corresponde a los trabajadores. "Lo grave es que a través de actas de infracción, los inspectores cuestionan la aplicación de deducciones en el gasto de la empresa, incluso cuando estos se encuentran sustentados en informes y auditorías", comentó.
Sobre la política de fiscalización de accidentes en la empresa, Lora advirtió que "si una empresa costea la capacitación del trabajador, y la autoridad aún así la multa, entonces le importará poco cumplir con la norma o trasladará ese costo al trabajador".
Fuente: Conexion ESAN
Leer más...

27 noviembre 2012

Sunat sanciona a más de 3,000 negocios

CONTROL. POR NO ENTREGAR COMPROBANTES DE PAGO.

Entidad recaudadora dispuso cierre temporal de los establecimientos

Fueron detectados cometiendo diversas irregularidades

Como parte de sus actividades de fiscalización, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) sancionó, el fin de semana, con el cierre temporal a 3,085 establecimientos comerciales de Lima que no emitían comprobantes de pago por sus actividades.


La disposición fue resultado de las diferentes campañas de verificación y control efectuadas por el ente recaudador con motivo de la próxima campaña navideña.

Estas acciones se efectuaron en el marco del Decreto Legislativo N° 1113, vigente desde el 5 de julio de este año, que establece sanciones de cierre para los locales que no emitan comprobantes a sus clientes por los bienes o servicios que comercialicen, desde la primera vez en que se compruebe la falta. Los contribuyentes sancionados fueron detectados cometiendo las irregularidades en los controles efectuados por el ente recaudador entre octubre y noviembre, justamente en la víspera de las próximas festividades de fin de año, época en la que incrementan las actividades comerciales.

Los distritos que presentaron el mayor número de sanciones fueron San Juan de Lurigancho (con 566 cierres), Lima Cercado (542), Los Olivos (341), La Victoria (273), Ate (252), San Juan de Miraflores (214), Santa Anita (174) y, finalmente, San Luis (104).
Fuente: Diario El Peruano.
Leer más...

Sunat y gremios empresariales analizarán medidas que mejoran procesos tributarios

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que hoy se realizó la reunión del Grupo de Trabajo de Tributos Internos, integrado por los principales gremios empresariales, para analizar las medidas de simplificación y mejora de los procedimientos tributarios.

Explicó que el objetivo es fortalecer los mecanismos de diálogo para el intercambio de opiniones sobre las acciones que desarrolla la Sunat en este tema.

De esa manera, indicó que se busca consolidar los canales de comunicación con los contribuyentes, así como conocer sus necesidades y expectativas, lo que ha contribuido a implementar un gran número de mejoras en el aspecto tributario.

La jefa de la Sunat, Tania Quispe, destacó la importancia de este trabajo coordinado con el sector privado y se comprometió a promover la simplificación de los trámites para la declaración y pago de los impuestos.

También se comprometió a incentivar la formalización de las actividades comerciales y combatir la evasión tributaria, para lo cual se conformarán tres mesas trabajo: Formalización, Simplificación y Difusión Tributaria.

Así los gremios empresariales podrán contribuir a la implementación de las estrategias diseñadas por la Administración Tributaria y apoyar las campañas de sensibilización que buscan fomentar la cultura tributaria en la ciudadanía.

Además, se convocará la participación del sector empresarial en los estudios de opinión (focus group) que realizará la Sunat a fin de determinar las mejoras que se pueden realizar a los productos virtuales vigentes, así como identificar los trámites que pueden efectuarse de una manera más rápida.

Por su parte, el presidente de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep), Humberto Speziani, dijo que la generación de conciencia tributaria se inicia desde la etapa del colegio, donde están en formación los niños que son el futuro del desarrollo del país.

La reunión del Grupo de Trabajo de Tributos Internos se realizará cada tres meses y se ha previsto reuniones de trabajo específicas de programación mensual con los diversos gremios participantes.
Fuente: Andina
Leer más...

afiliados a AFP que no elijan tipo de comisión pasarán a cobro mixto

Los afiliados al Sistema Privados de Pensiones (SPP) que no elijan el tipo de comisión que pagarán a sus Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), pasarán automáticamente al cobro de comisión mixta establecida en la nueva ley de AFP, advirtió el economista Jorge González Izquierdo.
Entre el 2 de enero y el 1 de abril del 2013, los más de 5,2 millones de afiliados al SPP deberán informar a sus AFP si permanecerán en el actual pago de comisión por flujo (un porcentaje del sueldo) o migrarán al pago de comisión mixta (compuesta por la comisión por flujo más un porcentaje del fondo del afiliado), que plantea la nueva norma.
“Si quiero mantener el cobro por comisión por saldo (flujo), como es ahora, debo de realizar este trámite con mi AFP en los plazos previstos [...] Si no se hace este trámite, automáticamente me pasan al cobro de comisión mixta”, apuntó en entrevista con elcomercio.pe.
¿QUIÉNES DEBEN CAMBIARSE?
Previamente, el economista recomendó que los afiliados que aún tengan una vida laboral por delante, opten por quedarse en la comisión por flujo; mientras para los que ya están por jubilarse, aconsejó pasar a la comisión mixta.
“Cuando la AFP me cobra por mi saldo (comisión por flujo), me recorta mi consumo de hoy, pero cuando me cobra sobre el fondo (comisión mixta), me reduce mi consumo mañana, en el futuro, cuando estoy jubilado”, explicó.
En otro momento, González Izquierdo reiteró su crítica a la nueva ley de las AFP, que fue impulsada por el MEF, pues -dijo- esta debió propiciar una competencia entre las administradoras para que maximicen la rentabilidad de los fondos, y no solo alentar una reducción en el cobro de comisiones. “Esa es la esencia fundamental de la falla de esta nueva ley”, refutó.
Fuente: Diario El Comercio
    Leer más...

    26 noviembre 2012

    Afiliados a las AFP tendrán tres meses para elegir tipo de comisión

    La SBS amplió hasta el 1 de abril el plazo para que afiliados al Sistema Privado de Pensiones realicen este trámite.
    La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) anunció hoy que decidió ampliar a tres meses el plazo para que los afiliados al Sistema Privada de Pensiones (SPP), puedan elegir el tipo de comisión a pagar a las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP).
    Como se conoce, la SBS dispuso anteriormente que los afiliados debían de realizar este trámite entre el 2 y 31 de enero del 2013. Sin embargo, ahora el plazo se ha extendido hasta el 1 de abril.
    “La decisión fue tomada luego de recibir y analizar diversas sugerencias remitidas a la institución, sobre el proceso de elección que tendrán que realizar los afiliados respecto del modo de cobro de la comisión por el servicio de administración de las AFP, eligiendo entre la comisión por saldo y la comisión por remuneración”, explicó mediante un comunicado.
    El ente regulador añadió que esta decisión se hará oficial en los próximos días, cuando se emita y publique una resolución en “El Peruano”.
    En el marco de la reforma de las AFP, la nueva ley plantea que los afiliados deberán de elegir si optan por permanecer en el actual pago de comisión por flujo (un porcentaje del sueldo), o migrar al pago de comisión mixta (compuesta por la comisión por flujo más un porcentaje del fondo del afiliado acumulado a partir de febrero).
    Fuente: Diario El Comercio.
      Leer más...

      13 noviembre 2012

      Este jueves vence plazo para depósitos de la CTS

      Este jueves 15 vence el plazo legal para que los empleadores, cuyos trabajadores se encuentran sujetos al régimen laboral de la actividad privada, cumplan con efectuar los depósitos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) correspondientes al semestre mayo-octubre 2012.
      Su incumplimiento no solo genera el devengo automático de intereses sino también una infracción grave, dijo el laboralista César Puntriano.

      La empresa puede ser objeto de una multa de hasta 36,500 nuevos soles, añadió.

      Según la Ley Nº 29352, desde mayo del 2011 y hasta la extinción del vínculo laboral, los trabajadores solo podrán disponer de hasta el 70 por ciento del excedente de seis remuneraciones brutas depositadas en su cuenta individual de CTS.

      Ya no es posible retirar el 80 por ciento para fines de adquisición o mejoramiento de vivienda.

      Además, el empleador, en un plazo de cinco días de haber realizado este abono, deberá entregar al trabajador una hoja de liquidación del monto depositado.

      La falta de cuestionamiento del trabajador al monto depositado no le impedirá reclamar más adelante, dentro del plazo de cuatro años desde su cese.
      Fuente: Andina
      Leer más...

      12 noviembre 2012

      Todo lo que debe saber sobre la reforma del Sistema Privado de Pensiones

      Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), asegura que la reforma apunta a mejorar el sistema y ampliar la cobertura previsional. Afiliados tendrán un mes para escoger si cambian cobro de comisión de flujo a saldo.
      ¿Cuáles son los beneficios?
      Luego de 20 años de estar en funcionamiento el Sistema Privado de Pensiones (SPP), se decidió su reforma, la cual busca ampliar la cobertura previsional para que de esta manera se reduzca el riesgo de pobreza en la vejez.
      La afiliación será obligatoria para los trabajadores independientes y de microempresa menores de 40 años.
      La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), convocará a licitación a las AFP para competir por la cartera de los nuevos afiliados.
      El titular de la SBS, Daniel Schydlowsky, estimó que en la primera licitación que se llevará a cabo el 20 de diciembre, las comisiones estarían por debajo de 1,60%.
      Cobro de comisiones
      Actualmente el cobro de comisiones es por flujo (un porcentaje de su sueldo). La reforma propone que este descuento se realice por saldo (de su fondo).
      Usted tendrá del 2 al 31 de enero para elegir qué método le conviene.
      En caso escoja por saldo, a partir de febrero se le aplicará una comisión mixta (una parte se pagará por flujo y otra sobre el nuevo saldo) durante diez años que será el periodo de transición.
      Finalizado este periodo se pagará solo la comisión sobre el saldo por los nuevos aportes realizados.
      La SBS asegura que el cobro sobre el saldo incentivará a las AFP a competir y seguir bajando sus costos.
      Si no está afiliado...
      Uno de los principales objetivos de la Ley de Reforma en el SPP es ampliar la cobertura previsional para que las personas cuenten con una pensión justa al llegar a la vejez.
      Con la nueva Ley más trabajadores accederán a la seguridad social ya que es obligatorio que se afilien a un sistema (público o privado).
      Con la licitación de afiliados que se dará el 20 de diciembre, los nuevos trabajadores que ingresen al SPP lo harán a la AFP que cobre menor comisión por administrar su fondo durante dos años.
      Si usted es trabajador de una microempresa o independiente, menor de 40 años, también está en la obligación de afiliarse al sistema.
      ¿Cómo afiliarse a una AFP?
      De ser trabajador dependiente de una empresa, para afiliarse debe ser mayor de edad (18 años) y contar con su documento de identidad vigente; en caso de ser extranjero, tiene que presentar su carné de extranjería o pasaporte con Visa de Trabajo.
      En caso se encuentre afiliado a otro régimen de pensiones como la Oficina de Normalización Previsional (ONP), deberá presentar una copia simple de sus dos últimas boletas de pago.
      Si es mayor de 50 años y está decidido a continuar trabajando hasta la edad legal (65) debe suscribir una declaración jurada en la cual declara haber tomado conocimiento del SPP y de la ONP.
      ¿Cómo se hacen los aportes?
      En caso de que usted sea dependiente, el empleador es quien retiene el aporte obligatorio para su fondo de pensiones y el porcentaje destinado a financiar las prestaciones de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, así como el porcentaje de comisión de la AFP.
      Los trabajadores independientes podrán realizar su contribución a través del Convenio de Pago de Aportes de Trabajadores Independientes, mediante el cual se acuerda realizar aportes obligatorios y opcionalmente voluntarios.
      Dichos aportes se pueden hacer mediante un cargo automático en su cuenta de ahorros o cuenta corriente; o acercándose a cualquiera de las entidades recaudadoras.
      ¿Cómo elegir el tipo de fondo?
      Para elegir el tipo de fondo (1, 2 o 3) se recomienda tener en cuenta lo siguiente aspectos: su edad, ingresos futuros y tolerancia al riesgo.
      Si está cerca de solicitar su jubilación es posible que prefiera un fondo de crecimiento estable y baja volatilidad. En caso esté muy distante, podría elegir uno de más riesgo.
      Debe considerar qué tanto dependerá de su pensión de jubilación como fuente de ingreso al retirarse. Si está próximo a hacerlo y su pensión será su única fuente de ingresos, no te conviene asumir riesgos.
      Sin embargo, debe tender en cuenta que si está dispuesto a asumir los riesgos puede generar mayores ingresos.
      ¿Cómo recibirá su pensión?
      Las modalidades de pensión son las distintas formas a través de las cuales usted o sus beneficiarios pueden distribuir el capital, estas van desde: retiro programado, renta vitalicia familiar, renta temporal con renta vitalicia diferida, renta mixta, renta bimoneda a renta vitalicia personal.
      Uno de los servicios que ofrecen las AFP es el Periodo garantizado. La empresa de seguros garantiza el pago de un monto de pensión por un determinado periodo, aun si el afiliado muere.
      Se otorgará una protección adicional, pues si fallece la pensión de los beneficiarios sería igual a la que percibía en vida. Una vez terminado este, recién se aplicará los porcentajes de pensión que corresponden a cada beneficiario.
      Trabajadores desempleados
      El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) explicó que si bien se le cobrará una comisión al afiliado así se quede desempleado, no se perjudicará ya que esta comisión en el largo plazo será menor a la rentabilidad.
      Cabe precisar que este cobro se realizará si usted decide pasar al cobro de comisiones por saldo.
      Para mayor información, la SBS pondrá a disposición de los afiliados indicadores de desempeño para elaborar un ranking de rentabilidad de las AFP; así como su calidad de servicio y cobro de comisiones.
      Fuente:Diario La Republica.
      Leer más...

      09 noviembre 2012

      Afiliados elegirán qué tipo de comisión se les cobrará

      El titular de la SBS estimó que el cobro de comisiones bajarían aún más el próximo mes. Experto recomienda a los afiliados seguir pagando sobre el porcentaje de su sueldo.

      Luego de la polémica que generó la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), al proponer pasar el cobro de comisiones por flujo (porcentaje del sueldo) al cobro por saldo (fondo acumulado), finalmente se establecieron los parámetros para que el afiliado decida qué modalidad le conviene.
      El titular de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Daniel Schydlowsky, explicó que en caso el afiliado desee permanecer en el cobro de comisiones por saldo tendrá que acercarse del 2 al 31 de enero del 2013 para comunicárselo a su AFP.
      "Los afiliados que no lo hagan, serán automáticamente migrados al nuevo esquema de cobro por saldo. En caso opte por el cobro por flujo y luego quiera cambiarse al cobro por saldo tendrá hasta seis meses para hacerlo", explicó el superintendente.
      En ese contexto, el economista Jorge González Izquierdo dijo que lo más recomendable es permanecer en el cobro por flujo ya que no afecta el monto total de su Cuenta de Capitalización Individual. "Los activos deben permanecer en la modalidad actual ya que no se les descontará de su fondo que es la pensión que tendrá en su vejez", aseguró el experto.
      PROCESO DE LICITACIÓN
      La primera licitación que se realizará el 20 de diciembre señala que los trabajadores que ingresen al SPP a partir del primero de febrero de 2013 hasta el 31 de enero del 2015 serán afiliados directamente a la AFP que ofrezca menor comisión. "En diciembre esperamos que haya una reducción interesante", señaló Schydlowsky.
      Como se recuerda, en el concurso de asignación de nuevos afiliados, la aseguradora ganadora fue Prima AFP al reducir su comisión de 1,75% a 1,60% de la remuneración mensual del trabajador, la misma que empezó a regir a partir de octubre.
      La Ley de la Reforma del SPP establece que los nuevos afiliados permanecerán en la AFP ganadora dos años. No obstante, tendrán la posibilidad de trasladarse a otra administradora de pensiones que les ofrezca una mayor rentabilidad neta.
      González Izquierdo refirió que la reducción de comisiones de las AFP va en función a los años que se les asigne a los afiliados. "Cuanto más años le asignen a las AFP los afiliados, más reducirán sus costos de comisión porque ya no tendrán que gastar por captar nuevos aportantes", afirmó.
      En tal sentido, indicó que lo ideal hubiera sido que las AFP compitan entre ellas y bajen sus comisiones y no asignarles a los afiliados mediante una licitación.
      COMISIONES MIXTAS
      Schydlowsky anunció que el cobro de comisión mixta (un componente de la comisión sobre el sueldo y el fondo) se iniciará el próximo año.
      "Con esta primera licitación, ingresaremos a la etapa de transición para migrar del cobro de comisión por flujo al cobro de una comisión en base al saldo. La Ley dice que en diez años debemos pasar del cobro de comisiones por flujo a saldo", precisó.
      Estimó que en los dos próximos años se contaría con más de 700 mil nuevos afiliados aportando al sistema.
      El ministro de Economía, Luis Miguel Castilla, dijo que el siguiente paso de la reforma será la incorporación obligatoria de los trabajadores independientes menores de 40 años, así como de los trabajadores de las micro y pequeñas empresas (Mypes), para lo cual el Estado destinará un subsidio de S/. 400 millones.
      CASTILLA: EL OBJETIVO ES EVITAR LA POBREZA AL LLEGAR A LA VEJEZ
      La finalidad de aumentar la cobertura previsional es evitar la pobreza en la vejez. Así lo aseguró el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla.
      Anunció que próximamente se reglamentará el sistema de pensiones sociales, que permitirá ingresar al sistema a los trabajadores de las microempresas menores de 40 años y con ingresos menores a 1,5 veces la Remuneración Mínima vital (RMV). "Se le descontará un porcentaje menor de su sueldo y el Estado les otorgará un subsidio", precisó.
      Agregó que también se reglamentará el fondo educativo del Sistema Privado de Pensiones y más adelante se reglamentará la incorporación de los trabajadores independientes en el SPP.
      Fuente: Diario La Republica.
      Leer más...

      08 noviembre 2012

      Primera licitación de afiliados a AFP se realizará el 20 de diciembre

      La primera licitación de afiliados de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que forma parte de la cuestionada reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP) que impulsó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) con el objetivo de elegir a la AFP a la que se afiliarán todos los que ingresen al SPP hasta enero del 2015, se realizará el 20 de diciembre de este año.

      El anuncio fue realizado por el ministro de Economía, Luis Miguel Castilla , durante una conferencia de prensa en la que se detallaron las seis resoluciones y dos circulares publicadas hoy por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para explicar cómo se realizará esta primera licitación y el procedimiento de migración de un esquema de comisión por flujo a uno de comisión por saldo .

      La Asociación de Afiliados de las AFP anunció en julio que presentaría una acción de inconstitucionalidad contra la reforma, precisamente porque la licitación de afiliados por dos años “viola el derecho a la libre contratación y crea un monopolio, lo que está expresamente prohibido por la Carta Magna del Estado peruano”.

      FLEXIBLES REQUISITOS
      De acuerdo con los dispositivos publicados por la SBS hoy, en la licitación podrán participar tanto las cuatro AFP que ahora operan en el mercado, como aquellas que estén en proceso de organización. Para ser elegibles, estas últimas solo tendrán que presentar un perfil de plan de negocios que deberá ser aprobado por la SBS.

      El objetivo de lo flexible de los requisitos es promover una mayor competencia en el SPP, donde solo participan Prima AFP, AFP Horizonte, AFP Integra y Profuturo AFP.

      Asimismo, la SBS ha dictado que, para participar en la licitación, las AFP deberán proponer el cobro de una comisión mixta menor a 1,60%, que es la remuneración que resultó del proceso de adjudicación que se realizó en setiembre y en el que resultó ganadora Prima AFP.

      La AFP que sea elegida en esta primera licitación afiliará a todos los nuevos trabajadores que se incorporen al SPP, desde el 1 de febrero del 2013 hasta el 31 de enero del 2015, plazo en el cual deberá mantener la comisión que haya propuesto para hacerse de la licitación.

      Si la ganadora es una AFP en formación, esta deberá constituirse antes del 1 de junio del 2013. Mientras se organiza, Prima AFP afiliará a todos los nuevos incorporados al SPP.

      En caso de que la nueva AFP no cumpla ese plazo, podrá pedir una prórroga máxima de dos meses, luego de lo cual se dictará como ganadora de la licitación a la entidad que haya quedado en el segundo lugar.
      Fuente: Diario El Comercio.
      Leer más...

      04 noviembre 2012

      FMI recomienda a Perú elevar presión tributaria para reducir brecha social y de infraestructura

      El Fondo Monetario Internacional (FMI) recomendó a Perú mejorar los sistemas de recaudación y elevar la presión tributaria, que aún es baja en relación a otras economías emergentes, y destinar estos mayores recursos a reducir la brecha social y de infraestructura.
      El subjefe de la División de Estudios Regionales del Departamento del Hemisferio Occidental del FMI, Luis Cubeddu, sostuvo que Perú debe evaluar una reforma integral que incluya aumento de tasas impositivas y reducción de exoneraciones.
      “Se debe comenzar con una mejora de los sistemas de recaudación y después contemplar una reforma integral que busque un aumento de las tasas pero también una reducción de las exoneraciones, que son bastante amplias, y cómo lograr el aumento de la carga tributaria para el financiamiento del tema social”, declaró a la agencia Andina.
      Indicó que Perú ha dado pasos importantes para reducir la brecha social y de infraestructura, pero ello de ninguna manera puede comprometer la estabilidad fiscal.
      “Hay que atender las necesidades sociales sin comprometer la responsabilidad fiscal y para eso se necesita tener un buen uso de los ingresos tributarios”, expresó.
      Explicó que la carga tributaria en Perú, que cerró el 2011 en 15.5 por ciento, es relativamente baja si se compara con otras economías de la región, como Chile (15 por ciento) y Brasil (32 por ciento), y otras economías emergentes que tienen ingresos per cápita similares.
      El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) busca obtener una presión tributaria de 15.7 por ciento este año, 16 por ciento en el 2013, 16.5 por ciento para el 2014 y 17 por ciento para el 2015.
      Todo ello para luego alcanzar un nivel de 18 por ciento en el 2016 a través de la ampliación de la base tributaria y una racionalización de los beneficios tributarios.
      Cubeddu expresó que el FMI también hace esta recomendación de aumentar la presión tributaria a muchos países de la región como Chile, Colombia, Uruguay y Brasil, donde también existen rezagos sociales y de infraestructura.
      “Las recomendaciones de política tributaria tratan de abarcar a este grupo de países que son exportadores de materias primas y al mismo tiempo tienen acceso a financiamiento barato por la actual coyuntura económica mundial”, afirmó.
      Recordó que Perú junto con Brasil, Chile, Colombia, México y Uruguay, pertenece al grupo de economías de la región más integradas a los mercados financieros internacionales y con marcos de política sólidos, pero que son vulnerables a las turbulencias mundiales.
      “Estos países tienen que utilizar bien sus recursos para reconstruir sus fortalezas e invertir bien para que en un futuro puedan enfrentar shocks pues es necesario reconocer que las condiciones favorables que ahora vive Perú no van a estar aquí para siempre”, puntualizó.
      Fuente: Andina
      Leer más...

      Sunat: 50% de empresas de espectáculos públicos evaden pago de IGV

      Desde el 1 de noviembre se aplica el sistema de detracciones a los conciertos de música, obras de teatro, entre otros eventos no calificados como culturales.

      La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó hoy que, de acuerdo a las acciones de control efectuadas a las empresas dedicadas a brindar espectáculos públicos en vivo gravados con el Impuesto General a las Ventas (IGV), se ha encontrado que un gran número de éstas evaden el pago de ese impuesto.
      Indicó que un 50% presenta un bajo IGV por pagar respecto a las ventas gravadas, lo que no guarda relación con el número de entradas emitidas y que son verificadas permanentemente por la Sunat.
      Por ello, desde el primero de noviembre la Administración Tributaria aplica el sistema de detracciones a los espectáculos públicos , como conciertos de música, obras de teatro, ballet, ópera, entre otros.
      Explicó que ello tiene el objetivo de reducir la evasión y los altos niveles de informalidad detectados en estas actividades.
      Precisó que los espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional no serán incluidos en la detracción cuando sean calificados como culturales, según la Ley del IGV e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
      El impuesto
      La tasa de detracción para estas actividades es de 7% sobre el importe de la operación, el cual considera el monto por la prestación del servicio (espectáculo).
      Incluye el monto que por la venta de un bien o la prestación de un servicio gravado con el IGV se pague conjuntamente con el espectáculo y que conste en la entrada o cualquier otro comprobante de pago emitido por el promotor.
      Además, se aplica la detracción a las operaciones por las cuales se emitan todo tipo de comprobante de pago y por cualquier valor, debido a que en los espectáculos públicos se entregan boletos o entradas por cantidades menores incluso a los 700 nuevos soles, monto mínimo de las detracciones aplicadas a los demás sectores.
      Ello considerando, además, que los usuarios de estos servicios son consumidores finales.
      La resolución respectiva establece como sujeto obligado a efectuar la detracción tanto a los promotores del servicio como a una tercera empresa (las que venden boletos y entradas) por encargo del promotor del servicio.
      Estas medidas se complementan con las mayores acciones de fiscalización a los contribuyentes que desarrollan este tipo de actividades, quienes en los últimos años han evidenciado un alto nivel de incumplimiento tributario.
      Fuente: Andina
      Leer más...

      03 noviembre 2012

      Sunat incorpora bienes agropecuarios y mineros a sistema de detracciones

      La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó hoy que, a partir del 1 de noviembre, ha incorporado al sistema de detracciones la comercialización de diversos bienes de los sectores minería y agropecuario.
      La Sunat aprobó la Resolución de Superintendencia N° 249-2012 publicada en el diario oficial, mediante la cual incorporó la comercialización de diversos bienes de estos sectores, debido a que se detectó un elevado incumplimiento de las obligaciones tributarias y altos niveles de evasión tributaria.
      En primer término se busca aplicar la detracción a los bienes exonerados del Impuesto General a las Ventas (IGV), principalmente del sector agropecuario, cuyo ingreso constituye Renta de Tercera Categoría para efecto del Impuesto a la Renta.
      La tasa propuesta es de 1.5 por ciento, lo que permitirá asegurar el pago de las obligaciones tributarias que estas operaciones generan, especialmente el Impuesto a la Renta, y evitará que se genere y acumule nuevos montos por pagar.
      Asimismo, se propone incorporar al sistema con una tasa de cinco por ciento la venta de oro y demás minerales metálicos exoneradas del IGV, así como los concentrados de minerales metálicos no auríferos, porque se ha verificado que un amplio sector presenta un alto nivel de evasión tributaria.
      De manera similar, se amplió la lista de minerales no metálicos cuya producción y comercialización estará sujeta al sistema de detracciones, siendo la tasa de detracción de seis por ciento.
      Entre los minerales no metálicos cuya comercialización estará sujeta a la detracción a partir de noviembre figuran la dolomita, arcillas, silicato, calcita, yeso, borato, sílice, coquina, arenisca, baritina, bentonita, talcos, diatomitas, caolín, andesita, sulfatos, carbón antracita, carbón bituminoso y puzolana.
      No se ha incluido la sal, hormigón y fosfatos dentro de esta lista.
      La Sunat afirma que los contribuyentes de las actividades de la minería no metálica evidencian un alto nivel de informalidad en la cadena de producción y comercialización, además de la competencia desleal proveniente del incumplimiento tributario.
      “Con la ampliación del sistema de detracciones a más productos se evitará que se genere deuda tributaria adicional en cobranza coactiva y se logre cobrar la deuda existente”, sostuvo la Sunat.
      Finalmente, manifestó que estas medidas se complementarán con las acciones de control que viene implementando.
      Fuente: Andina
      Leer más...