22 febrero 2012

Operaciones con Terceros : La declaración es relevante, conozca Cómo presentarla

Constituye una herramienta importante de fiscalización

Contribuyentes deben tener cuidado para evitar errores de data

La Declaración Anual de Operaciones con Terceros constituye una herramienta muy importante de fiscalización para la administración tributaria, dado el cruce de información que permite realizar, afirmó el tributarista Francisco Pantigoso Velloso da Silveira. Por consiguiente, sostuvo que es en extremo relevante que los contribuyentes tengan mucho cuidado al declarar, ya que errores de data de un comprador o vendedor pueden determinar que la contraparte determine declaraciones que sean luego cuestionadas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria.

"Esta forma de cruce de operaciones sujetas al impuesto general a las ventas tiene efectos directos en la determinación del impuesto a la renta y en la detección de incrementos patrimoniales no justificados, pues determinan un nivel de ingresos que puede no estar acorde con lo declarado para el impuesto a la renta 2011, lo cual podría originar que la empresa sea sometida a una eventual verificación o fiscalización", explicó.
Por ende, aseveró, resulta relevante, además, determinar los obligados a presentar la información.

Pautas
Mediante la Resolución de Superintendencia 027-2012/SUNAT se aprobó el cronograma de vencimiento para dicha declaración del ejercicio 2011, que comienza el lunes 27 de febrero de 2012.
Los sujetos obligados a presentarla son los principales contribuyentes al 31 de diciembre de 2011.
Pantigoso señaló que también deben hacerlo los obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del impuesto general a las ventas durante el ejercicio 2011, siempre que el monto de sus ventas internas y/o sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción haya sido superior a 273,750 nuevos soles.
Asimismo, dijo, deben presentarla las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que realicen solo operaciones inafectas del impuesto general a las ventas en el ejercicio, cuyo número de trabajadores a declarar en el PDT Planilla Electrónica, formulario Virtual Nº 601 del periodo tributario de noviembre de 2011, sea superior a diez.
"Si estos sujetos no tuvieran operación con tercero a declarar, en sustitución de la declaración deberán presentar el formato denominado constancia de no tener información a declarar", explicó.
Precisó que los sujetos que pertenecieron al Registro Único Simplificado durante el íntegro del ejercicio 2011 se encuentran exceptuados de presentar la declaración.

Procedimiento que seguir
Pantigoso sostuvo que quienes tengan hasta 500 operaciones con terceros por informar en el ejercicio 2011 deberán efectuar la Declaración de Operaciones con Terceros de 2011, declarar ejercicios anteriores a 2011 y/o realizar rectificatorias, usando el PDT Operaciones con Terceros Formulario Virtual 3500 –versión 3.3 a través de SUNAT Virtual. En caso fortuito o fuerza mayor podrán hacerlo en las dependencias de la entidad recaudadora
"En tanto que los contribuyentes con más de 500 operaciones con terceros por informar en el ejercicio 2011 deberán presentar el documento en las oficinas del ente recaudador", refirió.

Datos
Bajo el nuevo modelo procesal en la Declaración Anual de Operaciones con Terceros deben incluirse operaciones de terceros, como proveedor o cliente, siempre que la suma de los montos de las transacciones sea mayor a dos UIT.
Hay transacciones que no deben considerarse para el cálculo como: la exportación de bienes y servicios, el uso en el país de servicios prestados por no domiciliados, la importación de bienes, y los retiros de bienes.
Asimismo, aquellas por las que no hay el deber de consignar el número de RUC o del DNI del adquiriente o usuario, salvo que los comprobantes de pago contengan esa información.
Tampoco deben ser consideradas las transacciones hechas en los periodos durante los cuales el declarante hubiera pertenecido al Registro Único Simplificado.
FUENTE: Diario El Peruano.
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21 febrero 2012

Recomiendan difusión de Ley Procesal del Trabajo

La aprobación del calendario de implementación de la nueva Ley Procesal del Trabajo en Lima y Callao, por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, genera en opinión de laboralistas y estudios jurídicos la necesidad de difundir en estos lugares el contenido de esta norma, los cambios que introduce, así como las experiencias de las cortes superiores donde ya se aplica, con el fin de facilitar su implementación.
El Estudio Echecopar, a través de un informativo legal electrónico elaborado por su Área Laboral y Seguridad Social, recomienda tomar en cuenta que la aplicación del nuevo modelo procesal que esta norma instaura implica diversos cambios sustantivos como los siguientes:
 
a) Reducción significativa de la duración del proceso
A diferencia del juicio laboral al que las partes de un contrato de trabajo están acostumbradas y que puede demorar cuatro o más años, con el nuevo modelo el proceso no demorará más de seis meses si no hay conciliación, y un mes y medio aproximadamente, sí la hay. "En consecuencia, no habrá lugar a especular con la duración del proceso y las posibles ganancias financieras que pudiera originar la dilación del mismo", advierte el bufete.
b) Medidas cautelares antes y dentro del proceso.
El juez puede dictar cualquier tipo de medida cautelar antes del inicio del proceso y sin conocimiento del empleador afectado, y dentro del proceso.
c) Oralidad versus sistema escriturario
En el proceso laboral tradicional, prácticamente todo se actúa por escrito. Pero en el nuevo modelo, tan solo se presentan por escrito la demanda, subsanación, contestación, solicitud de medidas cautelares y recursos de apelación y casación, considerando que la interposición de este último recurso no suspende la ejecución de lo decidido en segunda instancia.
"Las demás actuaciones se realizan de manera oral en las audiencias, una o dos, dependiendo del tipo de proceso, que concluirán con conciliación o sentencia", resalta el estudio jurídico.
d) Conducción efectiva del proceso por el juez
En el nuevo modelo, el juez conduce de manera efectiva el proceso, lo cual –en opinión del Estudio Echecopar– es una diferencia significativa de lo que sucede en el tradicional juicio.
e) Carga de la prueba y presunciones
Además, dicho bufete añade que con base en el nuevo modelo procesal, acreditada la prestación del servicio, se presume que éste es de naturaleza laboral, salvo prueba en contrario. "La actividad probatoria está bajo responsabilidad de cada parte, por lo que si el empleador no está preparado para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones, perderá el juicio", subraya.
Las partes también adquieren la obligación de acudir informados, en especial el empleador y sus representantes.

Acción del trabajador
A juicio de los laboralistas de Miranda & Amado Abogados, la Ley Procesal del Trabajo refuerza la intervención de los sindicatos en los juicios laborales y establece reglas que facilitan la actividad probatoria a los trabajadores con amplias posibilidades para la obtención de medidas cautelares.
En un informativo electrónico recomiendan considerar que en el nuevo modelo procesal laboral las demandas de hasta 3 mil 650 nuevos soles no requieren la intervención de abogado, mientras que las demandas entre esa suma y los 25 mil 550 nuevos soles pueden exonerarse de abogado si el juez lo aprueba.
Advierten que se permitirán las notificaciones electrónicas y las audiencias grabadas en audio y video.
 
Consejos adicionales
Para el laboralista Ricardo Herrera Vásquez es importante difundir la performance de las once cortes superiores que aplican la nueva Ley Procesal del Trabajo, sobre todo de las que primero empezaron a usarla para evaluar sus experiencias, saber qué hacer y qué corregir.
Además, resalta la necesidad de adoptar medidas presupuestales para crear más juzgados, equiparlos y contratar personal adicional para los juzgados que deberían asumir el reto de la nueva norma procesal con carga cero.
"También debe capacitarse a magistrados y abogados litigantes; uno de los problemas que hubo en la Corte de La Libertad cuando entró en vigencia la nueva ley fue que los abogados no tenían domicilio procesal electrónico y no estaban preparados para el litigio oral", subraya.
A los empleadores recomienda tener en cuenta que con la nueva norma se resuelven más rápido los procesos judiciales y se pueden aplicar multas mayores a las que se imponen en Lima en la actualidad.
"Es importante que los empleadores evalúen sus posibilidades de éxito en los procesos judiciales, la estrategia de demorarlos sabiendo que perderán, en la nueva ley no tiene cabida", detalla.
A los trabajadores aconseja contratar abogados capaces de ejercer la defensa con base en la nueva norma y acopiar muy bien sus pruebas, debido a que no se presentarían pliegos interrogatorios escritos.
 
Reglas y reto
1 Con el nuevo modelo procesal, en las audiencias se podrá sancionar por alegar hechos falsos, generar dilaciones que generen la suspensión de la audiencia o desobedecer las órdenes del juez. "Se aplica la presunción legal derivada de las conductas de las partes", detalla el Estudio Echecopar.
 
2 Además, existe responsabilidad solidaria entre los representantes y sus abogados por las multas impuestas, con copia de las actuaciones a la corte superior, Ministerio Público y colegio de abogados para las sanciones respectivas.

3 Dicho bufete considera un reto para los empleadores prevenir los conflictos, para lo cual deben contar con auditorías que les permitan conocer el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y adoptar las medidas correctivas.

4 "También deben acopiar medios probatorios y brindar capacitación interna para el cumplimiento de las obligaciones laborales", subraya.
FUENTE: Diario El Peruano.
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Gobierno fomenta medidas para impulsar a las mypes

Se busca que alrededor de dos millones de negocios se formalicenImplementan premio a este sector para la inclusión productiva

El Gobierno promueve medidas orientadas a dar sostenibilidad a las micro y pequeñas empresas (mypes), para que alrededor de dos millones de negocios informales ingresen cuanto antes a la legalidad y así puedan acceder a créditos promocionales y a mercados organizados, anunció el presidente del Consejo de Ministros, Óscar Valdés.

Dijo que en el Perú estas unidades productivas son una fuerza generadora de empleo y de riqueza. La creatividad de los peruanos es reconocida en el mundo.
"Nuestro país pudo enfrentar las crisis económicas gracias al espíritu emprendedor de los micro y pequeños empresarios. El afán de superación de miles de peruanos permitió enfrentar situaciones difíciles del pasado en diferentes épocas de la historia."
 
Informalidad
Valdés aseguró que uno de los grandes problemas del país es la informalidad. Por eso, resaltó los esfuerzos del Ministerio de la Producción (Produce) para que la formalización sea atractiva y asequible para las mypes.
"Los peruanos debemos tener un país formal, porque los impuestos sirven al fortalecimiento del Estado y se orientan a la educación y salud. Todos los esfuerzos que hagamos en este sentido serán importantes."
Durante el lanzamiento del Premio Nacional a la Micro y Pequeña Empresa-Mype para la Inclusión Productiva, actividad que presentó el jefe del Gabinete junto con el ministro de la Producción, José Urquizo, destacó la capacidad creativa e innovadora de los peruanos para crear empleos mediante las mypes.
Valdés también resaltó el impulso a estas unidades productivas, mediante el lanzamiento del Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa (Codemype), cuya duodécima sesión extraordinaria se realizó minutos antes de la presentación del referido premio.

Mayor empleo
En opinión de Valdés, las pymes son fuerza generadora de empleo y de riqueza que merece todo el apoyo del Gobierno. "La inclusión social debe considerar un marco legal promotor y flexible para canalizar el espíritu emprendedor en el país."
Dijo que hay que darles una direccionalidad a las unidades productivas, que acompañen el desarrollo nacional con producción de calidad y orientada a las exportaciones.
El Gobierno está empeñado en la promoción de las mypes facilitando el acceso a servicios de desarrollo empresarial, capacitación y asistencia técnica.
Estas empresas deben ser competitivas, enlazadas a cadenas productivas y conglomerados, con acceso a trámites simplificados. La modernidad del siglo XXI debe alcanzar a las mypes como una estrategia de inclusión económica y social.
FUENTE: Diario El Peruano.
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OBJETIVO. Combatir la falsificación de documentos. Preparan un nuevo servicio registral

Anuncian presentación de norma para implementarlo
Analizarán asignación de personal y construirán oficinas de inscripción

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos prepara un nuevo servicio registral para combatir de manera directa la falsificación de documentos. Se trata de una medida cautelar administrativa, reveló el superintendente adjunto de esta entidad, Jorge Ortiz Pasco. "Esperamos presentar el jueves, en la sesión del directorio de esta superintendencia, la propuesta de norma para la implementación de esta medida a escala nacional", agregó.

De acuerdo con la iniciativa, cuando el registrador tome conocimiento de un documento como una escritura pública, verificará su autenticidad con el notario, juez, funcionario o repartición pública pertinente que lo haya expedido o autorizado.
En caso esa autoridad o funcionario niegue haberlo hecho, el registrador podrá anotar en la partida registral que corresponda una medida cautelar por supuesta falsificación.
"Esto ahora no es posible porque el ordenamiento legal, fundamentalmente el Código Civil en su artículo 2013, establece que las inscripciones se dejan sin efecto solo por orden judicial", advirtió Ortiz Pasco.
Ante este panorama normativo, indicó que con la propuesta que se maneja se busca invertir la carga probatoria y corroborar la autenticidad de los documentos preguntándole al funcionario pertinente, para lo cual se tendría 48 horas.
"En los Registros Públicos, las inscripciones nunca han sido de oficio, salvo cuando hay un error material", precisó.
Anunció también que se proyecta construir este año cuatro oficinas registrales en Puerto Maldonado, Cajamarca, Ayacucho y Casma.
Sostuvo que si el país sigue creciendo en sus ratios económicos, los Registros Públicos tienen que caminar de la mano con ellos.
 
Evaluarán necesidades
Ortiz Pasco anunció que los jefes de las trece zonas registrales del país sostendrán el 27 y 28 de este mes en Lima una reunión con las máximas autoridades de la superintendencia para analizar el cuadro de asignación de personal y conocer sus requerimientos, toda vez que existe un crecimiento de la demanda por servicios registrales.
Resaltó que es la primera vez que se realizará un encuentro de esta envergadura para escuchar principalmente a los jefes zonales.
Adelantó la posibilidad de llevar a cabo un gran concurso nacional con el propósito de captar profesionales debidamente capacitados para laborar en los Registros Publicos, considerando la falta de personal que se observa en algunas oficinas registrales.
FUENTE: Diario El Peruano.

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Las casas de playa y la Sunat: ¿el inicio del fin...?

Por Jorge Luis Picón Gonzáles
En medio de un verano con clima extraño, la Sunat ha dejado frías a muchas personas al haber iniciado la fiscalización de los alquileres de las casas de playa. El siguiente paso será cruzar dicha información con las declaraciones juradas de los dueños de las casas.  
Como parte del fenómeno inmobiliario que hemos venido viviendo durante los últimos años, los alquileres de las casas de playa del sur se han disparado. Sin embargo, el pago de impuestos por dicho concepto, no. Es decir, se han venido recibiendo rentas que están gravadas con un Impuesto a la Renta de tan solo el 5%, y a pesar de eso no se ha pagado el impuesto.
Ahora la Sunat, finalmente, ha empezado a requerir a las asociaciones de playa la información sobre qué casas han sido alquiladas. El siguiente paso será cruzar dicha información con las declaraciones juradas de los dueños de las casas.
Cabe indicar que aún es tiempo para los arrendadores, rectificar sus declaraciones de Impuesto a la Renta, correspondiendo la aplicación de una multa por la no presentación de la declaración o la declaración de datos falsos, según sea el caso. La multa puede ser rebajada hasta en un 90% si se presenta voluntariamente a la Sunat.
No obstante, es importante indicar que se entiende que esta es una nueva aproximación de la Sunat hacia las rentas no declaradas por parte de las personas naturales, las mismas que durante los últimos años se han controlado principalmente a través del ITF.
En un país donde la bancarización no pasa del 25% de las operaciones, hacen falta nuevas formas de cercar la evasión en todas sus formas, como el control de gastos no bancarizados como colegios, universidades, clubes, entre otros.
En efecto, de acuerdo a la normatividad del Impuesto a la Renta, como la Sunat no puede estar presente en todo momento en el cual la persona genera ingresos (lo que es casi imposible cuando en casos en los que un profesional ejerce su profesión a favor de personas que no requieren comprobante de pago), presume la generación de rentas gravadas a través del gasto o de movimientos patrimoniales.
En tal sentido, en el caso de las casas de playa, surgirán preguntas como: ¿de dónde sacó el propietario los fondos para la construcción o adquisición de su casa de playa (la cual muy comúnmente no es financiable por el banco y no se inscribe en registros públicos a nombre de la personas, sino de una asociación)? o ¿cómo con sus rentas declaradas puede cubrir el mantenimiento de la casa de playa, pagar sus créditos hipotecarios, sus tarjetas de créditos, colegios costosos y/o universidades, membrecías en clubes, pagar a sus empleados de la casa y comer?
En caso de que la suma de los gastos supere las rentas declaradas del período, se presumirá que la diferencia se ha originado en rentas no declaradas, no siendo aceptables justificaciones no bancarizadas.
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20 febrero 2012

Aprueban Cronograma de Presentación del DAOT correspondiente al Ejercicio 2011


Mediante Resolución de Superintendencia Nº 027-2012 - SUNAT, publicada el dia sabado 18 de febrero del 2012, se aprobó el cronograma para la presentación de la Declaracion de Operaciones con Terceros (DAOT) correspondiente al ejercicio 2011.
Los sujetos comprendidos en el inciso b) del numeral 3.1 del artículo 3º del Reglamento para la presentación de la Declaración Anual de Operaciones con Terceros, están obligados a presentar la DAOT correspondiente al ejercicio 2011 siempre que en dicho ejercicio cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:
a). El monto de sus ventas internas haya sido superior a las setenta y cinco (75) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). S/. 270,000.00
Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N° 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT IGV Renta Mensual – Formulario Virtual N° 621, en la casilla N° 100 del Formulario Virtual N° 621 Simplificado IGV – Renta Mensual, en la casilla N° 100 del Formulario N° 119- Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N° 100 y 105 del Formulario N° 118 – Régimen Especial de Renta.
b). El monto de sus adquisiciones de bienes, servicios o contratos de construcción, haya sido superior a las setenta y cinco (75) Unidades Impositivas Tributarias (UIT). S/. 270,000.00
Para tal efecto se sumarán los montos que deben ser consignados en las casillas N° 107, 110, 113 y 120 del PDT IGV – Renta Mensual – Formulario Virtual Nº 621, en la casilla N° 107 del Formulario Virtual Nº 621 Simplificado IGV –Renta Mensual, en la casilla Nº 107 del Formulario N° 119 – Régimen General y, de ser el caso, en las casillas N° 107 y 111 del Formulario N° 118 – Régimen Especial de Renta.
Para efectuar la referida declaración utilizarán el “PDT Operaciones con Terceros” – Formulario Virtual N° 3500 – versión 3.3.
La Unidad Impositiva Tributaria (UIT), a considerar será la vigente durante el ejercicio 2011. D.S. N° 252-2010-EF. (UIT 2011 S/. 3,600.00)

Omisos a la presentación
Los sujetos que a la fecha de vigencia de la presente Resolución, se encuentren omisos a la presentación de la declaración correspondiente a ejercicios anteriores al 2011, deberán regularizar dicha presentación utilizando el “PDT Operaciones con Terceros” – Formulario Virtual Nº 3500- versión 3.3., no siendo necesaria mayor información que la solicitada por dicho PDT; la que se efectuará según lo señalado en el artículo 10° del Reglamento.
Lo señalado en el párrafo anterior también será de aplicación a las declaraciones rectificatorias que correspondan a los ejercicios indicados.
CRONOGRAMA  DAOT 2011
Último dígito RUC
Vencimiento
5
27.02.2012
6
28.02.2012
7
29.02.2012
8
01.03.2012
9
02.03.2012
0
05.03.2012
1
06.03.2012
2
07.03.2012
3
08.03.2012
4
09.03.2012
Buenos Contribuyentes
12.03.2012

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18 febrero 2012

La devolución de impuestos en red

Los trabajadores y los empleadores que deseen la devolución de sus impuestos ya no necesitan acudir a las oficinas de la Sunat. La superintendencia ha establecido que este reembolso puede solicitarse vía Internet.
Todas las personas o empresas que tengan un exceso de pago después de deducir sus créditos o que hayan pagado algo que no debían por sus rentas de primera, segunda, cuarta y categoría mixta (cuarta y quinta) tienen el derecho a una devolución.
Para hacer la solicitud, deben ingresar a www.sunat.gob.pe y presentar la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (IR) utilizando el formulario virtual N° 669 o PDT 669.
Hay un enlace en la Declaración Anual. Seleccione la opción “devolución” y podrá ejecutar su “pedido”, precisa la Sunat.
CÁLCULOS
La Gerencia Legal de la Cámara de Comercio de Lima informa que, para saber si le corresponde el retorno de su dinero, debe sumar los recibos que emitió en 2011 y aquellos a los que se les retuvo el 10% mensual. Si el resultado es menor que S/.31,938, tiene derecho al reembolso del porcentaje que tributó.
CONSEJOS
1. COBRO
La Sunat le enviará un correo avisándole si procedió su reembolso. Acérquese al Banco de la Nación para cobrar su dinero.
2. ATENCIÓN
El proceso de devolución de impuestos en Internet se puede realizar de lunes a domingo, las 24 horas del día.
3. REQUISITO
El reembolso de su dinero por concepto de IR debe ser solicitado una vez que presentó su declaración anual.
4. PAGOS
El cronograma de pago del IR. lo verá en este mismo blog. pagina otros link.
Fuente Diario Peru21
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17 febrero 2012

El Perú y la experiencia coreana

Hernán Briceño Ávalos Economista. Docente universitario

Al inicio del gobierno del presidente Ollanta Humala Tasso entró en vigencia, en agosto del año pasado, el Tratado de Libre Comercio (TLC) con la hermana República de Corea del Sur, por lo que considero importante conocer precisamente alguna de las políticas públicas y el modelo de desarrollo económico que implementó este socio comercial en las últimas décadas.
El modelo coreano es conocido también como el Milagro del Hankug, en que ha primado la economía de mercado dirigida y la industrialización orientada hacia afuera, a diferencia de lo sucedido por muchas décadas en Latinoamérica que, con el modelo de sustitución de importaciones, se cerró la competencia con el sector externo.
Como se recordará, Corea del Sur es una de las economías emergentes del sudeste asiático (tigres asiáticos) que de haber sido tercermundista y/o subdesarrollada, e incluso con un menor ingreso per cápita que el nuestro, a inicios de la década de 1960, pasó a ser en pocas décadas una economía próspera e industrializada.
Al respecto, hay que resaltar un primer factor como es la importancia que esta sociedad puso en su educación, de calidad, obligatoria, moderna y occidentalizada; pues fue concebida como una forma de producir recursos humanos necesarios para alcanzar el desarrollo socioeconómico y tecnológico.
Se trata de un camino histórico que han sabido preservar en el tiempo, no obstante los episodios del dominio colonial japonés y de la guerra interna (entre norte y sur).
Asimismo, Corea del Sur promovió destacadamente el desarrollo de la cultura económica, poniéndola a disposición de los ciudadanos coreanos mediante los diversos medios de comunicación masivos, a diferencia de lo que existe en Perú, en donde persiste la cultura leguleya y el incremento de las trabas burocráticas.
Al mismo tiempo han promovido de manera destacada el desarrollo de la cultura del respeto por los derechos de propiedad intelectual, prueba de ellos son las miles de patentes que se registran al año en dicho país.
El desarrollo tecnológico e industrial es impulsado por el propio gobierno, en coordinación con el sector empresarial, que en la década de 1970 les permitió reorientar su economía, pasando de una estructura de exportación intensiva en mano de obra a una exportadora intensiva en tecnología.
En los últimos años, Corea del Sur es el sexto país exportador en el mundo.
Tomando en cuenta la experiencia coreana, en lo que respecta al Perú son destacables las recomendaciones del presidente Humala al sector empresarial, pues no podemos sostener las altas tasas de crecimiento económico con el actual modelo exportador primario (75% de nuestras exportaciones son minerales); hay que transformarlos o darles valor agregado.
Entre otros importantes factores y políticas económicas que han explicado el desarrollo de esta economía asiática están también el apoyo gubernamental a las pequeñas y medianas empresas, la reestructuración del sector agrícola, el incremento del gasto social en salud, vivienda, entre otros.
Se profundizó también la liberalización comercial y financiera, eliminándose diversas trabas a la importación y exportación de bienes y/o servicios, incluyéndose la reducción de aranceles y eliminación de trabas paraarancelarias; pero con una adecuada institucionalidad y políticas regulatorias. Todo esto como parte de planes de desarrollo de largo plazo.
FUENTE: Diario El Peruano.
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La fuerza del pensamiento y las ideas

LEY DE CAUSA Y EFECTO RIGE LA CONDUCTA HUMANA.
Óscar Rodríguez Vargas, Periodista

El desarrollo del ser humano está gobernado por leyes, no por el azar o por la suerte. La ley de causa y efecto es absoluta e inquebrantable, tanto en el mundo invisible e intangible de nuestros pensamientos como en el mundo de los objetos visibles y materiales.
Un carácter ético y noble nunca es producto de la suerte o la coincidencia, sino el resultado natural de un esfuerzo constante por albergar pensamientos correctos en nuestra mente.
La mente es como un jardín que puede ser inteligentemente cultivado o abandonarse y llenarse de hierbas y maleza.
Sin embargo, ya sea que esté descuidado o cultivado, siempre está destinado a producir algo. Si no se siembran semillas útiles, entonces caerán, nacerán y se reproducirán en abundancia semillas de maleza.
Somos los jardineros de nuestro espíritu, captamos cada vez con mayor precisión cómo nuestras ideas se encargan de moldear nuestro carácter, nuestras circunstancias y nuestro destino.
Las circunstancias nacen de los pensamientos, en la medida en que cambie su estado mental y su manera de pensar, cambian sus condiciones y su entorno.
Siempre atraemos aquello que ya se encuentra dentro de nosotros, tanto lo que amemos como lo que tememos. Las personas no atraen hacia ellas lo que quieren, sino aquello que son.
Nunca obtendremos lo que deseamos, o pedimos, sino aquello que merecemos. Los deseos y oraciones solo son gratificadas y atendidas cuando armonizan con las ideas y las acciones.
Por desgracia, muchos individuos están ansiosos de mejorar sus situaciones, pero no están dispuestos a mejorarse a sí mismos, por eso permanecen atados al pasado del cual quieren escapar.
Y puesto que todo atrae su igual, las ideas de temor, duda e indecisión se cristalizan en hábitos que paralizan e impiden actuar al ser humano; hábitos que conducen al fracaso, la escasez y la dependencia. Los pensamientos egoístas de todo tipo se transforman en costumbres que atraen angustia y frustración.
Napoleón Hill afirma que "nuestros pensamientos dominantes tienden a magnetizar nuestro cerebro y, por mecanismos que nadie conoce bien, actúan como 'imanes' que atraen hacia nosotros las fuerzas, las personas y las circunstancias de la vida que armonizan con la naturaleza de dichos pensamientos".
El pesimista vive en un mundo negativo y deprimente, mientras que el optimista ha elegido vivir en un mundo positivo y lleno de oportunidades. Lo más curioso de todo es que se trata del mismo mundo. Las diferencias que ellos observan son solo el resultado de sus pensamientos dominantes.
Aquello que siente que falta en su vida es, seguramente, en lo que siempre está pensando, y carecerá de ello mientras continúe concentrado en lo mismo. De igual manera, si se enfoca con frecuencia en sus fortalezas, éstas se harán cada vez más visibles.
Si nosotros nos hemos encargado de atraer y crear nuestras circunstancias externas con nuestros pensamientos, esto quiere decir que la creación física de las cosas está precedida por una creación mental, y que su futuro se está formando en este preciso instante en el interior de su mente.
FUENTE: Diario El Peruano
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Planificación financiera es la base de desarrollo

Especialista propone ahorrar e invertir para lograr metas

Se debe ampliar educación financiera en el plan a largo plazo

La bonanza económica por la que pasa el Perú no solamente se refleja en el aspecto macroeconómico, sino también en la formación de una clase media cada vez más sólida, con naturales pretensiones de mejorar su calidad de vida.

Sin embargo, esos mayores ingresos que percibe ahora la población deben ser reorientados con miras al futuro priorizando, entre otros aspectos, el ahorro, algo que ahora muchas familias ya son capaces de realizar.
Para la experta en planificación financiera Elaine King, la planificación de los gastos familiares tiene cuatro importantes pasos por seguir y así evitar que los esfuerzos sean en vano.
"Lo primero es contar con un fondo de contingencia. Estos recursos nos permitirán afrontar cualquier inconveniente que se puede presentar. Este fondo puede formarse en un lapso de tres a seis meses, dependiendo de los recursos que se destinen. Por lo general, el promedio destinado a este fondo es un 10 por ciento de los ingresos percibidos", comentó al Diario Oficial El Peruano.

Política
Agregó que países emergentes como el Perú requieren en la actualidad ampliar la educación financiera como un proyecto a largo plazo.
"La habilidad de desarrollar buenos hábitos financieros permite enfrentar las dificultades del día a día y generar una evolución en toda la sociedad", comentó.
Una vez que se cumplió con este primer objetivo, la siguiente fase es la formación de un fondo destinado a cubrir necesidades como educación, el pago de seguros, vivienda, jubilación y otros gastos que requieren cierta prioridad (ahorros).
El tercer gran paso de esta planificación es la inversión. Según King, para invertir existen interesantes alternativas que la familia debe tomar en cuenta, desde apostar por acciones de una determinada empresa en la Bolsa de Valores hasta la constitución de un negocio.
"La cuarta etapa es compartir, es decir, retribuirle a la sociedad o comunidad lo ganado. En este punto, lo conveniente sería ofrecer instrumentos o equipos que sirvan para progresar, mas no entregar dinero, porque podría ser utilizado con otras intenciones", puntualizó.

Créditos tentadores
Las tarjetas de crédito se han convertido en la mayor tentación para la población, considerando que las financieras se encargan de ofrecerlas, en algunos casos, de forma indiscriminada.
En ese sentido, King sostuvo que el uso de estos instrumentos se debe limitar solamente a casos de emergencia o para la adquisición de un producto o servicio que se valore en el tiempo. "Eso es lo que podemos llamar una deuda positiva. El lado contrario lo conforman las deudas que se asumen, por ejemplo, para la compra de artículos de primera necesidad (alimentos) o para el pago de otras tarjetas”.
FUENTE: Diario El Peruano.
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Amplían Ley Procesal de Trabajo

Calendario 2012 incluye jurisdicciones de Lima Sur, Lima Norte, Callao y Lima

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), aprobó el calendario de implementación de la Ley Procesal del Trabajo para el presente año.

La nueva herramienta procesal, que consagra los principios de inmediación, oralidad, concentración, celeridad, economía y veracidad, comenzará a aplicarse a partir del 2 de julio en el distrito judicial de Lima Sur.
Posteriormente, a partir del 3 de setiembre entrará en funcionamiento en el distrito judicial de Lima Norte; a partir del 1 de octubre en el Callao y desde el 5 de noviembre en Lima.
La Ley Procesal del Trabajo ya está vigente en las Cortes Superiores de Tacna, Cañete, La Libertad, Arequipa, Lambayeque, Cusco, Moquegua, Ica, Junín, Del Santa y Cajamarca.
El CEPJ facultó a los presidentes de las cortes superiores donde se aplicará la norma a adoptar las acciones y medidas necesarias para concretar la ejecución del calendario de implementación.
Dispuso asimismo que los titulares de los cuatro distritos judiciales designen a los integrantes de cada Comisión Distrital de Implementación de la norma. Las comisiones coordinarán con el Equipo Técnico Institucional.
FUENTE: Diario El Peruano
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16 febrero 2012

Hace falta reglamento de seguridad y salud laboral

La aprobación del reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (Ley Nº 29783), y de las normas complementarias sobre el procedimiento de devolución de los aportes al Fonavi, es una tarea que el Poder Ejecutivo debe asumir con prioridad en este primer semestre, reveló el laboralista Ricardo Herrera Vásquez.

Dicha ley establece nuevas obligaciones para los empleadores, sin embargo el experto en derecho laboral del Estudio Muñiz Ramírez Pérez-Taiman & Olaya Abogados, advierte que muchas no son cumplidas en la práctica.
A su juicio esto obedece, por un lado, a que algunos aspectos de la misma ley no se pueden aplicar por falta de reglamentación y, por otro, a la ausencia de una suficiente difusión de muchas de las obligaciones vigentes en la norma, como es la aplicación de exámenes médicos preocupacionales, ocupacionales y postocupacionales para los trabajadores.
En consecuencia, resaltó la labor que realiza el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) al ejecutar visitas inspectivas orientadoras y de difusión de esa normativa en los centros de trabajo para después en un tiempo prudencial, practicar, visitas inspectivas propiamente fiscalizadoras.

Pautas céleres
Para Parra Herrera también es prioritario que la Comisión Ad hoc para la devolución de los aportes al Fonavi proponga a su secretario técnico y se establezcan con celeridad las pautas para la devolución de lo recaudado, precisándose si se retornará todo lo que se aportó o sólo lo que queda de ese fondo.
En su opinión esto es fundamental pues mucha gente esta ilusionada con la devolución de esos aportes, y se requiere más claridad del proceso.
Ley general de trabajo
Herrera señaló que en el primer semestre del año el Poder Ejecutivo además debe abocarse en la elaboración de la Ley General de Trabajo a través de una labor interdisciplinaria y no sólo de abogados. "A su vez es importante que en este semestre se apruebe la ley de eliminación progresiva del régimen de la Contratación Administrativa de Servicios (CAS), el nuevo régimen de servicio civil, y la creación de la Superintendencia de Fiscalización Laboral", dijo.

Proceso
1 Para Herrera la ampliación de la vigencia de la Ley Procesal de Trabajo es otra tarea que el Ejecutivo debe asumir.

2 Si bien rige en once cortes, sostuvo que en algunas hay problemas para aplicarla por falta de presupuesto.
3 Advierte aún la falta de capacitación de algunos jueces y auxiliares de justicia.
FUENTE: Diario El Peruano.
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