22 agosto 2012

Luis Castilla defiende polémica reforma tributaria en el Congreso

Ministro de Economía dijo que es contradictorio que los que protestan por normas pertenezcan a un organismo que reconoce la elusión como un problema mundial.

El ministro de Economía, Luis Castilla, dijo que es curioso que los tributaristas que critican las reformas para evitar la elusión pertenezcan a un organismo internacional (Asociación Fiscal International Perú), cuya matriz (International Fiscal Association) precisamente reconoce a esta como un problema mundial.
Dicho grupo, indicó, constata y recomienda que el combate más eficaz se debe dar mediante el uso de cláusulas antielusivas generales, similares a la aprobada recientemente en Perú.
“(Los críticos) señalan que si existen componentes antielusivos estos deben combatirse con normas específicas. Pero sucede que hay un millón de formas elusivas y captarlas es virtualmente imposible. Hecha la ley, hecha la trampa. Entonces, todos los países tienen normas antielusivas generales, esta es una práctica común, no hemos inventado nada distinto de las prácticas internacionales”, dijo.
Ante la Comisión de Economía del Congreso, el ministro aclaró que “quienes hablan (en contra de la reforma tributaria) no son los que defienden a las pequeñas y medianas empresas, son los que defienden a las grandes empresas”.
Asimismo, precisó que la evasión es una “violación directa” de la norma tributaria mediante actos dolosos (facturas falsas, doble contabilidad, entre otros), mientras que la elusión se considera una “violación indirecta”, ya que es un acto o una serie de actos artificiosos, impropios, inadecuados o anómalos para reducir al pago de un tributo.
Además, negó que con la emisión de la Cláusula General Antielusiva se viole el principio de legalidad y reserva de la ley.
Castilla recordó que normas al respecto se han perfeccionado con el objetivo de dotar mayor neutralidad y equidad al sistema tributario, simplificar algunas obligaciones, combatir un mayor número de prácticas de elusión, evasión (que es alrededor de 35% en el IGV y cerca a 50% en el IR) y el contrabando, reducir las controversias entre la administración y los contribuyentes, así como racionalizar los beneficios tributarios.
Se espera que los niveles de recaudación se incrementen en 0.5% en promedio anual hasta el 2016, producto de las medidas doptadas en el marco de las facultades legislativas otorgadas por el Legislativo.
FUENTE: Diario Peru21
Leer más...

20 agosto 2012

Confiep: Reforma tributaria puede limitar la inversión privada

El gremio reclama que la mayoría de las disposiciones dictadas por el Ejecutivo incide básicamente en las empresas formales y que se ha hecho poco por ampliar la base tributaria.
Algunas disposiciones contenidas en los decretos legislativos aprobados por el Ejecutivo , mediante la delegación de facultades en materia tributaria y aduanera, no solo están causando preocupación de algunos expertos, sino también del gremio empresarial que ha remitido una carta al ministro de Economía, Luis Miguel Castilla, en la que expresa sus observaciones a varios aspectos.
La carta, a la que Gestión tuvo acceso, afirma que la mayoría de las disposiciones dictadas inciden básicamente en el sector formal de la economía, habiéndose hecho poco por ampliar la base tributaria. “Son las empresas que siempre tributan las que tendrán que soportar la mayor carga fiscal, al no haberse establecido mecanismos para la inclusión del sector informal”, señala la misiva.
Es más, la Confiep advierte que los principales cambios planteados podrían limitar la inversión de las empresas e incrementar sustancialmente los costos de transacción, así como impactar negativamente en la actividad empresarial.
Preocupaciones
Las principales observaciones que realiza el gremio empresarial se centran en la definición de la norma XVI del Código Tributario, que constituye un exceso de discrecionalidad para la Sunat ya que se la faculta para determinar el impuesto que considere como aplicable si no está de acuerdo con la estructura del negocio llevado a cabo por el contribuyente.
Al respecto, el gremio solicita que exista una definición de qué se considera un hecho como impropio o artificioso para ser calificado como elusivo, ya que cuando se realice una fiscalización, el contribuyente no tendrá certeza.
El gremio indica que esta norma afecta la reserva de ley y la seguridad jurídica, pues los hechos que son materia de impuestos y sus consecuencias fiscales (el pago de impuestos) solo deben establecerse por ley, y no por una interpretación de Sunat.
De otro lado, Confiep cuestiona la modificación al sistema de pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), que establece un abono mensual que resulte de la comparación del 1.5% de sus ingresos y la aplicación de un coeficiente calculado a partir de los ingresos netos e IR del ejercicio anterior, aplicado a los ingresos netos mensuales.
Confiep describe que el problema principal es que el porcentaje a aplicar para ello resultará excesivamente mayor que el coeficiente anterior, lo cual perjudicará a algunas empresas (grifos, autoservicios y otros ), porque el IR no se calcula solo en función de los ingresos, sino también del gasto de las empresas, por lo que los pagos adelantados se podrían considerar como confiscatorios e incluso al final se traducirían en innecesarias devoluciones efectuadas por Sunat.
También, Confiep considera contradictoria la modificación del régimen de exportaciones en cuanto al IGV, puesto que, según el gremio, el Ejecutivo se apartó de los avances de la Ley de Fomento a la Exportación de Servicios.
Asimismo, Confiep critica que la nueva regulación solo reconozca como exportación para fines del IGV al comercio transfronterizo. Con la reforma, se ha dejado sin efecto el derecho a aplicar como crédito fiscal el impuesto pagado por las adquisiciones destinadas a servicios prestados en el exterior, eliminando considerar los servicios prestados a través de un establecimiento en el exterior y otros supuestos.
Para recordar
Apoyo parcial. Cuando la Confiep publicó en mayo pasado un aviso en el que apoyaba la dación de facultades legislativas al Ejecutivo para la reforma tributaria, no hubo consenso de todos los gremios, inclusive en el aviso no aparecía, como es costumbre, el nombre de los gremios. Según fuentes empresariales la decisión había sido tomada por la directiva (Gestión 24.05.2012).
Otrosídigo
Costo de acciones y otros, por herencia
Injusto. La actual norma dispone que las personas que adquieran por herencia acciones y otros, su costo será cero o el que corresponda al testador, gravándose la ganancia de capital en su totalidad. Pero este pago no hubiera ocurrido si el testador lo hubiera hecho, ya que la ganancia en su caso sería la diferencia entre el valor del mercado y su costo.
FUENTE: Diario Gestion.
Leer más...

Humberto Speziani: “Es necesario aclarar qué es elusión”

El presidente de la Confiep expresó su malestar por la filtración de una carta digida al MEF, en la que el gremio aseguraba que la reforma tributaria limitaba la competitividad .
“Nuestra preocupación va por la definición de elusión, es necesario aclararlo para luego no tener problemas con multas. El aspecto tributario forma parte del planeamiento de inversíon”, afirmó Humberto Speziani, presidente de la Confiep, en relación a carta filtrada a la prensa, en la cual el gremio empresarial aseguraba que la reforma tributaria limitaba la competitividad .
El ministro Castilla –aseguró Speziani- respondió que debía consultar al Congreso sobre las observaciones presentadas por el gremio. “Espero que esta semana podamos renunirnos con el ministro. No me gustó que se filtrara la carta”, manifestó hoy en Canal N.
“Se debe incentivar la formalización, por ejemplo, plantear un régimen especial de transición de lo informal a lo formal”, recomendó el empresario.
Otra preocupación –agregó- se refiere a la fianza impuesta del 100% (de la deuda en litigio con la Sunat) para recurrir al Poder Judicial. “Puede ser excesiva para las pequeñas empresas”, afirmó.
Leer más...

14 agosto 2012

Arias Minaya: “La reforma tributaria no otorgó discrecionalidad abierta a la Sunat"

El exjefe de la autoridad tributaria explicó que para identificar un acto elusivo debe comprobarse que va en contra del sentido común y su único objetivo fue el ahorro fiscal encubriendo la realidad.
Luego que el Ejecutivo lanzara 18 decretos en el marco de sus facultades extraordinarias para legislar en materia tributaria y aduanera, diversos sectores lanzaron críticas señalando que no se atacaba la informalidad, o incluso que algunas disposiciones -como la norma general antielusiva – eran anticonstitucionales .
Sin embargo, Luis Arias Minaya, exjefe de la Sunat, considera que el MEF no excedió sus atribuciones -y respetó el encargo del Congreso- por tres razones: no crearon nuevos impuestos, no subieron tasas y no cambiaron las reglas de juego (estabilidad jurídica).
“A la Sunat no se le ha otorgado una discrecionalidad abierta como algunos han señalado porque para calificar un acto como elusivo debe cumplir tres condiciones. Primero, que vaya en contra del espíritu de la ley y del sentido común. En segundo lugar, en caso de fusión o reorganización de la empresa, debe probarse que el único objetivo no fue pagar menos impuestos, sino aumentar la productividad. Tercero, que las acciones no sean ‘artificiosas’, es decir, busquen disfrazar la realidad”, explicó en Canal N.
Si se cumplen estas tres condiciones –indicó el experto- la Sunat procede a denunciar o acotar por elusión tributaria a la organización, que tiene derecho al debido proceso y puede demostrar que sus actos no tuvieron como objetivo el ahorro fiscal.
Arias Minaya descartó además que se haya creado un impuesto a la herencia. “Algunas personas transferían su casa como adelanto de herencia antes de venderla. Entonces, había una ganancia de capital que no se gravaba. Con la nueva norma, el inmueble sigue valorándose en cero al momento del traspaso -porque es una donación- pero si se vende inmediatamente se procederá al cobro del impuesto. Cabe resaltar que el individuo siempre puede demostrar que no hubo intensión de eludir impuestos”, aclaró.
Para el exjefe de la Sunat, ampliar la base tributaria no significa solo aumentar el número de RUC, porque se emiten entre 25 mil y 30 mil al mes; e incidió en la necesidad de reducir la evasión, la elusión, algunos diferimientos de pagos de impuestos, y racionalizar las exoneraciones.
“Se ha dado un conjunto de normas cuyo principal objetivo es combatir la evasión y elusión tributaria. Hay medidas incluso para regular las exoneraciones y mejorar la neutralidad, eliminando algunas deducciones y tratamientos especiales que permitían a ciertas empresas (constructoras) diferir impuestos ”, señaló.
El especialista indicó que el umbral de ingresos de gran parte del sector informal no llega al mínimo imponible, y sostuvo que la evasión está presente en toda la economía, no solo en quienes no pertenecen a la base tributaria.
Además, saludó las normas para combatir la minería ilegal, el contrabando (aumento de penas y sanciones), pero recomendó principalmente combatir la elusión y la evasión, que calificó como “primos hermanos”.
“Las reformas tributarias se van dando sucesivamente en el tiempo. En un lapso corto no puede corregirse todo. Esta es una reforma incremental. La gran reforma fue en los noventa cuando se simplificó el sistema tributario y redujeron el número de impuestos. Ahora, se trata de ir haciendo paulatinamente cambios para ampliar la base tributaria”, agregó.
FUENTE: Diario Gestion.
Leer más...

09 agosto 2012

Reforma tributaria puede ser acusada de inconstitucional.

Silvia Cachay -tributarista del Estudio Payet, Rey, Cauvi- sostuvo que las normas de elusión ponen riesgo la seguridad jurídica del país y que el Ejecutivo se excedió con las facultades otorgadas por el Congreso.
Silvia Cachay -tributarista del Estudio Payet, Rey, Cauvi- argumentó que la reforma tributaria del Ejecutivo podría ser acusada de inconstitucional. Según la especialista, las normas sobre la elusión amenazan la seguridad jurídica del país.
Sostuvo que hubo un exceso de parte del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) sobre las facultades legislativas otorgadas por el Congreso en materia tributaria.
Las medidas van más allá de lo que se le permitió al Ejecutivo -enfantizó Cachay, en declaraciones al portal de RPP Noticias-, pues debieron darse en un marco donde el contribuyente sepa específicamente cuando se aplicará; sin embargo, se da la potestad a la Sunat para decidir cuándo es elusión y cuándo no.
“Si ahora en esta elusión general se le está dando tanta facultad (a la Sunat), va contra la seguridad jurídica y podríamos pelear que esa norma es inconstitucional”, dijo.
El problema específico está en la Norma VIII del Código Tributario, donde no se define qué es la elusión y se otorga discrecionalidad a la Sunat para que lo determine.
En opinión de Cachay, la reforma tributaria ajusta más a los mismos contribuyentes y no amplía la base tributaria, por ende no ataca el problema de la informalidad.
Y sostuvo que las medidas aprobadas enmiendan la plana al Congreso. ¿Por qué? La experta recordó que a inicios del 2011 el Legislativo aprobó la Ley de Promoción a la Exportación de Servicios, y ahora se han derogado muchos de los artículos y restituído impuestos que se habían eliminado.
Indirectamente es como un impuesto a la herencia, en vista de que los bienes recibidos, al ser un regalo, no tienen valor monetario y si se venden se le aplicará el impuesto al total del monto, anotó.
FUENTE: Diario Gestion.
Leer más...

Aumentan trabas en sector Construcción

Capeco sostiene que proyectos se encarecerán porque impuestos se pagarán ahora en un año.
En alerta. Dos normas incluidas en el paquete de reforma tributaria implementado recientemente por el Ejecutivo pondrían en aprietos al sector Construcción.
El Decreto Legislativo 1112 eliminó la posibilidad de que las empresas constructoras puedan diferir el pago del impuesto a la renta hasta por tres años, y ahora tendrán que hacerlo anualmente, informó la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco).
La medida afectará a las grandes construcciones que toman más de un año en concretarse. “Los proyectos se encarecerán financieramente pues antes tenían el beneficio de tributar a los 24 o 36 meses de iniciada la construcción”, señaló Jorge Picón, miembro del Comité Tributario de Capeco.
Esta norma entrará en vigencia el primero de enero del 2013.
VENTA EN PLANOS
Otro cambio –que impactará tanto en las grandes como en las pequeñas construcciones– es la imposición del pago adelantado del IGV por bienes futuros, lo cual afectará las ventas en planos que realizan las inmobiliarias.
“Antes podías pagar el IGV cuando se entregaba la vivienda, pero ahora se hará desde el momento de la preventa. Esto le restará liquidez a las inmobiliarias justo cuando más lo necesitan”, subrayó Picón, quien anotó que esta* última norma ya entró en vigencia desde agosto*.
Ante ello, el gremio constructor indicó que buscará reunirse con el Ministerio de Economía y Finanzas para realizar modificaciones a estas normas, o también podrían hacerlo a través de nuevas leyes en el Congreso.
TENGA EN CUENTA
- Capacitaciones. Otro cambio tributario permitirá a las empresas deducir (sin límites) del impuesto a la renta los gastos en capacitación a sus trabajadores.
- Incentivo. También se incluyó como gasto tributario la inversión en innovación.
FUENTE: Diario Peru21
Leer más...

06 agosto 2012

“Reforma tributaria es la más sofisticada pero es la menos inclusiva”

Miguel Mur, socio de Pricewaterhouse Coopers-Perú, asegura que mientras se quiera cumplir el objetivo de incrementar la presión fiscal sin revisar los datos “escondidos” de las estadísticas, los contribuyentes de siempre seguirán ‘pagando la factura’
El Gobierno acaba de dictar la última Reforma Tributaria . Su finalidad fue anunciada por el Ministro de Economía: llevar la presión fiscal de 15% a 18%. Si cumplirá o no su objetivo, sólo el tiempo lo dirá; por ahora “llueve sobre mojado”, y somos los contribuyentes de siempre los que pagaremos la factura.
Las estadísticas suelen esconder verdades, y en tributación no es diferente. El Gobierno dice que el 15% es insostenible, y por tanto debe aumentarse. No nos explica que el 15% sólo lo aporta el 40% del país, pues el resto vive sumergido; que el 80% de la recaudación reposa en 12 mil contribuyentes, y que el 20% es solventado por millones; que el 15% no evidencia la verdadera contribución de ciertas industrias, como la minería que llega al 64%; que la presión se calcula sin considerar las otras contribuciones que también hacemos, en prediales, alcabalas, arbitrios, licencias, peajes, contribuciones sociales e incluso en la nueva contribución minera; y por último, qué tan grave es para el presupuesto la evasión, como las quinientos y pico exoneraciones que el Gobierno no deroga, a pesar que nadie conoce sus fines.
Esta reforma es la más sofisticada de los últimos 20 años, pero paradójicamente la menos inclusiva, a pesar del endurecimiento de las penas que revelan una estrategia fundada en el miedo y el castigo. Somos un país con altísima informalidad , y por tanto es imposible castigar a todos los evasores, lo que nos coloca en la ingrata realidad, que sólo se sanciona a una minoría para promover el cambio de la mayoría.
El endurecimiento fiscal es una vieja estrategia en los ambientes de alta cultura tributaria, donde los evasores son pocos, las penas altas y la efectividad absoluta.
Nuestra realidad es diferente, y por ello requerimos soluciones distintas. Ahí van algunas ideas:
1. Fuerte inversión en la Administración Tributaria para que en pocos años se convierta en la primera institución pública del país, con niveles de efectividad y eficiencia mejores que los privados: Conociendo los evasores que sólo el tiempo los separa de la Administración, abandonarán progresivamente sus inconductas.
2. Clara diferenciación entre ser formal y evasor: el evasor debe saber que el ahorro de la informalidad es inferior al costo que asumirá de ser detectado, es decir, debe ser más barato ser formal que evasor.
3. Buen régimen de incentivos para invitar a la formalización y marcar diferencia entre permanecer informal y ser detectado. Entendamos, sólo ampliando la base de los contribuyentes evitaremos sentir, cada vez que se hace una reforma, que vuelve a llover sobre mojado.
FUENTE: Diario Gestion.
Leer más...

02 agosto 2012

Jorge Picón: "Las medidas dictadas por el Ejecutivo no subirán la recaudación”

El abogado tributarista aseguró que los decretos lanzados el fin de semana no tendrán un mayor impacto si no vienen acompañados de acciones de la Sunat, que debe “atacar la informalidad, no ir contra el sector formal”.
Para el abogado tributarista Jorge Picón, el panorama de la recaudación tributaria no es prometedor. “Los decretos publicados el fin de semana no van a tener impacto al menos que vengan acompañados de una acción directa de la Sunat contra la informalidad”, aseguró el socio de Picón & Asociados.
En relación a la norma que endurece las penalidades contra el contrabando, el experto señaló que deberá comprometer el trabajo del ente recaudador. Caso contrario, no generará mayores ingresos al fisco.
“Sunat necesita salir a atacar la informalidad, no ir contra el sector formal. Se ha generado una base de competencia desleal y ganan quienes no pagan impuestos.Y son negocios sumamente grandes que se sienten cómodos en su situación actual”, manifestó en Canal N.
Impuesto a la Renta
En cuanto al decreto referido al Impuesto a la Renta (IR), explicó que establece ajustes técnicos relacionados a la obligación de presentar comprobantes de pago. En otras palabras, agregó, son precisiones que ya se entendían.
“El problema es la informalidad, por eso el ministro Castilla se equivoca al decir que la elusión es el principal problema en nuestro país. En el mejor de los casos, dos de cada cinco personas que generan riqueza declaran el IR y solo uno paga”, indicó.
En lo que va del año –afirmó el experto- la recaudación incrementó por los mayores ingresos de las empresas, además que se han creado mecanismos como las detracciones y las retenciones, mediante los cuales la Sunat ha designado a las grandes corporaciones como pequeñas administraciones tributarias. “Así cualquiera recauda pero no se ataca la informalidad real”, agregó.
Construcción
Según Picón, solo una norma publicada por el Ejecutivo puede generar un impacto en la liquidez del fisco, referido al diferimiento de los resultados de las empresas de construcción . Sin embargo, dicha modificación no asegura una recaudación estable.
“Las grandes obras de construcción duran más de doce meses, y las empresas podían postergar el pago de impuestos hasta tres años, considerando que son proyectos riesgosos. Esa norma ha sido derogada y ahora deberán pagar todos los años en diciembre”, aseguró
Al respecto, el tributarista consideró que es una norma impertinente en este momento, puesto que no afecta a la pequeña construcción de viviendas u oficinas, sino a los grandes proyectos de carreteras e infraestructura.
FUENTE: Diario Gestion.
Leer más...

31 julio 2012

Retención de aportes a AFP sería sancionada con multas superiores a S/. 1 millón

El ministro de Trabajo precisó que esta acción sería aplicada para los empleadores de los sectores público y privado si su portafolio asume la fiscalización en materia previsional.
El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, José Villena, informó que su sector impondría multas de hasta un millón 95,000 nuevos soles a los empleadores que retengan los aportes de sus trabajadores a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).
Refirió que dichas sanciones serían aplicadas a los empleadores de los sectores público y privado si el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) asume la fiscalización en materia previsional, en el marco de la reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP).
“Si se llega a aprobar la inclusión de esa función, esa infracción, considerada como grave, será sancionada con multas que podrían llegar hasta las 300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT)”, señaló al Canal del Congreso de la República.
Indicó que la retención de los aportes a las AFP es reconocida como delito de apropiación ilícita de recursos e implica sanciones de orden legal para las AFP y hasta penal para los empleadores.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) es la encargada de fiscalizar el cumplimiento del rol de los involucrados en el sistema previsional, aunque esa entidad no lo ha hecho en su momento, según Villena.
Sobre la deuda del Estado con las AFP, el ministro apuntó que las AFP tendrán que conciliar cada monto con la entidad correspondiente. “La única manera para determinar la deuda debió ser es un proceso judicial. Las AFP no han hecho ningún proceso contra las entidades del Estado. Hay un tema de conciliación de deuda de cada entidad, de cada pliego, y asumir responsabilidades”, finalizó.
FUENTE: Diario Gestion.
Leer más...

20 julio 2012

"¿La comisión por saldo es constitucional? La respuesta es un rotundo sí".

Luis Castilla salió en defensa de la reforma de las AFP. Todos los cobros que se hagan –afirmó– “son para garantizar el pago de la pensión”. El titular del MEF tiene confianza en que el TC rechazará la denuncia presentada hoy por el fujimorismo en contra de la norma.
El ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, puso paños fríos a la denuncia de inconstitucionalidad presentada por la bancada fujimorista y a los congresistas que se sumaron a estas críticas. “¿La comisión por saldo es constitucional? La respuesa es sí: un rontundo sí”, sentenció.
“Ya anteriormente el Tribunal Constitucional (TC) ha ratificado en sentencias que no solamente es intangible el fondo (de pensiones), sino la administración del mismo, y todo lo que asegure y garantice el pago de la pensión, y eso no cambia con el cobro por saldo, porque al final cualquier cobro que se haga es para garantizar el pago de la pensión, que está consagrada en la Constitución”, explicó.
Detalló que en el 2007, cuando se discutió la Ley de libre desafiliación, el TC dejó en claro la intangibilidad de los fondos y los servicios que garanticen el pago de la pensión y, en ese sentido, el Gobierno ha respetado la Constitución.
“Nosotros, evidentemente, respetamos y garantizamos eso. No tendría ningún sentido enviar y después someter a la aprobación del Congreso un proyecto de ley que sepamos que tenga debilidades constitucionales. No hay ninguna lógica, en absoluto”, recalcó.
FUENTE: Diario Gestion.
Leer más...

Castilla: Reforma de AFP garantiza mayores pensiones

El ministro de Economía y Finanzas mostró unas cifras, a manera de ejemplo, que desmienten las críticas de que la comisión por saldo reduciría el fondo y las pensiones.
El ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, argumentó que la reforma de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) logrará menores comisiones para los afiliados y, a la vez, mayores pensiones al momento de su jubilación.
Mediante un ejemplo, el ministro respondió a las críticas de que la comisión por saldo reduciría el fondo ahorrado y, por ende, el jubilado recibiría una menor pensión.
Puso el caso de un trabajador que gana 1,000 soles y aporta durante 40 años, asumiendo que con la reforma la rentabilidad promedio de los fondos de pensiones sería de 8%. ¿Qué diferencia habría en términos de comisiones y pensiones?
Con el modelo actual, mediante el cobro de comisión por flujo (descuento del sueldo), dicho empleado pagaría una comisión total 33,479 soles sumando todos sus años de aportación y recibiría una pensión de 1,275 soles mensuales, explicó Castilla.
En cambio, con la migración a la comisión por saldo (descuento del fondo), el trabajador pagaría a las AFP una comisión total de 25,252 soles y recibiría una pensión de 1,372 soles, resaltó.
Es decir, la reforma traería menores comisiones y mayores pensiones. “Esto no favorece a las AFP, sin duda favorece a los afiliados”, aclaró Castilla.
Sin embargo, aclaró: “Nosotros confiamos en los mecanismos de mercado. No es que por decreto va a bajar tanto (las comisiones). Esta reducción de comisiones se basan en supuestos”.
FUENTE: Diario Gestion.
Leer más...

19 julio 2012

El Ejecutivo promulga Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones

De acuerdo a la norma, el trabajador que se incorpora al SPP es afiliado a la AFP que ofrezca la menor comisión por la administración de los fondos.
El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 29903 de la Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP), que busca -según el Gobierno- contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la seguridad social en el área de pensiones de todos los trabajadores en el país.
La referida ley, publicada en la separata de normas legales del Diario El Peruano, busca otorgar protección ante los riesgos de vejez, invalidez y fallecimiento, y compromete la participación de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), las aseguradoras y entidades afines.
El texto señala que el SPP provee obligatoriamente a sus afiliados las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio. Según la norma, el trabajador que se incorpora al SPP es afiliado a la AFP que ofrezca la menor comisión por la administración de los fondos.
El dispositivo indica también que se aplicará la tasa de aporte obligatorio a quienes reciban ingresos mensuales mayores a 1.5 remuneraciones mínimas vitales, y se establece la obligación del empleador de retener los aportes.
El dispositivo legal lleva la firma del jefe del Estado, Ollanta Humala; así como del titular del Consejo de Ministros, Óscar Valdés. La norma fue aprobada días atrás por el Congreso de la República.
Descargue aquí el Boletín de Normas Legales de El Peruano, en el que aparece la nueva ley.
FUENTE: Diario Gestion.
Leer más...