27 mayo 2014

10 Pasos Para Lograr El Éxito

El éxito…
Aquella palabra que invoca en nuestras mentes una gran sensación de lejanía y ajenidad, por el mismo contexto en que se la ve implicada.
El éxito, no es más que la consecución de los objetivos y metas propuestas por una persona en determinado instante, sean éstos ambiciosos o no, incluso se puede hablar de éxito en los pequeños detalles de la vida.
Pero… ¿Cómo hacer para lograr siempre lo que uno se propone? ¿Existen secretos para el éxito?…
A continuación te propongo 10 pasos o reglas sencillas para lograr el éxito en cualquier actividad:

1. Define Tus Propósitos

Decide exactamente cuales son tus ideales para con tu vida, traza una estrategia que te permita acercarte cada vez más a lo que quieres lograr.

2. Delimita Tus Objetivos

Intenta definir con claridad qué es lo que quieres conseguir, ya sea cosas materiales, o logros personales. No digas cosas como “quiero ser muy exitoso” di más bien “quiero tener libertad financiera, no tener que trabajar por el dinero, pasar mucho tiempo con mi familia”

3. Establece Cantidades Y Fechas

No es lo mismo decir: “quiero ganar mucho dinero” a decir: quiero ganar $2000 dolares mensuales. Determina con exactitud el alcance de tus objetivos en cuantía y tiempo de consecución. Si defines una fecha, te programarás inconscientemente para lograrlo en el tiempo establecido, o antes :)

4. Divide Y Vencerás

Divide tus objetivos y metas en partes más pequeñas, de manera que sea más simple ir por cada uno de esos propósitos, que encarar el reto de uno muy grande, así pues, aplicando la regla “divide y vencerás” conseguiras simplificar el proceso a través del tiempo. Ni siquiera te darás cuenta, cuando ya estarás disfrutando de tus logros!

5. Visualiza El Éxito

Un paso importante para el éxito, es la visualización. Obsérvate a ti mismo en el estado final de tanto esfuerzo. Haz de cuenta que todo aquello por lo que luchas, ya lo has conseguido e intenta personificarte en aquel tú exitoso”. No importa que sueñes despierto, hazlo! visualiza tu éxito ahora mismo!

6. Llénate De Optimismo

El optimismo puede facilitar tu labor, en el sentido en que estarás menos predispuesto para el fracaso si sólo piensas en que lo lograrás. Será mas difícil para ti equivocarte y ésto no lo notarás, tendrás un piloto automático que te conducirá en tu vuelo hacia el éxito.

7. Nunca Te Rindas

Insistir, persistir, resistir y no desistir son puntos vitales de todo emprendimiento, cuando veas que la situación se torna más difícil, es cuando más tienden a florecer los jardines del éxito, no desistas en tu lucha por llegar al lugar propuesto, y sobre todo, nunca culpes a nadie por tus fracasos, encárgate de tu vida! que se note que tienes el control!

8. Compite Contra Ti Mismo

Supérate, lucha contra ti mismo para mejorar en todo momento, no te detengas cuando logres tus cometidos, continúa con la labor de hacerte grande.

9. Siénte Cerca Tus Metas Y Objetivos

Intenta no definirlas hacia el futuro, ya que el futuro no existe. Traza tus metas como un camino en un mapa. Y aunque parezca lejano y difuso, confía en tu camino (como lo hacen los conductores cuando van de una ciudad a otra, solo necesitan ver el camino unos metros adelante, para llegar a su destino).

10. Continúa Siendo Exitoso

No te detengas en tu lucha, comparte con las personas que amas y multiplica tu éxito, enséñale a quien más puedas los pasos para lograr el éxito y consigue que todos te vean como una persona ejemplar, por tus palabras y obras para con el mundo.
Leer más...

Soñar En Grande

Soñar en grande no es tan difícil, sólo que algunos creen que no sirve, por aquél mito de que los soñadores nunca triunfan.
Es cierto que algunos soñadores fracasan… ¿Cuáles? los que nunca actúan ni llevan a cabo sus sueños.
Pero todo el resto de ellos, aquellos que sí actúan y aquellos que sí se enfrentan a la vida con la determinación de triunfar, tienen todas las posibilidades a su favor para alcanzar el éxito.
Esto debe dejarte claro, que antes de soñar en grande, debes estar totalmente comprometido con actuar de conformidad a tus grandiosos sueños.
Si no actúas, si no persistes, y si no tienes en claro lo que quieres lograr en cada uno de los pasos camino a tus metas, soñar en grande se convertirá en un vago ejercicio de imaginación idealista.
En ocasiones las personas me dicen que mi entrenamiento Conquista El Éxito suena un poco idealista, utópico… pero lo que ellos no saben, es que es un entrenamiento diseñado para quienes sueñan en grande, porque brinda las pautas para efectivamente alcanzar dichos sueños, de forma concreta y con ejercicios prácticos.
Es imposible ser exitoso sin soñar en grande… todo lo que ha creado el hombre hasta ahora, en su gran mayoría ha sido grandioso, y todo lo que existe hoy, fue un gran sueño ayer.
Las mentes exitosas soñaron en grande y crearon lo que ves a tu alrededor: automóviles, aviones, celulares inteligentes, computadores… etc. ¿Qué has hecho tú por el mundo?
¿Qué tan grandes son tus aspiraciones?
Un buen dicho dice, que si apuntas a las estrellas, alcanzarás cuando menos, la luna.
Si sueñas en grande, las posibilidades que tienes de alcanzar grandes cosas en la vida, son sumamente altas. Pero si no lo haces, vivirás siempre atado a tus decisiones mediocres, y a las imposiciones de la sociedad y de tu entorno en general.
Si verdaderamente quieres triunfar, no te conformes con un poco. No te conformes con tener suficiente para pagar tus deudas, busca ser rico. No te conformes con ser rico, busca contribuir con el mundo positivamente.
No te conformes con alcanzar el éxito en un proyecto, crea otros luego y llévate hacia la autorrealización personal paso a paso.
Eres del tamaño de tus pensamientos y tus sueños, demuéstrate que puedes ser mejor y empieza a organizar en tu cabeza aquellas cosas que te han llevado al fracaso.
Soñar en grande es más que un cliché, es un estilo de vida exitoso probado.
Leer más...

Sunafil verifica el pago de la CTS

EMPIEZAN OPERATIVOS.

Como parte del plan para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) inició un operativo de fiscalización sobre el pago de la compensación por tiempo de servicios (CTS), en aproximadamente mil empresas de la capital.
Dicha acción estuvo dirigida por el subintendente de Lima Metropolitana, César Andrade, quien junto con 50 inspectores se trasladó hasta San Isidro, donde verificó en casi 200 comercios el pago de la CTS mediante el abono bancario y la entrega de la hoja de liquidación firmada por el trabajador.
Mil inspecciones
El objeto de esta campaña es verificar el cumplimiento de dicha obligación entre 700 y mil empresas de diversos distritos de Lima durante 15 días. Para ello, se espera contar con el apoyo de cerca de 100 inspectores laborales.
Las multas por incumplir el pago oportuno de este beneficio, de acuerdo al número de trabajadores afectados, en el caso de las mypes van desde 950 hasta 3,800 nuevos soles, mientras que en las pequeñas empresas fluctúan de 3,800 a 38,000 nuevos soles.

En las demás empresas, estas multas podrían ir desde 11,400 a 190,000 nuevos soles, informó la Sunafil.
FUENTE: Diario El PEruano.
Leer más...

Empresas vinculadas informarán ante la Sunat

Las empresas domiciliadas en el país y que hayan realizado operaciones superiores a los 200,000 nuevos soles entre sus partes vinculadas, hacia o a través de países de baja o nula imposición, deberán presentar una Declaración Jurada anual informativa de precios de transferencia 2013.

Dicha información será entregada de acuerdo al cronograma aprobado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).
Según la entidad recaudadora, aquellos contribuyentes cuyo monto de operaciones con partes vinculadas superen el millón de nuevos soles y que, a la vez, registren ingresos mayores a los seis millones de nuevos soles deberán presentar, además de la declaración, un estudio técnico de precios de transferencias, según cronograma.
Mientras que los usuarios que enajenen bienes a sus partes vinculadas, cuyo valor de mercado sea menor a su costo computable, deberán cumplir ambas obligaciones (declaración y estudio técnico).
En 2013 se presentaron 6,556 declaraciones de precios de transferencia de 2012, por transacciones que superen los 252,000 millones de nuevos soles, informó el ente recaudador.
El cronograma de vencimiento se realizará entre el 9 y 23 de junio próximo. El incumplimiento podrá ser sancionado con severas multas por la Sunat.
FUENTE: Diario El Peruano.
Leer más...

TRIBUNAL FISCAL: Dictan lineamientos al cruce de información con terceros

No procede la simple comparación de datos y documentación sin desarrollar un análisis.


El Tribunal Fiscal fijó los lineamientos que la administración tributaria deberá tener presente al momento de ejercer su facultad para el cruce de información, a fin de determinar con certeza el tipo de operaciones realizadas por el obligado deudor.
A criterio del máximo colegiado, el acceso a esta data consiste en la evaluación cruzada que debe efectuar la administración respecto de la información y documentación obtenida de terceros y del contribuyente.

Pautas
Para tal efecto, deberá cumplir con requerir debidamente al tercero y al contribuyente, tanto en la forma como en cuanto a la documentación, la data más idónea vinculada al cumplimiento o determinación de la obligación tributaria que la motiva, precisa el tribunal en su Resolución N° 13985-9-2013.
También añade en su fallo que cuando tal cruce sirva de base para la formulación de reparos, este deberá arrojar elementos que permitan sustentar las acotaciones.
Descarta que constituya cruce de información la simple comparación de la información y documentación obtenida del tercero con aquella adquirida del contribuyente, sin efectuar ningún análisis ni conclusión, pues se exige una evaluación cruzada de tal información y documentación.
De acuerdo con el tribunal, no representará cruce de información el mero relato de los resultados logrados en los requerimientos efectuados al tercero y al contribuyente, ni tampoco el solo requerimiento al tercero y evaluación de la información y documentación proporcionada por este.
Importancia
En opinión del tributarista Percy Bardales, gerente sénior de Ernst & Young Perú, el cruce de información le permite al ente recaudador garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y disminuir los esquemas de evasión de las mismas.
Sin embargo, refiere que dicha atribución se debe realizar cuando no sea posible obtener los datos directamente del deudor tributario, por lo que en ese caso conviene cruzar la información con el tercero con el cual el deudor tributario tuvo relaciones comerciales a fin de validar la información.
Protección al contribuyente
A juicio del tributarista Percy Bardales, la resolución del Tribunal Fiscal muestra una tendencia hacia el fortalecimiento de la protección de los derechos del contribuyente, al permitirse que con motivo de un procedimiento de fiscalización, el deudor tributario pueda conocer en forma detallada y motivada los datos y el análisis obtenido a partir del cruce de información con terceras personas.
“Ello constituye una manifestación del derecho constitucional de defensa de los contribuyentes, el cual tiene plena vigencia y aplicación en los procedimientos administrativos”, subraya.
FUENTE: Diario El Peruano.
Leer más...

25 mayo 2014

Sunat reconocerá cumplimiento de obligados

Un cambio en la relación con los contribuyentes para lograr el equilibrio entre las acciones de facilitación y el control fiscal, a través del análisis de gestión de riesgo, alista para este año la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

La jefa de esta entidad, Tania Quispe, adelantó que se fortalecerán los procesos internos de la institución en materia de organización, tecnología y las capacidades de los colaboradores.
“A partir del accionar del usuario, lo clasificaremos en el grupo que corresponda y se le dará un trato diferenciado. Al que cumple sus obligaciones tributarias se le incrementarán las medidas de facilitación, de tal manera que el cumplimiento sea menos costoso, mientras que al evasor se le aplicará toda la fuerza de la ley. Se focalizarán esfuerzos según los perfiles de riesgo y se logrará una mayor eficiencia en el control.”
Otro aspecto que también se trabaja es en un nuevo modelo de asistencia personalizada al ciudadano, incorporando el concepto de “sectoristas” para cada contribuyente. “Este nuevo modelo se cimentará en el mediano plazo y estamos convencidos de que los resultados a obtener serán favorables. Mejoramos el cumplimiento y al mismo tiempo la satisfacción del contribuyente.”

En materia de control tributario y aduanero, este año se ha previsto ejecutar 70,000 acciones de fiscalización, entre auditorías y verificaciones. Igualmente, 350,000 acciones inductivas (esquelas de citación y cartas inductivas).
Fuente: Diario El Peruano.
Leer más...

20 mayo 2014

Facilitan control en importaciones

RECONOCIMIENTO FÍSICO.

Para facilitar los trámites de los operadores de comercio exterior, la Sunat decidió reducir los costos y tiempos en el proceso de despacho de mercancías. De tal forma, que ahora se realizará de oficio el reconocimiento físico de la mercancía de importación ante la ausencia del agente de aduanas.
Así, mediante la RS Nº 415-2013-SUNAT se modificó el procedimiento general de importación, con el propósito de que los bienes que arriban al país por el puerto del Callao y resulten seleccionados a revisión física, sean atendidos con mayor rapidez y, de ese modo, disminuir los costos a los usuarios de estos servicios.
Por tanto, si bien el despacho de mercancías sometidas a revisión física debe contar con la presencia de un agente de aduana, con los cambios incorporados al procedimiento, vigentes desde el pasado 15 de enero, en aquellos casos que el agente de aduana no acuda al reconocimiento físico de los bienes de importación programada por la Sunat, esta podrá realizarse de oficio, con la participación de un representante del almacén aduanero.
De acuerdo con la Sunat, estos cambios permiten que cerca del 95% de los casos de reconocimiento físico en Callao sea atendido en el mismo día en que es programado.
resultados

Con estos cambios, la administración tributaria y aduanera puede realizar un control más efectivo de las declaraciones seleccionadas a reconocimiento físico.
Fuente: Diario El Peruano.
Leer más...

19 mayo 2014

Secretos de las empresas altamente productivas

EJEMPLOS EN EL MUNDO COMERCIAL:El combustible que necesita un equipo de este tipo es la confianza.
Siempre hubo un singular interés por saber cómo hacen algunas empresas para ser tan productivas. El consultor Jaime España da a conocer algunos de esos secretos que pueden ser aplicados a nuestros emprendimientos.

Saber seleccionar el equipo humano. La armonía, el equilibrio y el balance que reine entre quienes integran un equipo de trabajo asegura que se sobreviva y perdure ante las más duras condiciones.
Por esa razón, al elegir a quienes se unirán a nuestro equipo de trabajo es fundamental observar detalladamente aspectos como la inteligencia relacional, valentía para superar la frustración, capacidad para aceptar la diferencia, inteligencia moral, pasión por la productividad, gusto por el cambio y habilidad para producir resultados en un sano ambiente laboral.
• Trabajar en equipo. El combustible que necesita un equipo altamente productivo es la confianza, su alimento el respeto, su medicina la tolerancia y su energizante el entendimiento de unidad.
Cuando estos ingredientes están presentes se convierten en reglas que gustosamente se adoptan, suman satisfacción, facilitan la socialización, conllevan a que se respete a los demás y se potencie la energía de cohesión, cooperación, compromiso, balance en las contribuciones, además de aliviar presiones excesivas o innecesarias.
• Saber servir y saber trascender. Para que en una empresa las personas sueñen en grande, laboren con amor y se conviertan en seres humanos felizmente productivos es imprescindible que conecten su espíritu con el deseo de servir. Esto es activar la vocación de servicio y actuar con sensibilidad ante compañeros, líderes o clientes y trabajar con generosidad por el bien común.
• Saber innovar y saber mejorar. El ritmo del cambio exige que perfeccionemos nuestra capacidad para mejorar. ¿Pero cuál es el motivante para renovar integralmente la productividad?

No se trata únicamente de abordar un problema específico, sino de realizar una transformación global avanzando paso a paso con la participación de todos, y esto se logra cuando se anima a las personas a proponer alternativas que contribuyan a la creación, implementación y mejora de los procesos, eliminándose, así, errores y pérdidas de tiempo que se puedan registrar en su organización.
Fuente: Diario El Peruano.
Leer más...

06 mayo 2014

Gerencia especial de Sunat fiscalizará evasión de personas

El objetivo de esta gerencia es “pensar, investigar y dar estrategias” contra la evasión tributaria de personas naturales, según Tania Quispe, jefa de la Sunat.

Se ha creado una gerencia de personas naturales, la cual se va a encargar de investigar todas las modalidades de evasión tributaria de este grupo de contribuyentes, así como de elaborar las estrategias de acción que enviará al grupo operativo de la Sunat.
“Su meta es solo pensar, investigar, dar estrategias, contra la evasión de personas naturales, y crear riesgo tributario a este grupo”, precisó Tania Quispe, jefa de la Sunat.
Entre los temas a investigar por esta gerencia estarán, por ejemplo, los signos exteriores de riqueza.
Pero esta gerencia también se encargará de proponer las medidas para facilitar el cumplimiento tributario del referido grupo (PN), agregó.
Muchas empresas unipersonales y personas en el país, contratan contadores para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. El problema es que si los contadores resultan malos profesionales que no cumplen con dichas obligaciones, se crea un “vía crucis” para el contribuyente.
Por eso, la idea es quitar ese puente y que la Sunat les de la información pertinente al contribuyente, a la persona natural, para que cumpla sus obligaciones
Libros
Por otra parte, la jefa de la Sunat informó que este año todos los medianos contribuyentes (Mepecos) tienen la obligación, son 40 mil (15 mil del año pasado y 20 mil con este año con los medianos), de presentar libro y comprobantes de pago electrónicos.
En lo que se refiere a facturas electrónicas, en octubre entrarán 300 empresas obligatoriamente, actualmente están como plan inscritos más de 60, pero algunos se inscribieron y no lo usan, hoy es potestativo.
Notarios
Tania Quispe informó que en la actualidad la fuente principal de información sobre las transacciones de inmuebles son las notarías del país, lo cual es limitado y por ello se están haciendo acuerdos con ellos para que dicha información sea en tiempo real. Aunque lo ideal es completar el castro de estos bienes a nivel nacional.
EN CORTO
Rapidez. En el formulario virtual de la declaración jurada del IR, se han incorporado todos los impuestos, lo cual ha facilitado mucho el cumplimiento tributario en esta campaña, dijo Quispe.
FUENTE: DIARIO GESTION
Leer más...

LOS BENEFICIOS DEL FIDEICOMISO.

Las personas naturales pueden acceder a créditos más baratos gracias a los fideicomisos, ya que estos mecanismos actúan como garantía exclusiva y reducen el riesgo de los bienes o derechos en prenda. En el 2013, el mercado de fideicomisos en el Perú creció 18%.


El fideicomiso tiene tres partes: un fideicomitente, que es el propietario o titular de lo que se transfiere al patrimonio autónomo, que pueden ser bienes muebles, inmuebles o hasta intangibles, como marcas y acciones o derechos; luego está el fiduciario que lo administra, que bajo la ley peruana tiene que ser autorizado por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS); y el fideicomisario, quien es el que recibe los beneficios del contrato o convenio en virtud.
Mecanismos de este tipo para personas naturales ya existen. Así, podríamos tener fideicomisos de garantía, que es cuando una persona otorga un crédito a otra y genera un fideicomiso con el que se va a cubrir la contingencia del crédito. De este modo, reemplaza al crédito hipotecario o crédito con prenda; es decir, el deudor transfiere en fideicomiso su fábrica, local comercial o casa, por ejemplo. Y si esta persona honra el crédito, entonces el bien vuelve a su esfera patrimonial; es decir, el fiduciario se lo devuelve.
Pero, si el deudor no honra el préstamo, la persona que dio el crédito solicita al fiduciario que ejecute el bien, para que, con el producto de la ejecución, se le pague la deuda. Este mecanismo existe actualmente y es utilizado para las personas que dan créditos y se garantizan con fideicomisos.
Otro camino para personas naturales es el fideicomiso por el cual varias personas son titulares de un bien, y por lo tanto, si lo dejan en titularidad de todos, el bien correría el riesgo de todos. En otras palabras, podría ser embargado en algún momento.
Por ejemplo, dos personas compran un terreno, donde quieren desarrollar un negocio inmobiliario, pero no se puede hacer hoy porque se tiene que conseguir los papeles y luego conseguir el financiamiento. Entonces, si al terreno lo dejan como co-propiedad, este bien corre el riesgo de ambas personas, pues cabe la posibilidad de que un trabajador, acreedor o la misma Sunat decida embargar la alícuota en ese terreno.
Si lo embarga, no se podrá desarrollar el proyecto, y por culpa de uno se perjudican los dos. En cambio, si los dos aportan el terreno a un fideicomiso, el terreno estará blindado, no será embargable ni será sujeto a proceso concursal.
Entonces, el principal beneficio de un fideicomiso es que representa un aislador de riesgos. Por lo tanto, al usarlo como una herramienta accesoria a los créditos y ser una garantía exclusiva que no está sujeta a los riesgos del deudor, podemos acceder a créditos más baratos, ya que las tasas de interés en los préstamos están sujetas al riesgo.
Lo que debe ocurrir con un fideicomiso es acceder a una menor tasa o al crédito si antes había sido rechazado por el riesgo
FUENTE: CONEXION ESAN
Leer más...

05 mayo 2014

Empresas salen de compras para reducir sus deudas de impuestos

A través de la adquisición de una firma extranjera buscan trasladar su domicilio fiscal a países donde las tasas son más bajas.
La oferta de US$107,000 millones de Pfizer por AstraZeneca, la más alta de la historia por una empresa británica, daría origen al mayor gigante de la industria farmacéutica por ventas a nivel mundial. Pero no son las sinergias, las líneas de productos complementarias, ni el calce en la segmentación geográfica, lo que está motivando el interés de Pfizer, sino los impuestos.
Si la operación se concreta, al adquirir una empresa británica, Pfizer pasaría a establecer su residencia tributaria en Reino Unido, reduciendo la tasa de impuestos que paga desde 35% en EE.UU. a 21% en su nuevo domicilio fiscal. De hecho, tras presentar su oferta de compra, lo primero que hizo la firma fue enviar una carta al primer ministro David Cameron comprometiéndose a cancelar sus impuestos en la isla.
Pero Pfizer no es la única que está siguiendo el camino de la “inversión tributaria”, como se denomina a la estrategia de usar una adquisición para cambiar el domicilio del pago de impuestos. El mismo objetivo estaría detrás de la oferta de US$46,000 millones lanzada a fines de abril por Valeant sobre su rival Allergan. Fue Bill Ackman, accionista minoritario de Allergan, el que convenció a la canadiense de hacer una propuesta, atraído por la tasa de impuesto de un dígito que pagaría la nueva firma fusionada.
Los enormes beneficios para las empresas por este tipo de arreglos complican los esfuerzos de los reguladores en todo el mundo por aumentar su recaudación. Hace un par de semanas, un grupo de accionistas de la cadena de farmacias Walgreen, que incluía a Goldman Sachs, propuso a la administración aprovechar la compra de su rival suiza Alliance Boots por US$16,000 millones para cambiar su domicilio fiscal a la pequeña nación alpina, lo que elevaría sus utilidades en 75%, según sus estimaciones.

Ofensiva global
Este tipo de maniobras refleja los grandes desafíos que afrontan las autoridades internacionales para hacer cumplir sus regulaciones tributarias. Las compras de empresas basadas en países donde los impuestos más bajos han aumentado luego de que a fines del año pasado, los gobiernos de EE.UU. y Europa lanzaran una ofensiva en contra de las empresas que establecían filiales en países como Irlanda, Holanda, Luxemburgo y Bélgica para pagar menos impuestos.
Una investigación reveló que en los últimos cuatro años, Apple ha dejado de pagar miles de millones de dólares en impuestos en EEUU tras abrir una oficina en Irlanda. Aunque la unidad no declara residencia en ese país porque no es manejada ni controlada desde Irlanda, ni en ningún otro país, este simple hecho significa que deja de ser residente tributario de EE.UU.
Bajo la presión de Bruselas, Irlanda prometió en octubre una reforma para cerrar este vacío legal. “Voy a impulsar cambios para asegurar que las empresas registradas en Irlanda no puedan carecer de un estado en términos de su lugar de residencia”, aseguró el ministro de Finanzas, Michael Noonan.
En noviembre, una comisión del parlamento británico atacó a compañías como Starbucks, Amazon y Google por los bajos impuestos que pagan en la isla. Cómo se explica, preguntó un parlamentario entre las burlas de la audiencia, que una compañía cómo Amazon, que en 2012 registró ventas por 9,100 millones de euros en Europa, declare una ganancia de apenas 20 millones de euros.
Los mismos parlamentarios se preguntaron con ironía por qué Starbucks no abandona Reino Unido, donde ha registrado pérdidas contables en la mayoría de sus 15 años de operaciones y no ha pagado impuestos en los últimos tres.
Unos pocos meses antes, en Alemania, un legislador del Partido Verde denunció que Starbucks no ha registrado ganancias tributables en ese país en los últimos tres años.
La cadena de cafeterías más grande del mundo se rindió a las presiones y a mediados de abril anunció que trasladará su sede europea desde Amsterdam a Londres, incrementando el monto que pagará en impuestos.
Se estima que las empresas estadounidenses mantienen US$1.95 billón (millón de millones) en efectivo en el extranjero, un alza de 11.8% respecto del año pasado, según datos recopilados por Bloomberg.
FUENTE: DIARIO GESTION
Leer más...

10 marzo 2014

¿Cómo evitar las multas laborales?

Antes, la máxima multa laboral era 20 UIT (S/. 76,000), ahora lo máximo será 200 UIT (S/. 760,000). Antes, en una inspección si te encontraban 30 errores, la máxima multa era 30 UIT (S/. 114,000); ahora, la suma de todas las multas por inspección puede llegar a 300 UIT; es decir, pasar de S/. 1 millón cien mil. 
Es cierto que, por otro lado, las multas podrán reducirse en un sistema muy parecido al tributario, que permite llegar a un 95% de ahorro. 
Lo ideal para el empresario es nunca incumplir las normas laborales, portarse bien y vivir tranquilo. Pero si llega el Ministerio de Trabajo y detecta una infracción, hay que corregirlo dentro del mismo proceso de investigación (30 días) para evitar la multa, salvo que sean omisiones insubsanables, como un accidente, por ejemplo; normalmente las faltas insubsanables se reducen a casos de seguridad y salud en el trabajo o casos de contratación de menores, que son afectaciones más graves.
Sin embargo, la gran mayoría de incumplimientos económicos, como no pagar CTS, horas extras, no poner en planillas, son subsanables; entonces, ni bien llega el inspector y encuentra una falta, en vez de pelearse con  el ministerio y esperar a que llegue el acta de infracción, lo más acertado es regularizar la falta y evitar la multa. Si es así, lo máximo que hará el ministerio es "jalarle las orejas" a la empresa, a través de una advertencia.
Tradicionalmente, los típicos incumplimientos de las empresas son cuatro: no poner al trabajador en planilla (planilla negra), no cumplir los pagos económicos (CTS, gratificación, retrasos, etc.), no pagar horas extras o sobretiempo y, por último, todo lo que es seguridad y salud (falta de equipos de seguridad, falta de capacitación, no contar con reglamentos internos, etc.)

Hay dos partes positivas sobre la creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). La primera es la centralización del sistema de inspecciones en un solo ente rector, porque hoy hay 25 criterios. Lo segundo relevante es la creación del Tribunal de Fiscalización Laboral, que es el equivalente al Tribunal Fiscal en el lado tributario. Entonces, si no estoy de acuerdo con la Sunafil, luego de agotar el proceso de reclamo en esta entidad, puedo ir en revisión al Tribunal de Fiscalización Laboral, que debería ser un ente más autónomo e independiente. Eso es muy positivo.
Si el empresario tampoco no está de acuerdo con la decisión del Tribunal, puede iniciar un juicio contencioso-administrativo en el Poder Judicial contra la sanción impuesta por la Sunafil. En un juicio de impugnación de resolución administrativa, la Corte Suprema o la Corte Superior, según corresponderá, establecerá el criterio definitivo. Todo esto, en promedio, puede durar dos o tres años.
El lado negativo. Parece que al Estado no le interesa mucho regular a las microempresas. Una cosa es no multarlos excesivamente porque no están en capacidad de pago y otra cosa es decir que no son relevantes, cuando de cada cuatro trabajadores en el país, tres están en la microempresa. Digo esto porque las microempresas están fuera del ámbito de la Sunafil, pues serán fiscalizadas por las regiones.

Las microempresas no solo tienen menos derechos laborales (solo 15 días de vacaciones, sin CTS ni gratificación), sino que el sistema de protección de dichos derechos no será especializado. Es preocupante el alejamiento del sistema inspectivo en el sector de las microempresas.
Fuente: Conexion ESAN
Leer más...

04 marzo 2014

CON NUEVO REGLAMENTO DE MULTAS LABORALES: MTPE protegerá a grupos vulnerables.

El nuevo reglamento de multas laborales contempla topes máximos de sanciones para aquellos casos calificados de muy graves e insubsanables por la afectación a derechos fundamentales, como aquellos donde se encuentre evidencia de trabajo infantil o de trabajo forzoso.

En estos casos no procederán los descuentos y las multas podrán ascender a 50 UIT para la mype, 100 UIT para la pyme y 200 UIT para las que no sean mype, remarcó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), al subrayar que este reglamento prevé descuentos de entre 50% y 90% en las multas que se le impongan a las empresas, siempre que opten por la subsanación oportuna del incumplimiento de las normas sociolaborales.

Dicho portafolio anotó además que la nueva tabla de sanciones e infracciones ha sido elaborada sobre la base de factores de razonabilidad y proporcionalidad, eliminando márgenes de discrecionalidad al establecer el monto preciso de la multa, en función al tamaño de la empresa, número de trabajadores afectados por la falta y gravedad de la infracción.

De tal modo que las empresas infractoras podrán conocer el monto exacto de la sanción en forma previa a la emisión de una resolución de multa, acotó el MTPE.
FUENTE: Diario el Peruano.
Leer más...

Rige menor tasa de retenciones del IGV

Se espera que en adelante los contribuyentes cuenten con mayor liquidez para realizar sus actividades comerciales, debido a la puesta en vigencia de la reducción de la tasa de retenciones del Impuesto General a las Ventas (IGV) de 6% a 3%, dispuesto por la RS Nº 033-2014-SUNAT.


Dicho régimen se aplica a los proveedores de los agentes de retención, previamente designados por la Sunat, quienes retienen la tasa del IGV cuando realizan operaciones con ellos. El objeto es promover la formalización en la cadena de comercialización de ciertos sectores de la economía nacional.

En los últimos años se incrementó el número de solicitudes de devolución del saldo de retenciones no aplicadas del IGV, procedimiento fijado cuando se implementó el régimen. Solo en 2012 dicho monto aumentó en 37% y correspondió a trámites realizados por más de 3,000 contribuyentes.

La reducción de la tasa de retenciones busca disminuir el número de solicitudes de devolución que debe atender la Sunat, a fin de priorizar nuevas campañas de formalización que se implementen este año.
FUENTE: DIARIO EL PERUANO
Leer más...

03 marzo 2014

Sunafil iniciará funciones 1 de abril

SECTOR TRABAJO AUTORIZA TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS.

El martes 1 de abril la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) iniciará sus respectivas funciones como Autoridad Central del Sistema de Inspección del Trabajo en el país y el ejercicio de sus competencias inspectivas y sancionadoras en el ámbito de Lima Metropolitana.
Así lo estableció  el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) mediante la Resolución Ministerial N° 037-2014 TR, por la que se aprobó la transferencia de competencias de este portafolio a la citada superintendencia, en aplicación de lo establecido en su ley de creación; la cual se llevará a cabo el lunes 31 de marzo del presente año.

Acciones


La citada transferencia de funciones del mencionado portafolio a la citada superintendencia es una de las primeras medidas adoptadas por la ministra Ana Jara Velásquez, tras asumir recientemente la conducción del sector Trabajo . En la parte considerativa de la referida resolución ministerial se precisa que en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 se estableció que la implementación progresiva de la citada superintendencia  se prorrogaba hasta el 31 de diciembre del presente año.

Fuente: Diario El Peruano.
Leer más...

NORMAS LABORALES: Reglamento de multas permite descuentos

El nuevo reglamento de multas para las empresas que incumplan las normas sociolaborales, que entró en vigencia el 1 de marzo, establece descuentos entre 50% y 90% en las multas que se le impongan a los empleadores, siempre que opten por la subsanación del incumplimiento de esas normas, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).


El monto de dicho descuento dependerá del momento en que la empresa adopte las medidas necesarias para cumplir las normas indicadas. 


Si la empresa infractora corrige la falta dentro del proceso de investigación que realiza el inspector laboral, podrá acogerse al 90% de la multa impuesta. Después de emitida la resolución de multa sin mediar subsanación de la infracción, el empleador podrá acogerse al 70% de descuento en primera instancia, mientras que en segunda instancia el descuento será del 50%. Las multas más bajas corresponden a infracciones leves que afectan a pocos trabajadores y las más altas se aplican a infracciones graves que afectan a gran número de trabajadores. 
FUENTE: Diario El Peruano.
Leer más...

02 marzo 2014

Criterios para declarar a las deudas de cobranza onerosa

ESTABLECE SUNAT MEDIANTE RESOLUCIÓN.

Medida alivia la carga de la administración tributaria y brinda seguridad, sostiene experto.

Serán declaradas como de recuperación onerosa las deudas tributarias contenidas en órdenes de pago emitidas por la Sunat que al 31 de diciembre del año anterior a aquel en el cual se emitieron las resoluciones que las catalogan como adeudos fiscales, hubiera transcurrido más de cuatro años de producido el acto de notificación de esos valores y se cumplan determinadas condiciones en función del tiempo transcurrido.

Así lo estableció el ente recaudador por Res. N° 047-2014/SUNAT, con la cual se fijan los criterios para declarar a las deudas fiscales como de recuperación onerosa.
Para las órdenes de pago, cuyo acto de notificación a la referida fecha tenga más de cuatro y hasta ocho años de realizado, se requerirá que el saldo de la deuda fiscal pendiente de pago por cada liquidación de cobranza no sea mayor a 1.45 UIT y que toda la deuda pendiente de pago por deudor fiscal contenida en esos valores no supere 5 UIT.

Para los valores cuyo acto de notificación a la citada fecha tenga más de ocho años de realizado, se necesitará que el saldo de la deuda pendiente de pago por cada valor no sea mayor a 2.10 UIT, y que la totalidad de lo adeudado al fisco pendiente de pago por deudor fiscal contenido en valores no exceda las 10 UIT.

La Sunat podrá declarar como deuda de recuperación onerosa los adeudos fiscales aduaneras por los que no se hubieran notificado valores o aquellos contenidos en valores notificados respecto a los cuales no hubiera transcurrido el plazo de cuatro años.

Excepciones

Sin embargo, las deudas por contribuciones a Essalud y a la ONP y las comprendidas en un procedimiento concursal contenidas en órdenes de pago no serán declaradas como de recuperación onerosa.

Tampoco serán declaradas en tal condición las deudas fiscales consagradas en valores, que estén comprendidas parcial o totalmente en procesos penales en trámite por delito tributario o aduanero, o cuyo proceso penal por estos ilícitos hubiera concluido con sentencia condenatoria o con fallo que ampare la terminación anticipada del proceso.

De igual manera, no se considerarán como de recuperación onerosa las deudas tributarias contenidas en órdenes de pago que correspondan a las cuotas del nuevo RUS o del RUS, ni las acogidas a un aplazamiento y/o fraccionamiento tributario vigente.

Valor de la UIT

El valor de la UIT que se tomará como referencia para efecto de la aplicación de la norma que consagra los nuevos criterios de la administración fiscal será el vigente a la fecha de emisión de la resolución que declara la deuda tributaria como de recuperación onerosa.
Fuente: Diario El Peruano
Leer más...

30 enero 2014

Sunat inicia DAOT 2013. AFIANZARÁ FISCALIZACIONES.

Aquellos contribuyentes que el año pasado estuvieron obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV y registraron ventas internas o adquirieron bienes por un monto superior a 277,500 nuevos soles (75 UIT) deberán presentar la Declaración Anual de Operaciones con Terceros (DAOT) correspondiente al ejercicio 2013.

Así lo dispone la RS N° 017-2014, la cual comprende también en esta obligación a los que durante el año pasado estuvieron en la categoría de principales contribuyentes, así como a las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que hayan realizado solo operaciones no afectas del IGV y que declararon más de diez trabajadores hasta noviembre del 2013.

Se entiende como “Operación con Tercero” a la suma de los montos de las transacciones realizadas con cada proveedor o cliente, siempre que sea mayor a las dos UIT.


Fuente: Diario El Peruano.
Leer más...

DESDE EL 1 DE NOVIEMBRE 2013, TENER EN CUENTA LAS NUEVAS TASAS DE DETRACCIÓN.

Según la Resolución de Superintendencia Nº 265-2013/SUNAT, en la cual se han realizado modificaciones a algunas tasas aplicables a las operaciones sujetas a la detracción. En algunos casos se incrementan y en otras se rebajan.

En el caso de la modificación realizada a la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT se han realizado los siguientes cambios:
ANEXO 1 - BIENES

-       Azúcar - ---------- Se rebaja la tasa de 10% a 9%
-       Alcohol etílico --- Se rebaja la tasa de 10% a 9%
-       Algodón ----------- Se rebaja la tasa de 12% a 9%

ANEXO 2 - BIENES

-       Maíz Amarillo Duro ------------ Se incrementa la tasa de 7% a 9%
-       Algodón en rama sin desmotar --- Se rebaja la tasa de 15% a 9%
-       Caña de azúcar---------- Se rebaja la tasa de 10% a 9%
-       Bienes gravados con el IGV por renuncia a la exoneración---- Se rebaja la tasa de 10% a 9%
-       Páprika y otros frutos de los géneros capsicum o pimienta---- Se rebaja la tasa de 12% a 9%
-       Espárragos------ Se rebaja la tasa de 12% a 9%
-       Arena y Piedra---- Se incrementa la tasa de 10% a 12%
-       Minerales no metálicos------ Se incrementa la tasa de 6% a 12%
-       Oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV ------ Se rebaja la tasa de 5% a 4%

ANEXO 3 - SERVICIOS

-       Mantenimiento y reparación de bienes muebles ------------ Se incrementa la tasa de 9% a 12%
-       Demás servicios gravados con el IGV --------- Se incrementa la tasa de 9% a 12%
-       Contratos de Construcción ------------ Se rebaja la tasa de 5% a 4%

En el caso de la modificación realizada a la Resolución de Superintendencia Nº 250-2012/SUNAT se ha realizado el siguiente cambio:

-       Servicios de espectáculos públicos gravados con el IGV -------- Se rebaja la tasa de 7% a 4%

Se debe precisar que en aplicación de lo dispuesto por el primer párrafo de la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución de Superintendencia Nº 265-2013/SUNAT, dicha norma entrará en vigencia el primer día calendario del mes subsiguiente al de su publicación y será aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se genere a partir de dicha fecha. Lo antes indicado determina que si la norma se publicó el 1 de setiembre de 2013, el mes subsiguiente sería el 1 de noviembre de 2013.
El segundo párrafo de la Única Disposición Complementaria Final en mención precisa que respecto de las operaciones exoneradas del IGV, será aplicable a aquellas cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se habría originado a partir de dicha fecha si no estuviesen exoneradas de dicho impuesto.
Recuerde que estos cambios entraron en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2013.
Leer más...

Libros y Registros Contables Electrónicos 2014 - Preguntas frecuentes

Obligaciones de los Contribuyentes que hayan obtenido ingresos mayores a 500 UIT.
Los Contribuyentes que hayan obtenido ingresos mayores a 500 UIT, entre los meses de Julio de 2012 a junio de 2013, desde el periodo enero 2014, se denominan “obligados” y tienen la obligación de:
  1. Llevar de manera electrónica el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, a partir del 1 de enero del 2014.
Para determinar las 500 UIT se utilizará como referencia la UIT vigente a julio 2012 (S/. 3,650), con lo cual el monto resultante es de S/ 1´825,000. Para tal efecto se deberán considerar los montos declarados en las casillas 100, 105, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del PDT 621 – Simplificado IGV – Renta Mensual.
Obligaciones de los Contribuyentes que afilian al SLE - PLE a partir del 01 de Enero 2014.

La afiliación al Sistema de Libros Electrónicos a partir del 1 de enero del 2014 determina la obligación por parte del Generador de:

    1. Llevar de manera electrónica el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, a partir del mes de la afiliación.

Obligaciones adicionales de los Contribuyentes afiliados o incorporados al SLE-PLE.
Los Contribuyentes incorporados o afiliados al SLE-PLE adicionalmente al llevado de los libros y/o registros que les corresponda, deberán:
    1. Presentar mensualmente ante la SUNAT la información en detalle de los comprobantes de pago y documentos autorizados que se anotaron en el Registro de Ventas e Ingresos y en el Registro de Compras, lo cual se cumple automáticamente al generar el Resumen correspondiente, a través del Programa de Libros Electrónicos - PLE.
    2. Cerrar los Libros y/o Registros llevados en forma manual o en hojas sueltas o continuas, previo registro de lo que corresponda anotar en el mes anterior al de su afiliación al Sistema o, en el ejercicio precedente a ésta, según sea el caso.

Los Contribuyentes afiliados o incorporados al SLE-PLE pueden Llevar otros libros de manera electronica.

Los contribuyentes incorporados o afiliados al SLE-PLE pueden Llevar de manera voluntaria los libros y/o registros señalados en el Anexo 4: "Relación de Libros y/o Registros que pueden ser llevados voluntariamente de manera electrónica”


 anexo 4_imagen
 

 

Plazos de atrasos 2014.

Los Plazos de atraso del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras llevados de manera electrónica, Para todo el año 2014, han sido establecidos en los siguientes anexos de la Resolución de Superintendencia N° 379-2013/SUNAT:

ANEXO II: CRONOGRAMA TIPO A: FECHA MÁXIMA DE ATRASO DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2014: Aplicable a los Principales Contribuyentes y a todos los afiliados.

ANEXO III: CRONOGRAMA TIPO B:FECHA MÁXIMA DE ATRASO DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS 2014: Aplicable a los contribuyentes obligados (con ingresos mayores a 500 UIT) y a los Principales Contribuyentes del Anexo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 379-2013/SUNAT.
 
Click en el siguientes enlace para ver mas:
Fuente: SUNAT
 

 
Leer más...